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La Audiencia de Valladolid ha resuelto abrir la investigación por la muerte de un anciano en abril de 2018 en la residencia El Fontán de Nava del Rey como consecuencia de una caída, según informaron a Europa Press fuentes del Gabinete de Prensa del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
El auto de la Sección Segunda de lo Penal estima así el recurso de la familia de la víctima, al que se adhirió el Ministerio Fiscal, y revoca uno anterior del Juzgado de Instrucción 2 de Medina del Campo, de fecha 15 de mayo, que acordó entonces el sobreseimiento provisional y el archivo de la causa por no resultar debidamente justificada la perpetración del delito que dio origen a las diligencias.
Los recurrentes, tal y como estima la Audiencia Provincial, alegaba, en síntesis, que no procede el sobreseimiento toda vez que los hechos denunciados podrían ser constitutivos de un delito de homicidio por imprudencia, y que resulta necesario, además de recibir declaración a varias personas, entre ellas el director de El Fontán, la práctica de diversas diligencias de investigación.
El tribunal que preside Fernando Pizarro ha estimado el recurso por entender "prematuro afirmar que no resulta debidamente justificada la perpetración de los hechos, y, por otra, que, antes de pronunciarse sobre tal extremo, resulta necesario conocer la causa concreta del fallecimiento y si tal causa pudo verse agravada o favorecida por la existencia de algún tipo de retraso en la llamada al 112 desde la detección de la caída, considerándose para ello necesaria la práctica de diligencias.
De este modo, la Audiencia Provincial, en su auto, requiere a la residencia de Nava del Rey para que aporte historia clínica completa de la víctima, al tiempo que hace lo propio a la Gerencia de Salud para que aporte informe de asistencia de la Unidad de soporte Vital Básico de 20 de abril de 2018 que atendió al citado paciente, con expresión de la hora de la llamada a la central de emergencias por parte de la residencia, e indicación del técnico actuante en el traslado a efectos de su testifical.
También solicita del médico forense que, a la vista de los datos e informes médicos existentes en la causa, informe sobre la causa concreta del fallecimiento, y si tal causa pudo verse agravada o favorecida por la existencia de algún tipo de retraso en la llamada al 112 desde la detección de la caída, formulando un juicio de opinión sobre la existencia del retraso diagnóstico y terapéutico en la atención medica del residente, tal como sostiene el perito particular de la parte denunciante.