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A veces, a la hora de pagar en un bar o restaurante nos llevamos sorpresas, porque nos han cobrado cosas que no esperábamos, costes de los que no nos habían advertido. En este sentido, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) advierte de que hay conceptos que no pueden cobrarse sin señalarlo claramente, como puede ser el suplemento por terraza. Además, otros necesitan del consentimiento expreso del cliente, como el aperitivo o el pan.
En una sociedad de libre mercado los precios de los productos y servicios de hostelería son libres, pero deberán estar siempre claramente indicados en la carta y en la lista de precios del establecimiento, asegura la OCU, que recuerda que ya puede solicitarse agua del grifo gratuita y que los establecimientos están obligados a facilitar un tupper para llevarse las sobras a casa, aunque en este caso puede cobrarse por el recipiente.
Para que los clientes salgan de dudas y no paguen por conceptos que no les corresponden, la organización de consumidores ha elaborado una lista:
1. No se pueden cobrar suplementos en bares y restaurantes por el servicio en terraza, salvo que se indique claramente en la carta.
2. Es legal fijar un consumo mínimo o un tiempo máximo en terraza, pero solo si se informa expresamente al cliente cuando la ocupe.
3. Ya no se podrá cobrar ni negarse a dar agua del grifo de forma gratuita a los clientes, aún cuando estimen que el sabor no es bueno.
4. Cobrar por el servicio de mesa o por el cubierto es ilegal. Está implícito en el propio servicio de hostelería. El aperitivo o el pan pueden cobrarse si se solicitaron y se indica su precio.
5. Los pescados, carnes y mariscos con precio en la carta según mercado, deberán incluir una base o peso que permita conocer el precio aproximado.
6. Si se ofrece un producto de fuera de carta, deberá avisarse de su precio, de lo contrario el cliente puede abonar el precio de un plato similar en carta.
7. Los precios reflejados en la carta se entienden como finales y completos, con IVA incluido. En caso de no incluirlo, deberá señalarse expresamente.
8. El establecimiento debe facilitar un tupper al cliente si este desea llevarse el resto de la comida, pero puede cobrar por él siempre que se advierta.
9. En caso de pedir por adelantado el pago de una reserva de mesa, esa cantidad deberá ser descontada luego del precio final.
10. El establecimiento tiene la obligación de entregar el ticket o factura siempre con detalle de cada uno de los productos consumidos.
En caso de problemas, el cliente puede pedir la hoja de reclamaciones. Si el establecimiento se niega a facilitarla, puede reclamar la presencia de la policía municipal para que levante acta. La OCU recomienda además guardar el ticket de compra y fotografiar la carta con los precios y tarifas.