Joaquín Ramos López
Joaquín Ramos López es abogado, vicepresidente de la Comisión Séniors del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona (ICAB) y autor del blog Mi rincón de expresión.
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Miércoles 2 de junio de 2021
4 minutos
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Cuando nos referimos a cualidades y virtudes solemos opinar positivamente, puesto que tales condiciones de comportamiento responden a actos bien vistos socialmente. Al contrario, si nuestro juicio resulta negativo u opuesto al hecho analizado, enseguida lo calificamos de defecto.
Este vocablo es normalmente generoso en la manifestación, aunque vaya algo afeado en la intención. Se tiene también asimilado a la carencia o la imperfección de las cosas y actos personales que se esperan correctas aquéllas y de buena conducta éstos.
Citar los defectos de algo o alguien puede servir para calificar cuestiones o propiedades no deseadas; para mostrar oposición al resultado de algo; para rechazar una relación personal. Un defecto también es una falta, una tara, un fallo.
Resulta desagradable y puede suponer ingratitud tildar de defecto lo que es sencillamente una carencia natural o accidental de cualidades, sobre todo si corresponden a seres naturales, o se refieren a cosas que cuentan con un valor añadido humano.
Considerar algo “por defecto” o “en defecto de” tiene un doble interés pues, sin desmerecer lo que sustituye, resuelve el fin original propuesto. También hay defectos complacientes, que resuelven escenas comprometidas. Y defectos imprevisibles y muy curiosos que pueden enriquecer a su poseedor.
Pero en general, cuando se opina sobre si un individuo determinado se porta o carece de una condición que el resto de sus relacionados estiman como improcedente, su opinión se centra en que “tiene el defecto de…” Aquí ponga Ud., estimado lector, el aprecio faltante.
He buscado y encontrado largas listas de defectos achacables a conductas personales. Todas ellas relacionadas con virtudes de conducta deseables y he llegado a la conclusión que es defecto todo acto que no se corresponde o deja malparada la cualidad que según quién la enjuicia no practica el actor cuestionado.
Normalmente será también la opinión de su colectivo, incluso de su cultura. Puede ser que algunos más -o muchos- hagan lo propio. Incluso él mismo -el crítico- también “peque” otro día. Y todos podemos no contemplar, o desconocer, que tal defecto es imperfecto, porque lo deshace la esencia principal del acto.
¿Con qué moralidad podemos hablar de defectos corporales humanos o carencia de control cognitivo? ¿Es debido oponernos a cualidades socialmente negativas que, asentadas en espíritu y razón individuales, producen resultados positivos? ¿Procede juzgar como imperfecto algo que no ha servido bien para nuestras aspiraciones?
¿Es correcto considerar asumible como defecto lo que realmente es un “vicio”? Porque uno y otro derivan de la carencia o falta de cualidades positivas concretas y que pueden, o no, compartirse. Sin embargo, para un juicio prudente deberá distinguirse debidamente la implicación personal y social de la conducta de que se trate.
Me alejo de describir y relatar los muchos motivos de conducta que, alterando lo esperable de una acción personal regulada por las normas de urbanidad, se producen a nuestro alrededor con alguna frecuencia y que siendo controlables, pasan por burdos defectos.
Espero, querida Laura, haber conseguido corresponder en favor de tu interés en expresarme sobre los defectos, tras hacerlo sobre las virtudes, y me permito extender a ti y demás lectores que tener defectos -que todos tenemos- y querer corregirlos -que a muchos nos importa- solo requiere, casi siempre, la voluntad de evitarlos.
Artículo de opinión de Joaquín Ramos López, abogado y autor del blog Mi rincón de expresión.