Automatic Enrolment Retirement Savings System for Ireland (adscripción automática por defecto) es un nuevo sistema de ahorro complementario para la jubilación de los trabajadores, de aportación definida, que Irlanda pondrá en marcha a partir de septiembre de 2024, tras demoras en un calendario que inicialmente preveía su implantación para 2022.
El nuevo sistema de pensiones de empleo irlandés, que se está regulado a travésdel Proyecto de Ley de Ahorro para la Jubilación por Adscripción Automática, toma inspiración y está influenciado por otros sistemas de pensiones ocupacionales de adscripción automática por defecto, como el británico, aunque tiene en cuenta la idiosincrancia propia irlandesa, así como la necesaria relación de las pensiones de empleo complementarias con el sistema de pensiones públicas de Irlanda, de las que serán complemento fundamental para llegar a las tasas de reemplazo objetivo para garantizar a los trabajadores unos adecuados ingresos durante la jubilación. Por lo tanto, pese a las influencias, se debe considerar su carácter genuinamente irlandés.
¿Por qué un sistema cuasi obligatorio ocupacional?
Muchos trabajadores irlandeses no tienen un plan de pensiones, lo que significa que dependerán exclusivamente de la pensión pública (state pension) cuando se jubilen. Si bien la pensión estatal puede garantizar que los jubilados se mantengan por encima del umbral de pobreza en Irlanda, la mayoría de las personas están acostumbradas (durante su vida activa) a disponer de más dinero para vivir.
Según datos de la Oficina Central de Estadísticas irlandesa (Central Stadistic Office), reflejados en la Encuesta de Cobertura de Pensiones 2021, un 56% de trabajadores por cuenta ajena están cubiertos por un plan de pensiones del sistema de empleo. No obstante, cuando se considera únicamente al sector privado, ese porcentaje se reduce a menos de un 35% de los trabajadores.
Debido a esta baja tasa de cobertura de pensiones del sistema de empleo, muchas personas pueden sufrir una brusca caída en su nivel de ingresos cuando se jubilen. Ello es debido a que la pensión pública proporciona un nivel básico de ingresos, a modo de red de seguridad y de protección contra la pobreza de los pensionistas.
A partir del 1 de enero de 2024, el importe semanal de pensión pública contributiva se incrementará en 12 euros, y se situará en 277,30 euros semanales para menores de 80 años (y 287,30 euros semanales para mayores de 80 años).
Por tanto, la pensión pública en Irlanda no está destinada a garantizar, por sí sola, a todos los jubilados unos ingresos de jubilación adecuados (la tasa de sustitución de la pensión del Estado se sitúa en torno a 34% del salario medio de Irlanda).
Trabajadores beneficiados por el nuevo sistema
Los trabajadores por cuenta ajena que no estén ya afiliados en la actualidad a un plan de pensiones, ganen más de 20.000 euros anuales (*), y tengan entre 23 y 60 años, quedarán automáticamente inscritos en este nuevo sistema de pensiones de empleo.
En cambio, los trabajadores que ganen menos de 20.000 euros al año y/o que estén fuera de la franja de edad de 23 a 60 años, si bien no serán obligatoriamente inscritos, podrán optar voluntariamente por participar, siempre que no estén ya inscritos en un plan de pensiones.
Los trabajadores autónomos, si bien no serán adscritos automáticamente (al no tener un empleador que lo haga), podrán optar voluntariamente por inscribirse ellos mismos.
Los empleados que sean inscritos en el sistema de adscripción automática deberán permanecer en el mismo durante un periodo mínimo de seis meses, aunque podrán optar por no participar solicitando su baja entre los meses 7 y 8 desde que hayan sido inscritos (opt-out). Durante los primeros diez años, los empleados también podrán optar por causar baja del sistema en los meses 7º y 8ª posteriores a cada aumento del porcentaje de contribución (ver más adelante).
Los empleados también podrán suspender o pausar sus contribuciones (savingssuspension) en cualquier momento fuera del período obligatorio de participación de seis meses.
Cuando un trabajador opte por no participar o por suspender sus aportaciones, se pararán todas las contribuciones a su favor, tanto las suyas propias, como las del empleador y las del Estado irlandés.
Los empleados que opten por no participar o suspender sus contribuciones volverán a ser afiliados automáticamente una vez transcurridos dos años, siempre que mantengan los requisitos de elegibilidad mencionados.
