Mayores

¿Puede la edad ser un motivo para dejar de conducir?

Toni Esteve

Foto: Bigstock

Lunes 3 de enero de 2022

4 minutos

La legislación no habla expresamente de un límite de edad, pero sí pone condiciones

Identifican los factores que predicen cuándo las personas mayores dejarán de conducir (Bigstock)
Toni Esteve

Foto: Bigstock

Lunes 3 de enero de 2022

4 minutos

Con el aumento de la esperanza de vida en España, cada vez más personas mayores se encuentran en condiciones de poder conducir un vehículo. La Dirección General de Tráfico (DGT @DGTes) estipula cuál es la edad mínima para obtener el carné de conducir, pero no especifica una edad exacta a partir de la cual una persona deba dejar de ponerse al volante. El Reglamento General de Conductores solo contempla que el período de vigencia del carné de conducir puede reducirse si, “al tiempo de su concesión o de la prórroga de su vigencia, se comprueba que su titular padece enfermedad o deficiencia que, si bien de momento no impide aquélla, es susceptible de agravarse”. Sin embargo, no se habla expresamente de un límite en la edad a partir de la cual no se pueda continuar conduciendo. 

¿Puede la edad ser un motivo para dejar de conducir? (Foto Bigstock) 2

 

Así las cosas, conservar el permiso de conducir queda especialmente ligado a la habilidad y a aspectos relacionados con las capacidades técnicas y las habilidades motrices de cada persona. Esto significa que quien supera el reconocimiento psicotécnico en un centro autorizado (poco más que una revisión de la vista, el oído y las capacidades sensoriales) y pague las tasas preceptivas para la renovación del carné queda otra vez habilitado para continuar conduciendo, tenga la edad que tenga. O sea que la edad no puede ser un criterio para denegar el carné de conducir a nadie. Y las únicas causas que se contemplan para no renovar un permiso, según la DGT, son las siguientes:

 

–La privación por resolución judicial del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores.

–La intervención; medida cautelar o suspensión del permiso o licencia, tanto se hayan acordado en vía judicial o administrativa.

 

Dejarlo por iniciativa propia

La legislación sí que contempla una serie de enfermedades y tratamientos médicos que pueden impedirnos renovar el carné, aunque en muchos casos puede tratarse de limitaciones temporales, que dependerán de la gravedad de la enfermedad y de la recuperación que tengamos, como en el caso de los tratamientos por problemas cardíacos (tras un infarto o una cirugía), enfermedades oncológicas (quimioterapia) o mentales (depresión, ansiedad, déficit de atención, etc.), por ejemplo.

 

Lo habitual es que sea el propio conductor quien, llegado el momento en que vea mermadas sus facultades a causa de la edad, deje de conducir por iniciativa propia. Los problemas de vista, audición y reflejos aumentan con los años y afectan a nuestra capacidad para manejarnos al volante. Pero también las  Articulaciones, puesto que la rigidez en los músculos y las articulaciones y el dolor de cuello pueden dificultar girar la cabeza lo suficiente para controlar los ángulos muertos. Además, los músculos del cuerpo no son tan reactivos como antes; en una situación de conducción, esto puede tener resultados devastadores en caso de tener que realizar maniobras de emergencia para evitar una colisión.

 

Los permisos de conducir de la clase B (turismos) tienen un período de vigencia de 10 años hasta los 65 años, cuando pasa a ser de 5 años. Del mismo modo, los permisos de las clases C1, C1 + E, C, C + E, D1, D1 + E, D y D + E tienen un periodo de vigencia de cinco años mientras su titular no cumpla los 65 años de edad. A partir de esa edad el período de vigencia será de tres años. Una recomendación médica también puede persuadir al paciente de que ha llegado el momento de no renovar el carné.

Sobre el autor:

Toni Esteve

Toni Esteve es redactor especializado en temas de economía y consumo.

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