Cartas a la directora

Retenciones en el IRPF y complemento de maternidad

Francisco Díaz

Jueves 25 de julio de 2024

2 minutos

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Francisco Díaz

Jueves 25 de julio de 2024

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He percibido unas diferencias por el concepto de “maternidad” que solicité al INSS, siendo desestimada la solicitud en primera instancia por “prescripción del derecho al dicho reconocimiento”.

Posteriormente y de oficio, el INSS, procedió a la revisión de la resolución denegatoria, dejando sin efecto dicha resolución y acordando reconocer dicho derecho al complemento de maternidad solicitado.

En anexo adjunto de la resolución se detalla el importe del complemento reconocido, así como la liquidación de atrasos que se retrotrae a la fecha de efectos económicos de la pensión que complementa y las retenciones en concepto de IRPF correspondientes a esos atrasos.  

Posteriormente he tenido que hacer declaraciones complementarias de la renta de los ejercicios 2019 a 2023 ambos inclusive y abonar la liquidación.

Yo entiendo que se me ha retenido dos veces por los atrasos percibidos por el complemento de maternidad, una cuando el INSS me abona las diferencias y me retiene y otro cuando hago las declaraciones de rentas complementarias, pero la AEAT me dice que no, que solo se me ha retenido una vez. ¿Alguien sabe si esto es correcto?

He de aclarar que las declaraciones de renta me salían a devolver pero al hacer las complementarias he tenido que abonar.

Gracias.


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Francisco Díaz