Teresa Rey
Preguntas
¿Bajo qué garantías de seguridad se regula la cosmética?
Teresa Rey
Domingo 15 de marzo de 2020
ACTUALIZADO : Domingo 15 de marzo de 2020 a las 0:53 H
3 minutos
Existe un reglamento europeo sobre el que se basa nuestra legislación, y un sistema de control
Los cosméticos tienen su regulación específica. Desde la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (Aemps), se hace de hecho un control de los mismos. Actualmente la normativa europea que recoge estos aspectos es el Reglamento (CE) 1223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los productos cosméticos. ecientemente en España se aprobó el Real Decreto 85/2018, para regular de forma clara y detallada, además de disponer de un instrumento jurídico en el que especifican las normas complementarias para la aplicación del Reglamento europeo sobre estos artículos. En este, que ya está en funcionamiento, se matizan aspectos relativos al etiquetado de los cosméticos o de seguridad.
Ingredientes
En la normativa se recoge, por ejemplo, todo lo relativo a los ingredientes. En el caso de estos productos, lo más destacado es todo lo que tiene que ver con la inclusión o no de parabenos o los tintes para el cabello. Recordamos que los parabenos son unas sustancias químicas necesarias para mantener las cualidades de las formulaciones durante más tiempo e impedir que bacterias y hongos las ataquen, pero que en ocasiones han generado problemas; de ahí su vigilancia especial.
Además, existe un Comité Científico de Seguridad de los Consumidores de la Unión Europea (SCCS, por sus siglas en inglés), según explican desde la Asociación Nacional de Perfumería y Cosmética (Stanpa). Este se encarga de analizar los ingredientes para comprobar si su uso en seguro o no y de en qué cantidades se pueden emplear. Cada cierto tiempo el listado de estas sustancias es revisado por profesionales especializados.
También se recogen las buenas prácticas de fabricación que deben tener los cosméticos para ponerse a la venta y siembre bajo unas mínimas condiciones de seguridad. Igualmente se recogen cuestiones relacionadas con el envasado, el almacenamiento y la distribución. Los fabricantes pueden pedir un certificado a las autoridades competentes una vez estas hayan verificado que se cumplen estos requisitos.
Cosmetovigilancia
La normativa recoge cómo ha de funcionar la cosmetovigilancia, que se encarga de recoger, evaluar y seguir aquellos afectos adversos que se producen de forma “razonablemente previsible” o cuando se usa normalmente un cosmético que ya está en el mercado. De esta manera, se realiza un seguimiento de los productos que se comercializan y en el caso de que se produzca algún problema se determina cómo actuar.
Si un ciudadano detecta alguno es importante que lo comunique a través de la Aemps para que tenga constancia de ello y pueda realizar el control del producto.