Pensionistas engañados por la Administración
Martes 16 de abril de 2024
3 minutos
Martes 16 de abril de 2024
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Suerte que hay personas que no se dejan pisotear y litigan contra leyes injustas y discriminatorias. Mi reconocimiento y agradecimiento a todas ellas.
Centrándome solo en el tema de pensiones, gracias a esas personas, varias leyes han tenido que ser modificadas por el Gobierno, después de sentencias del Tribunal de Justicia Europeo o del Tribunal Supremo de España, aunque la Administración ha intentando poner todas las trabas posibles.
Un ejemplo reciente es el complemento de paternidad. La Seguridad Social, a pesar de la sentencia del TJUE, rechazaba, en un principio, las solicitudes y obligaba a la via judicial. Incluso así, después recurría las sentencias favorables al pensionista. Para mayor desprecio, incluso ha llegado a denegar el complemento aduciendo prescripción (lo cual ha sido rechazado por el Tribunal Supremo). Decenas de miles de pensionistas sufren todavía este comportamiento indigno de la Administración. Otros miles ya lo han podido solucionar.
Otro ejemplo es la pensión exenta de IRPF para personas que hubieran cotizado a mutualidades laborales desde 1967 a 1978. Lo tuvo que reclamar una persona. En primer lugar lo concedían solo a empleados de banca. Nuevas quejas han hecho que se extienda a otros sectores. El sistema inicial de cálculo de la parte exenta también fue objeto de reclamación y sentencia favorable del TS. La Ley tenía en cuenta toda la vida laboral, pero ahora son solo 35 años (periodo que aseguraba pensión íntegra). El cálculo anterior penalizaba, por discriminación, a las personas con largas carreras de cotización.
El tema que está pendiente es el hecho de que las cotizaciones anteriores a 1967 tienen el 100% exento y, sin embargo, desde 1967 a 1978 solo el 25% está exento. Seguro que se iniciarán nuevas reclamaciones.
Esta última sentencia del TS (considerar 35 años) podría abrir una grieta enorme en las leyes actuales sobre jubilación anticipada para personas con largas carreras de cotización. Es un precedente muy claro. La penalización que sufren esas personas podría ser objeto de reclamaciones por discriminación, atendiendo a esa sentencia. Habrá que ver si hay demandas futuras en este sentido. Una nueva vía se abre.
Lo que se constata es que la Administración pone todas las trabas habidas y por haber… pero hay que luchar por lo que es justo y al final se consigue.
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