Las empresas empleadoras estarán obligadas a inscribir en el sistema de pensiones de adscripción automática a todos sus empleados que cumplan con los criterios de elegibilidad (de salario, edad y no afiliación a otro plan de pensiones). Por lo tanto, se trata de un sistema cuasi-obligatorio: será obligatoria para los empleadores la inscripción de aquellos de sus empleados que cumplan con los requisitos, y voluntario para los trabajadores que, una vez sean afiliados automáticamente, tendrán unas ventanas de tiempo para salirse.
Cuantía de las aportaciones a favor del trabajador
Las contribuciones se introducirán gradualmente para que todos, empresas y trabajadores, puedan acostumbrarse al nuevo sistema sin un cambio brusco en los ingresos y lo costes.
Por cada 3 euros que aporte un empleado, será igualado por su empleador con otros 3 euros, y el Estado complementará con 1 euro adicional de contribución. Por lo tanto, por cada 3 euros aportados por el empleado, se ingresarán 7 eurosen su cuenta de pensiones.
Las contribuciones de los asalariados comenzarán siendo, a partir de 2024, del 1,5% del salario bruto. Todas las aportaciones de los empleados serán igualadas por sus empleadores (matching contribution) y complementadas por el Estado (con una contribución de 1/3 de la aportación que realice el trabajador).
Por lo tanto, durante los tres primeros años la aportación total a favor de cada trabajador será del 3,5%, desglosada de la siguiente forma: 1,5% el trabajador, 1,5% el empleador y 0,5% el Estado.
No obstante, las aportaciones se irán incrementando progresivamente a partir del 4º año de vigencia del sistema (es decir, a partir de 2028):
- Desde el 4º año, y hasta el 6º, la aportación obligatoria del trabajador aumentará al 3% del salario bruto. Considerando la contribución del empleador (otro 3%) y la del Estado (1%), la aportación total a favor del empleado será de un 7%.
- En el año 7º (y hasta el 9º) la aportación del trabajador será del 4,5%. Considerando la contribución de la empresa (otro 4,5%) y la del Estado (1,5%), la contribución total a favor del trabajador se situará en un 10,5% del salario bruto.
- A partir del 10º año (2034), la aportación del trabajador aumentará hasta el 6%, lo que unido al matching contribution que hace el empleador de otro 6% y a un 2% que aportará el Estado irlandés, dejará la contribución total a favor del trabajador en un 14% del salario bruto.
Aquellos trabajadores que sean afiliados al sistema con posterioridad a 2024, aportarán el porcentaje de contribución que esté vigente en ese año de su inscripción.
El salario pensionable sobre el que se aplicará el porcentaje de aportación será el salario bruto, con umbral máximo de tramo de salario sobre el que aplicar el porcentaje, en el caso de la contribución del empleador, de 80.000 euros anuales.
Las aportaciones serán fijas y los empleados no podrán aportar ni menos ni más que el porcentaje establecido. Por lo tanto, no se permitirán las aportaciones voluntarias. En caso de desear realizar aportaciones adicionales, el trabajador tendrá a su disposición los planes de pensiones individuales ofrecidos por los proveedores del mercado.
Las aportaciones de los empleados serán detraídas de sus salarios netos por parte de su empresa (y abonadas a la Central Processing Authority, CPA), después de aplicar las correspondientes retenciones del impuesto sobre la renta y las cotizaciones de Seguridad Social a cargo del empleado.
Las aportaciones del trabajador no serán reducibles en su Impuesto sobre la Renta. A cambio, el Estado complementará con una contribución igual al 33% de la aportación de los empleados. Las contribuciones del empleador a favor del trabajador seguirán siendo (como en los actuales planes de pensiones de empleo) un beneficio en especie exento de impuestos para el trabajador.
Portabilidad de los saldos
Si los trabajadores cambian de empleo, podrán seguir aportando en la misma cuenta de pensiones, sin necesidad de traspasar a otro plan. Se aplicará el llamado pot-follows-member (traducido al castellano, vendría a ser “el fondo sigue al participe”), en virtud del cual los empleados tendrán una sola cuenta en la Central Processing Authority a lo largo de su vida laboral, aunque cambien de empresa una o más veces.
