Joaquín Ramos López
Opinión

Sí es sí ¿Usted lo entiende?

Joaquín Ramos López

Miércoles 31 de mayo de 2023

4 minutos

Sí es sí ¿Usted lo entiende?

Miércoles 31 de mayo de 2023

4 minutos

Hoy trato de llamar su atención para referirme a un concepto jurídico que ahora mismo se halla en una estima de consideración social no exenta del rigor que debe caracterizar su aplicación, pero sí son cuestionadas las fórmulas y prácticas para su materialización.

El consentimiento en Derecho es algo más que un concepto, es toda una institución jurídica, en tanto en cuanto su trascendencia es fundamental como requisito imprescindible en la formalización de un contrato, en su perfeccionamiento.

Además de los contratos, el consentimiento está presente y es determinante en otros actos de asunción de obligaciones, aceptación de responsabilidades y anuencia de resultados imprevistos y contravenientes.

El factor básico para otorgar un consentimiento es la voluntad de quienes lo asienten. Y las causas de su imperfección, son los vicios que puedan intervenir al prestarse. De estos, más allá de los hechos tasados por la ley, estarían aquellos que, en el común de los consentimientos humanos, la moralidad se halle ausente.

Como única referencia a lo que pueda pensarse sobre la, para muchos, poco afortunada nueva ley, conocida como de “libertad sexual” citaré aquí que, para esta norma legal, solo existirá un consentimiento afirmativo “cuando se haya manifestado libremente mediante actos que, en atención a las circunstancias, expresen de manera clara la voluntad de la persona” O sea, clarito ¿verdad?

Pero ¿qué es consentir? Es compromiso, es obligación. Es permitir, tolerar, asumir y acatar. Es algo más que estar de acuerdo, confirmar, o conformarse. Pero también es ser tenido en cuenta, validarse como sujeto activo responsable. Es, cómo no, ser considerado persona con derechos.

Otorgar un consentimiento, cediendo nuestra voluntad, a gusto o solo  equitativa y responsablemente, lo hacemos muy a menudo, en un sin fin de actos repetidos muchas veces, demasiadas, sin ser del todo conscientes de la importancia del hecho consentido; si cupiese aquí el humor, sería “sinsentido”

Si no, piénsese en los compromisos que podemos asumir con naturalidad durante nuestra existencia, las diversas contrataciones necesarias para una vida normal, donde intervienen necesariamente otras personas que también se obligan para el buen fin del objeto, finalidad y clase de otorgamiento.

Una sucinta relación podría ser, desde el mismo matrimonio a los contratos laborales, la compra o arrendamiento de la vivienda, la contratación de los servicios domésticos, las cuentas e inversiones financieras, los viajes turísticos, pólizas de seguros, reparaciones de instalaciones y vehículos, compras online, entradas de espectáculos, sorteos, votaciones, y más. Todos consentidos.

Me detengo en un tipo de consentimiento hoy en día con algún vilipendio, no tanto por su finalidad, noble y consecuente, sino por hacerse generalmente de forma burocrática e insuficientemente instructiva. Es el consentimiento informado.

Es general y omnipresente la exigencia del consentimiento en materia de protección de datos personales, para todo tipo de relaciones y comunicaciones comerciales, definido como: manifestación de voluntad libre, específica, informada e inequívoca por la cual una persona acepta, mediante una clara acción afirmativa, el tratamiento de sus datos personales. Perfecto.

Y de particular consideración es el denominado consentimiento médico informado. En algunos casos, tales como el examen físico de un médico, el consentimiento es tácito y se sobreentiende. Pero en procedimientos más invasivos o asociados a riesgos significativos, el consentimiento requiere ser presentado por escrito, explicado, y firmado por el paciente.

Ahora, estimado lector, me planteo tres preguntas de escéptico sobre la realidad práctica de lo explicado anterior y me atrevo a darle tres opiniones:

1 .- ¿Está nuestra sociedad por tomarse en serio el consentimiento, o más bien considera este requisito como una conveniencia administrativa para que algunos curen en salud sus contratiempos? - Se quiere estar informado, pero sin aburrir y sin leer tanta letra.

2.- ¿Es consciente el ciudadano normal que es él quien pierde más tras un consentimiento poco reflexionado por no valorar suficientemente el acto de su firma? - NO, sólo se lamenta cuando surge el problema y le duele “la letra pequeña”.

3.- Quien tiene que requerir el consentimiento, además de cumplir con la ley ¿tiene conciencia del deber de cumplir con la protección del derecho del beneficiario? - Seguramente no mucho o ¿no le molesta a Ud. le llamen a cualquier hora para venderle algo y sin haber dado su consentimiento?

Sobre el autor:

Joaquín Ramos López

Joaquín Ramos López

Joaquín Ramos López es abogado, vicepresidente de la Comisión Séniors del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona (ICAB) y autor del blog Mi rincón de expresión.

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