Opinión

No es una inocentada: Hacienda suspende las devoluciones del IRPF a los mutualistas

Confedetel

Sábado 28 de diciembre de 2024

ACTUALIZADO : Sábado 28 de diciembre de 2024 a las 14:06 H

3 minutos

Alertan de que la oferta de empleo público en Hacienda y AEAT no cubrirá las jubilaciones previstas

Sábado 28 de diciembre de 2024

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Hacienda ha anulado todas las solicitudes presentadas por los jubilados que cotizaron a mutualidades antes de 1979, con el agravante de que se obligó a utilizar, sin alternativa posible, el formulario que creó para los ejercicios fiscales 2019 a 2022 que no contaran con acuerdo de devolución. 

La decisión que ha tomado puede afectar a más de 5 millones de mutualistas y privarlos de unos ingresos que estaban esperando recibir antes de fin de año que le  fueron reconocidos por el tribunal supremo en su sentencia nº 2011/2024 de fecha 19.04.2024, resolución 673/2024  

En su sede electrónica la AEAT ha publicado: Queda sin efecto el formulario de solicitud de devolución para  mutualistas habilitado con anterioridad al 22 de diciembre de 2024”.

También quedan sin efecto las solicitudes de devolución del IRPF presentadas para la aplicación de la DT 2ª de la  LIRPF de los ejercicios 2022 y anteriores no prescritos, cuya devolución no se hubiera acordado con anterioridad al 22  de diciembre de 2024, cualquiera que sea la vía que se haya utilizado para su solicitud.  

A partir del 22 de diciembre de 2024, queda sin efecto el formulario de solicitud de devolución para mutualistas habilitado con anterioridad a dicha fecha.  

Asimismo, quedarán sin efecto las solicitudes de devolución del IRPF presentadas para la aplicación de la DT  2ª de la LIRPF de los ejercicios 2022 y anteriores no prescritos, cuya devolución no se hubiera acordado con  anterioridad al 22 de diciembre de 2024, y ello con independencia de la vía que se haya utilizado para presentar la  solicitud de devolución (procedimientos en curso de rectificación de autoliquidación o de devolución iniciado mediante  autoliquidación o presentación del formulario de solicitud) (Disposición final décimo sexta de la Ley 7/2024, de 20 de  diciembre).  

No obstante, estas solicitudes que quedan sin efecto interrumpen el plazo de prescripción.  

Las devoluciones del IRPF de los ejercicios 2022 y anteriores no prescritos que resulten de la aplicación de la DT  2ª de la LIRPF se podrán solicitar año a año, a partir de 2025, mediante la presentación de los correspondientes  formularios de solicitud de devolución que se pongan a disposición de los mutualistas en la Sede electrónica de la  Agencia Tributaria durante el plazo voluntario de presentación de la declaración del IRPF con el siguiente calendario:  

  • En 2025 se podrá solicitar la devolución correspondiente al IRPF del ejercicio 2019 y al de los anteriores no prescritos.  
  • En 2026, se podrá solicitar la devolución correspondiente al IRPF del ejercicio 2020.
  • En 2027, se podrá solicitar la devolución correspondiente al IRPF del ejercicio 2021.  
  • En 2028, se podrá solicitar la devolución correspondiente al IRPF del ejercicio 2022.  

¿EN QUÉ SE HA BASADO HACIENDA PARA TOMAR ESTA DRÁSTICA DECISIÓN?  

En la Disposición Final 16, promovida por el Gobierno, que incluyó en la Ley 7/2024 de 20 de  Diciembre (BOE nº 307 de 21 de diciembre), por la que se establecen una serie de impuestos a aplicar  a grupos empresariales, entidades financieras y líquidos para cigarrillos electrónicos.  

Desde CONFEDETEL estamos estudiando las consecuencias sobre nuestros asociados de este cambio  legislativo hecho con el 2024 casi finalizado, que causa un grave perjuicio a nuestros mutualistas, de  edad avanzada, muchos de los cuales fallecerán antes de 2028 y no podrán recibir lo que en justicia les  pertenece, se les ha reconocido y lo hubieran percibido este año, al haber sido anuladas nuestras  solicitudes que hemos tramitado siguiendo al pie de la letra las instrucciones dadas por la propia AEAT.  

PRESIDENCIA DE CONFEDETEL  

Sobre el autor:

Confedetel

Confedetel: Confederación Estatal de Asociaciones y Federaciones de Prejubilados y Jubilados de Telefónica  

 

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