Los derechos acumulados (procedentes de las contribuciones y los rendimientos de las inversiones) serán propiedad del empleado y, por lo tanto, nadie más podrá disponer de ellos. Los empleados podrán hacer seguimiento de su cuenta de pensiones en un portal web que se está habilitando al efecto (en la línea de la plataforma común de los fondos de pensiones de empleo de promoción pública en España).
Los empleados no tendrán que tomar necesariamente una decisión sobre en qué fondo invertir las contribuciones a su favor, ya que habrá un fondo predeterminado por defecto. Si bien los trabajadores podrán elegir entre 4 opciones de fondos de pensiones disponibles (de distintas gestoras seleccionadas). Tres de estos fondos tendrán diferentes perfiles de riesgo/rentabilidad, con un fondo conservador, un fondo de riesgo moderado y un fondo de mayor riesgo.
La cuarta opción será un fondo de ciclo de vida, que además será el fondo predeterminado por defecto si el empleado no expresa una preferencia. Este fondo de ciclo de vida, también llamado de fecha objetivo de jubilación, incorporará un perfil de inversión evolutivo (de más dinámico a más conservador) a medida que cada participe vaya acercándose a su jubilación.
En caso de que no elijan ningún fondo, las aportaciones a su favor se invertirán en el fondo por defecto. Se seguirá un sistema de rotación del gestor del fondo por defecto.
El cobro de la prestación por jubilación (que podrá ser en forma de renta vitalicia, capital único o a través de otros productos de desacumulación existentes en el mercado), se podrá solicitar a partir de la edad legal de jubilación aplicable a la pensión pública (State Pension Age). El gran número de partícipes y el patrimonio que se acumulará en el sistema a lo largo del tiempo garantizará que los costes y las comisiones de gestión se puedan mantener muy bajas.
Se creará un organismo independiente, la Central Processing Authority (CPA), para administrar el sistema y velar por los intereses de los trabajadores participantes. Las entidades gestoras privadas seleccionadas para prestar los servicios de gestión de inversiones (denominados “proveedores registrados”) no tendrán ninguna relación directa con los trabajadores: la CPA será su único cliente.
Obligaciones y derechos para las empresas empleadoras
Los empleadores irlandeses deberán inscribir en el sistema de pensiones de empleo de adscripción automática a todos sus empleados que cumplan los criterios de elegibilidad, y que aún no tengan un plan de pensiones. Además, los empleadores deberán calcular y abonar a la Central Processing Authority (CPA) las aportaciones y contribuciones, tanto de los empleados como las suyas como empleadores. Las empresas que no cumplan con sus obligaciones de inscripción automática como empleador, estarán sujetas a sanciones.
Antes de la apuesta en marcha en septiembre de 2024, los empleadores deben proporcionar a sus trabajadores información detallada sobre el plan de automatic enrolment, sobre las cuatro opciones de fondos disponibles, sobre cuánto se contribuirá (incluida la contribución del empleador y la contribución estatal), así como sobre las implicaciones fiscales y las prestaciones del plan. Las contribuciones empresariales a favor de los trabajadores, por el sistema de adscripción automática, serán deducibles en su Impuesto sobre Sociedades.
Al ser el automatic enrolment un sistema centralizado, las empresas no tendrán apenas carga administrativa con el mismo, ni el coste de promover, establecer y administrar un plan de pensiones propio (el tope máximo de gastos de gestión será del 0,5%). Tampoco tendrán que seleccionar para sus empleados un proveedor de pensiones entre los registrados en la CPA, sino que será cada uno de esos empleados el que los elija por sí mismos los fondos.
(*) Para valorar este umbral de ingresos para la elegibilidad, téngase en cuenta que el salario medio en Irlanda, en 2022, era de 54.649 euros anuales, y el salario mínimo a jornada completa (2023) asciende a 22.916 euros anuales (fuente: Expansión)
Fernando Martínez-Cue es profesional asociado a LoRIS y socio fundador de Martinez-Cue & Asociados. Es asesor estratégico, consultor de beneficios para empleados, previsión social, pensiones, longevidad, retribución flexible, riesgos y seguros. Trabajó durante 17 años en Zurich Seguros y Deutsche Bank. Ha sido director de Corporate Life & Pensions y director de Marketing & Clientes Globales en Zurich.