2025 comienza con novedades importantes en la declaración de la renta y en las normas de circulación. Además, los pensionistas verán como su pensión aumenta un 2,8% y la edad de jubilación asciende a los 66 años y 8 meses. Por otro lado, habrá cambios en las transferencias bancarias y los planes de pensiones que cumplan 10 años de antigüedad podrán liquidarse libremente.
Suben las pensiones
La subida de las pensiones este 2025 será del 2,8%, con carácter general, de acuerdo con el IPC medio entre diciembre de 2023 y noviembre de 2024, en aplicación de la Ley de garantía del poder adquisitivo de las pensiones aprobada en 2021.
Esta medida se aplicará a los 6,5 millones de pensiones de jubilación y a los 2,4 millones de pensiones de viudedad del sistema de Seguridad Social, además de a las pensiones de incapacidad permanente (995.503), orfandad (339.837) y en favor de familiares (46.312). La revalorización también se aplicará a las 721.275 pensiones de Clases Pasivas (fundamentalmente, funcionarios).
La pensión media del sistema de la Seguridad Social es de 1.261,9 euros este mes, un 5,3% más que en el mismo mes del año anterior. Esta media incluye la cuantía de las distintas clases de pensión (jubilación, incapacidad permanente, viudedad, orfandad y en favor de familiares). La pensión media de jubilación, que perciben más de dos tercios del total de pensionistas (6,4 millones de personas), se sitúa en 1.449,9 euros mensuales.
Por regímenes, el importe de la pensión media de jubilación procedente del Régimen General es de 1.607,4 euros mensuales, mientras que en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos es de 967,4 euros. En la Minería del Carbón, la cuantía de la pensión media es de 2.812,2 euros, y de 1.605,4 euros en el Régimen del Mar. La cuantía mensual de las nuevas altas de jubilación en el sistema ascendió en noviembre a 1.548,5 euros de media, según los últimos datos disponibles.
En cuanto a la pensión media de viudedad, en diciembre alcanzó los 899,3 euros al mes.
Pensiones mínimas y no contributivas
Por su parte, las pensiones mínimas subirán el 6% en 2025. Un porcentaje que será mayor para pensiones con cónyuge a cargo y de viudedad con cargas familiares, que aumentarán un 9,1%. Por su parte, las pensiones no contributivas se revalorizarán un 9%
La pensión mínima de jubilación para los hogares unipersonales se fija en 12.241,6 euros anuales(frente a los 11.552,8 euros de 2024) y de 15.786,4 euros en los casos con cónyuge a cargo (en 2024 ha sido de 14.466,2 euros), según datos de la Seguridad Social. El objetivo es que la pensión mínima de jubilación contributiva con cónyuge a cargo alcance al menos en 2027 los 16.500 euros anuales (1.178,5 euros al mes por 14 pagas). Las mismas cuantías se aplican a la pensión mínima de viudedad.
La asignación por hijo a cargo o menor con discapacidad reconocida igual o superior al 65% alcanza en 2025 los 5.805,6 euros al año, mientras que la asignación por hijo a cargo o menor con discapacidad reconocida igual o superior al 75% se sitúa en 8.707,2 euros anuales, es decir, un incremento interanual del 2,8%, según datos de la Seguridad Social.
Por su lado, el complemento para la reducción de la brecha de género aumentará un 8,1% para 2025, hasta los 35,9 euros al mes por hijo.
También subirá el SOVI y el resto de pensiones mínimas
Las pensiones SOVI (Seguro obligatorio de vejez e invalidez) se revalorizarán también en un 6% para 2025, lo que supone alcanzar los 560 euros mensuales en el caso de las no concurrentes, y los 543,60 eurosmensuales para las concurrentes.
El resto de las cuantías mínimas de las pensiones contributivas, una vez revalorizadas, se incrementarán adicionalmente en un porcentaje equivalente al 50% de los porcentajes resultantes del incremento adicional de la cuantía mínima de la pensión de jubilación contributiva para un titular mayor de 65 años con cónyuge a cargo referenciado al umbral de riesgo de pobreza indicado.
Base máxima y cuota de solidaridad
La Seguridad Social aplicará desde el 1 de enero de 2025 una cotización adicional, denominada cuota de solidaridad, por los salarios que superen la base máxima, que para el próximo año se situará en 4.909 euros mensuales (58.908 euros al año), tras revalorizarse un 4% respecto a 2024.
Esta cuota de solidaridad se repartirá entre empresario y trabajador, aunque no en la misma proporción: en torno al 83,4% irá a cargo de la empresa y cerca del 16,6% correrá a cargo del trabajador.
La reforma de pensiones llevada a cabo por José Luis Escrivá cuando era ministro de Seguridad Social establece que, desde 2024 hasta 2050, las bases máximas de cotización han de subir anualmente el IPC promedio de los doce meses anteriores a noviembre de cada año más un cuantía fija de 1,2 puntos.
De este modo, para 2025, la base máxima subirá un 4% sumando ambos conceptos, hasta los 4.909 euros mensuales ó 58.908 euros al año.
La llamada cuota de solidaridad consiste en una cotización adicional para la parte del salario que excede de la base máxima de cotización. Se aplica por tramos y de manera progresiva.
