Verónica Mollejo
Consejos
Sal de dudas: ¿puedes incluir en tu testamento a tu nieto no nato?
Muchos abuelos se enfrentan a esta cuestión cuando uno de sus hijos espera un vástago
Si estás pensando en hacer testamento o modificar el que ya tenías, quizás sea hora de plantearte ciertas cuestiones. Por ejemplo, si tu hijo está esperando un bebé, es probable que quieras añadir a tu nuevo nieto como heredero. Sin embargo, ante esta situación tan poco habitual, muchas personas desconocen si es posible cumplir con su deseo cuando el pequeño todavía no ha nacido.
En este sentido, además de pedir ayuda a un profesional para que te aclare todas las dudas posibles, debes saber que esta opción es viable. De hecho, tiene su propio nombre dentro del marco jurídico: llamamiento del concebido no nacido.
También conocido como nasciturus, esta denominación hace referencia al embrión desde su concepción hasta el nacimiento y, aunque todavía no tenga una personalidad, la ley vela por su protección para que todos los efectos le sean favorables en el futuro, según establece el artículo 29 del Código Civil. Eso sí, siempre y cuando cumpla los requisitos del artículo 30, que apunta hacia un nacimiento con vida, una vez producido el entero desprendimiento del seno materno.
Recurre a un fideicomiso
Aunque dar parte de tu herencia a tu nieto no nato es posible, también es importante aclarar que esto no ocurre en todas las comunidades. Por eso, es fundamental que antes de modificar cualquier documento lo consultes con tu abogado y que, a ser posible, cuentes con la ayuda de la figura del fideicomiso. Esta será la encargada de cumplir tu última voluntad, además de distribuir tu herencia al bebé que está por nacer, en el supuesto de que no llegues a conocerlo.
Asimismo, cuando su nacimiento sea ya verificado, dicha donación será aceptada por los representantes legítimos del menor, tal y como establece el artículo 627 del Código Civil.
¿Los que aún no han sido concebidos tienen derechos?
Ante esta problemática, es normal que algunas personas mayores también se planteen incluir en el testamento a sus futuros nietos, incluso cuando ni siquiera han sido concebidos. ¿Es esto posible? En términos generales, el nondum conceptus o concepturus, en su forma técnica, no tiene capacidad jurídica ni personalidad, por lo que tampoco goza de protección alguna por parte del ordenamiento jurídico. La única forma de que el niño tenga algún derecho es que su concepción sea confirmada. De lo contrario, solo podrá recibir parte de tu patrimonio a través de tu hijo, como parte de su propio testamento.