Sociedad

Abandonar a tu mascota este verano puede costarte una multa de hasta 50.000 euros

Pilar Abellán Martínez

Lunes 5 de agosto de 2024

6 minutos

Maltratar o matar a un animal está tipificado por el Código Penal con hasta 24 meses de prisión

Abandonar a tu mascota este verano puede costarte una multa de hasta 50.000 euros. bigstock
Pilar Abellán Martínez

Lunes 5 de agosto de 2024

6 minutos

Con la llegada del verano, lamentablemente crece el número de abandonos de mascotas en España, un problema que las autoridades buscan combatir con castigos severos. Las sanciones pueden oscilar entre los 500 y los 50.000 euros, dependiendo de la gravedad del caso. 

Abandonar a tu mascota este verano puede costarte una multa de hasta 50.000 euros

Legálitas recuerda que la legislación española aborda el maltrato y abandono de animales tanto en el ámbito penal como administrativo, con el objetivo de protegerlos y reducir la incidencia de estos actos inhumanos.

Asimismo, Legálitas apunta que, si se detecta un animal en estado de abandono o maltrato, lo recomendable es ponerse en contacto con la Policía, Guardia Civil o con una protectora de animales que actúe en consecuencia. 

Las sanciones

La Ley 7/2023, del 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, establece mecanismos legales para fomentar la protección animal y prevenir el abandono. 

Esta ley es un paso significativo hacia la erradicación del maltrato y abandono, estableciendo un marco común en todo el territorio y sancionando las infracciones en función de su gravedad:  

- Infracciones leves: Amonestación o multa de 500€ a 10.000€. Para situaciones en las que el propietario no cumple con las obligaciones básicas de cuidado y mantenimiento de la mascota

- Infracciones graves: Multa de 10.000€ a 50.000€. Incluyen actos de abandono deliberado o maltrato severo que pongan en riesgo la vida y bienestar del animal. 

Abandonar a tu mascota este verano puede costarte una multa de hasta 50.000 euros. bigstock

Estas son las de carácter principal, también se pueden imponer medidas accesorias como la retirada de armas o la suspensión de licencias en materias reguladas por la Ley 7/2023, sin perjuicio, de las sanciones que puedan establecerse por cuestión de protección y seguridad ciudadana.

En algunos de los casos no solo es abandono. Muchas de las mascotas son encontradas con claros signos de maltrato, lo que conlleva unas sanciones más estrictas.  

El maltrato en el Código Penal 

El maltrato animal en España está tipificado en el Código Penal, que sanciona estos delitos con penas severas para garantizar su protección: 

Se contemplan penas de prisión de 3 a 18 meses o multa de 6 a 12 meses, además de inhabilitación especial de 1 a 3 años para ejercer profesiones relacionadas con animales. Esto incluye situaciones donde los animales se mantienen atados o deambulan sin rumbo. 

Si el maltrato deriva en la muerte del animal, las penas se elevan a prisión de 12 a 24 meses e inhabilitación especial para trabajar con animales de 2 a 4 años.

Obligaciones legales 

Tener una mascota implica una serie de obligaciones legales reguladas por leyes autonómicas y municipales. A nivel general, todos los dueños de deben cumplir con las siguientes normas básicas: 

-Identificación electrónica. El animal debe llevar un microchip homologado, que permita su localización y recuperación en caso de pérdida o robo. Este sistema es fundamental para asegurar que los animales no sean abandonados sin posibilidad de rastreo. 

-Cartilla sanitaria oficial. Es obligatorio disponer de una cartilla sanitaria para la mascota, en la que se registren todas las vacunaciones y tratamientos veterinarios. Esto garantiza que la salud del animal está controlada y que se previenen enfermedades que podrían afectar también a las personas. 

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-Inscripción en el registro censal municipal. Debe realizarse en un plazo de tres meses desde el nacimiento o treinta días desde su adquisición. El propietario deberá proporcionar su nombre, domicilio, teléfono y DNI, así como datos del animal en cuanto a su especie, raza, sexo, fecha de nacimiento, código de identificación y domicilio habitual.

Sobre el autor:

Pilar Abellán Martínez

Periodista

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