El Instituto de Mayores y Servicios Sociales (@imserso) ha recordado a través de su cuenta de Twitter que la fecha límite para solicitar una plaza en su programa de Termalismo 2022, finaliza el 31 de diciembre de 2021. En total hay 192.000 plazas disponibles para los turnos comprendidos entre febrero y agosto.
Cómo solicitar plaza
La solicitud se formalizará en el modelo oficial junto con la declaración responsable correspondiente; esta solicitud deberá presentarse prioritariamente por medios electrónicos, en cuyo caso, estará disponible en la sede electrónica del Imserso.
Del mismo modo, la solicitud podrá presentarse en las diferentes oficinas del Imserso:
Otra de las opciones es presentar la solicitud en:
- Los órganos que designen las comunidades autónomas que han asumido las funciones y los servicios del Imserso.
- En los registros electrónicos y oficinas a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- En el apartado de correos 61285, 28080 Madrid.
Requisitos
1. Podrán participar en el Programa de Termalismo del Imserso, las personas residentes en España, que reúnan alguno de los siguientes requisitos:
a) Ser pensionista de jubilación o incapacidad permanente del Sistema de Seguridad Social español.
b) Ser pensionista de viudedad con cincuenta y cinco o más años de edad del Sistema de Seguridad Social español.
c) Ser pensionista por otros conceptos o perceptor de prestaciones o subsidios de desempleo, con sesenta o más años de edad del Sistema de Seguridad Social español.
d) Ser persona asegurada o beneficiaria del Sistema de la Seguridad Social español, con sesenta y cinco o más años de edad.
2. Las personas usuarias de plaza deben reunir los siguientes requisitos:
a) Poder valerse por sí mismo para realizar las actividades básicas de la vida diaria (ABVD).
b) Necesitar los tratamientos termales solicitados y carecer de contraindicación médica para la recepción de los mismos.
c) Alcanzar, de conformidad con la baremación establecida, la puntuación que le permita acceder a uno de los balnearios y turnos solicitados.
3. Igualmente, podrán participar en los programas las personas de nacionalidad española, que residan en el extranjero, siempre que perciban una pensión del Sistema de Seguridad Social español y cuenten con la edad exigida en el punto primero, o sean personas aseguradas o beneficiarias del Sistema de la Seguridad Social español, con edad igual o superior a sesenta y cinco años, de acuerdo con lo previsto en el punto primero apartado d) y, en todos los supuestos, reúnan el resto de los requisitos exigidos a las personas usuarias en el punto segundo.
4. También podrán ser personas adjudicatarias de las plazas, como acompañante, el cónyuge o, en su caso, la pareja de hecho o persona con la que se constituye una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal, sin necesidad de que estos reúnan alguno de los requisitos exigidos en el punto primero y en todo caso, cumpliendo los requisitos previstos en el punto segundo a) y b).
Asimismo, podrán ser personas adjudicatarias de plaza, los/las hijos/as con discapacidad, en grado igual o superior al 45% siempre que el turno lo disfruten con sus padres y se alojen en la misma habitación
5. Los requisitos establecidos en el punto 2 se acreditarán al Imserso en la propia solicitud mediante declaración responsable de la persona solicitante.
6. En todo caso, la concesión de plazas está condicionada a la disponibilidad de las mismas, por parte del Imserso, en los establecimientos termales.