Mariola Báez
Preguntas
¿Cubre tu seguro de salud el tratamiento durante el coronavirus?
Mariola Báez
Foto: Bigstock
Lunes 23 de marzo de 2020
ACTUALIZADO : Viernes 25 de septiembre de 2020 a las 18:19 H
6 minutos
Las aseguradoras reiteran su apoyo inequívoco a los poderes públicos ante una situación excepcional
Así lo ha afirmado, hace unos días, la Asociación Empresarial del Seguro (@UNESPA) especificando que “la industria del seguro mantiene su servicio a los asegurados ante la situación excepcional que ha generado en España el coronavirus COVID -19”. La Asociación indicaba el pasado día 12 que “la asistencia sanitaria está garantizada para todos los clientes”.
En esta misma línea, la Alianza de la Sanidad Privada Española (@ASPE_SPrivada), que representa a más del 80% de los hospitales privados de nuestro país, también ha manifestado recientemente la plena disposición de sus recursos humanos y técnicos en la colaboración con las administraciones públicas. Grupos como Sanitas (@sanitas) han confirmado que continúan prestando asistencia sanitaria relacionada con el COVID -19 a las personas que así lo necesitan, señalando que, toda su red de centros hospitalarios y el personal médico están en permanente coordinación con las autoridades de Salud Pública que son "las que deciden si un paciente es derivado o no a otro centro".
Hay que recordar que, en estos momentos, y ante el declarado estado de alarma, entre las medidas adoptadas por el Ministerio de Sanidad (@sanidadgob) destaca la intervención de todos los medios sector privado, para que queden al servicio del Sistema Nacional de Salud, tal como señaló el ministro Salvador Illa el pasado domingo.
Excepciones y periodos de carencia
Son dos figuras que tienen especial importancia en los seguros de salud, aunque hay que insistir en que ante la situación actual y cambiante, la interpretación de cualquiera de ellas podría sufrir modificaciones o dejar de tener vigencia. Todo ha cambiado con la expansión de una epidemia que se intenta frenar desde todos los frentes posibles.
La Ley del Contrato de Seguro (50/1980 de 8 de octubre) establece, en sus artículos 105 y 106, que los seguros de salud cubrirán las prestaciones médicas y quirúrgicas de los asegurados, aunque siempre teniendo en cuenta las condiciones recogidas en cada póliza.
En este sentido, en una situación de normalidad, cada persona que cuente con un seguro de este tipo tendría que tener en cuenta si en el contrato firmado con su compañía aseguradora existe algún tipo de excepción, por ejemplo, que quedasen excluidas de cobertura determinadas enfermedades de forma general o durante un periodo de tiempo determinado, lo que se denomina carencia.
Ante la situación generada por la expansión del coronavirus y la intervención del Estado para intentar frenarla, todas estas consideraciones han pasado a un segundo plano.
Pandemia
La epidemia de coronavirus ya ha sido considerada por la Organización Mundial de la Salud (@OMS_es) como pandemia, entre otros motivos por afectar a un gran número de países. Esta realidad excepcional podría hacer que, en algunos casos, las distintas pólizas de salud no cubriesen una determinada situación relacionada con el virus, ya que, como señalan expertos del sector, la situación de pandemia quedaría excluida, principalmente, por resultar muy difícil calcular una prima que la cubriese, prima que, además, resultaría muy elevada. En estos casos, las compañías podrían no tener que asumir esa atención sanitaria específica, algo que, insistimos, no ocurre en la actualidad por el propio compromiso de la sanidad privada y por las normas establecidas desde el Ministerio de Sanidad.
UNESPA recuerda que los centros privados están atendiendo a los enfermos y siguiendo en todo momento los protocolos que marcan las autoridades sanitarias en el tratamiento de las personas afectadas por coronavirus. En España, el seguro da cobertura sanitaria a 10,3 millones de personas, de las que 8,4 millones contratan esa protección como complemento a la asistencia sanitaria pública y el resto de asegurados provienen de las mutualidades de funcionarios de la Administración General del Estado.
Aunque la situación actual no es comparable, por sus dimensiones, con ningún otro brote epidémico ocurrido en España, hay que recordar que el sector asumió parte de los costes generados en otros episodios como los que supusieron los casos de Síndrome Respiratorio Agudo Grave (SARS) o de gripe aviar.
Otros seguros
Según señala la citada asociación, la industria del seguro no solo mantiene los servicios respecto a la cobertura sanitaria en la atención frente al coronavirus (siempre atendiendo a las directrices marcadas por las autoridades públicas correspondientes), también las aseguradoras de vida están satisfaciendo “de forma puntual” las indemnizaciones correspondientes por fallecimiento por coronavirus (en estos casos, habrá que tener en cuenta las condiciones pactadas en cada contrato y póliza respecto a coberturas).
Lo mismo ocurre con la asistencia en viajes cuyas coberturas son variables. Asistencia médica, gastos de desplazamiento, manutención, etc son algunas de las posibles que habrá que confirmar si están incluidas o no. El resto de seguros, como pueden ser los de automóviles u hogar, funcionan con total normalidad.