Otra propuesta al problema del alquiler en España
Domingo 10 de noviembre de 2024
4 minutos
Domingo 10 de noviembre de 2024
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Al leer la propuesta de Francisco Jiménez Cantador para solucionar el tema de la vivienda, he pensado en enviar a 65YMÁS la mía.
Valorando que se requieren nuevas normas para regular el alquiler de la vivienda, o adaptar las que ya existen, les remito una propuesta que podría restablecer un mercado justo para la vivienda. En este escrito describo algunos aspectos que tendrían que aplicarse para regular el precio del alquiler. Para ello, los ministerios y organismos responsables de dictar una nueva Ley deben obviar el temor a contradecir normas anteriores y las temidas regulaciones o intervenciones al mercado, porque así se ha hecho en otras actividades menos dañinas, debido a lo cual es imperante modificar algunas ahora vigentes, para poder ocuparse dignamente de lo que requieren las personas que están obligadas a residir en una vivienda alquilada.
1. Lo primero a realizar sería imponer un aporte fiscal de acuerdo al número de viviendas en propiedad de los rentistas. A más viviendas dedicadas al alquiler, más impuesto por vivienda. Sería una forma de limitar o adaptar a las nuevas reglas los fondos de inversión, empresas o personas que poseen un gran número de viviendas dedicadas a la renta turística y especulativa.
2. Establecer un precio de alquiler mensual que se corresponda con el valor catastral de la vivienda, actualizado al valor depreciado por los diferentes factores que constriñen al precio inicial de construcción (algunos estudios fijan la depreciación en 1% anual, otros proponen un porcentaje algo mayor). Sea uno u otro el definido para la depreciación lo cierto es que una vivienda pierde valor por el simple transcurso del tiempo, por lo cual sería un precio máximo apropiado cuando la suma del alquiler cobrado por cada mes no sobrepasara un avo de 120 del valor actualizado (ya depreciado) y registrado como precio actualizado de la vivienda. Más claro: el pago del alquiler sumado 120 veces no podría sobrepasar el valor actualizado del inmueble y sería el máximo legal que pudiera cobrarse mensualmente. Esto se convierte en norma general, sin que tengan que declararse zonas específicas que complican la Ley (las llamadas zonas tensionadas) ya que el IBI lo contempla para la cuantía del impuesto, además que en una misma zona pueden existir viviendas con diferente calificación y el hecho de estar en determinado barrio no necesariamente debe decidir el precio del alquiler. La eliminación de precisar esta condición facilitaría el trabajo de los ayuntamientos.
3. Elevar el recargo del IBI en el caso de viviendas desocupadas por más de seis meses sin un argumento que lo justifique mediante una licencia de obras verificada por las oficinas de urbanismo, pudiéndose multar al propietario en caso de un retardo infundado o injustificado. Si se alegara falta de fondos para culminar la reparación u obras de mejoras, tendría que proponer que el posible inquilino, si fuera solvente, o el gobierno local, asumieran el precio de las obras a cuenta de descuentos en el pago del alquiler.
4. Las licencias para el alquiler turístico o las que se alquilen por temporadas menores a un año deben ser aprobadas por los ayuntamientos, al igual que se hace con otras actividades reguladas como taxis, farmacias, etc., teniendo presente para otorgar nuevas licencias el número de viviendas ya autorizadas para realizar esa actividad y comprobar la veracidad del alquiler temporal (menor de un año) para evitar que se enmascare como temporal uno con fines turísticos.
Con la certeza que se pudieran incorporar nuevas ideas, estoy seguro que quienes lean las aquí descritas percibirán que aplicándolas se normalizaría con rapidez el deseado justo precio del alquiler que tanto se requiere por quienes necesitan residir en una vivienda alquilada.
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