En 2025 esta cuota será del 0,92% para la parte del salario que supere en hasta un 10% la base máxima; del 1% para la parte del salario que se sitúe entre el 10% adicional de la base y el 50%, y un 1,17% para el tramo de salario que exceda la base máxima en más de un 50%.
Aumenta la edad de jubilación
Desde el día 1 de enero de 2025, en España subirá la edad legal de jubilación ordinaria, hasta los 66 años y 8 meses, para quienes tengan menos de 38 años y 3 meses cotizados (quienes acrediten esta cotización podrán retirarse a los 65 años, sin penalización económica).
Esto provocará la subida de la edad mínima de jubilación anticipada voluntaria, hasta los 64 años y 8 meses (quienes hayan cotizado menos de 38 años y 3 meses) o los 63 años, si cuentan con 38 años y 3 meses de cotización.
También será posible la jubilación anticipada involuntaria o forzosa, que se puede solicitar hasta 4 años antes de la edad ordinaria y, por lo tanto, en 2025 regirá desde los 62 años y 8 meses (trabajadores con menos de 38 años y 3 meses cotizados), o a partir de los 61 años (quienes acrediten 38 años y 3 meses de cotizaciones).
Además, seguirán existiendo jubilaciones anticipadas excepcionales, a los 60 años y antes, de quienes desarrollen una actividad penosa, tóxica, peligrosa o insalubre, siempre que tengan al menos 15 años de cotizaciones a la Seguridad Social, que es el mínimo para cobrar una pensión contributiva. En este caso encuentran los trabajadores incluidos en el Estatuto Minero, pilotos de avión y personal de vuelo, así como los policías locales, también los miembros de la policía vasca, la Ertzaintza, además de los toreros y profesionales taurinos, ciertos artistas y trabajadores ferroviarios. También los funcionarios incluidos en el Régimen de Clases Pasivas pueden jubilarse o retirarse voluntariamente desde los 60 años de edad, siempre que tengan 30 años de servicios al Estado.
Planes de pensiones
Desde el día 1 de enero de 2025, las aportaciones a planes de pensiones que cumplan 10 años de antigüedad podrán liquidarse libremente, sin justificar el motivo del rescate anticipado, ni demostrar la necesidad económica para sacar el dinero ahorrado. Se trata de una liquidez total, salvo por el requisito de los 10 años, tal como recoge el Real Decreto 62/2018, por el que se modifica el Reglamento sobre la instrumentación de los compromisos por pensiones de las empresas con los trabajadores y beneficiarios. En menos de dos años, se podrán recuperar tanto las aportaciones como los rendimientos.
En la práctica, esto significa que el titular de un plan de pensiones podrá rescatar en 2025 todo lo que haya ingresado hasta 2015, así como la rentabilidad que le haya generado la inversión. Del mismo modo, en 2026, podrá retirar las aportaciones y rendimientos efectuados hasta 2016. Y así, cada año, sucesivamente se podrán efectuar rescates conforme el dinero depositado en el plan vaya cumpliendo diez años.
Hace diez años, cuando se aprobó esta medida, el Gobierno de Mariano Rajoy pretendía hacer más atractivos los planes y atraer a los ahorradores jóvenes (muy reticentes a invertir en un producto que solo puede aprovecharse a muy largo plazo). Sin embargo, cuando faltan menos de dos años para disfrutar esta liquidezgratis (no habrá que pagar penalización, tan solo cumplir con Hacienda y devolver la deducción fiscal lograda durante los años), la industria de la previsión social reclama dar marcha atrás, limitando las extracciones de capital, y alerta del peligro de hundimiento de los planes de pensiones como fórmula de ahorro para la jubilación.
Aumenta el IVA de los alimentos
El IVA de los alimentos de primera necesidad como el pan, la leche, aceite de oliva, los huevos, la fruta, las verduras y las legumbres volverán a partir de hoy, 1 de enero, al 4%, después de haber estado al 2% durante el 2024.
En el caso de las pastas y aceite, alcanzarán el 10% en 2025.
Los cargos del sistema eléctrico subirán un 39%
Los cargos netos del sistema eléctrico se elevarán en 2025 un 39% con respecto a este ejercicio, después de que el Gobierno los redujera en otoño de 2021 y los haya mantenido un 55% por debajo del nivel precrisis en los últimos ejercicios por la crisis energética por la guerra de Ucrania.
El Ministerio parala Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha publicado a audiencia e información pública el proyecto de orden por la que se establecen los precios de los cargos del sistema eléctrico y se establecen diversos costes regulados del sistema eléctrico para el ejercicio 2025 y por la que se aprueba el reparto de las cantidades a financiar relativas al bono social.
En concreto los cargos netos para 2025 ascienden a 3.526,54 millones de euros, frente a los 2.532,74 millones de euros que supusieron este año -todavía sin liquidar-.
Según adelanta 'Cinco Días', estos cargos subirán un 33% para un consumidor tipo, el que utiliza la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), con 3,5 kilovatios (kW) de potencia contratada y 213 kW de consumo al año, mientras que en cuanto al coste total agregado, la subida en 2025 respecto a 2024 será de ese 39%.
Según consta en la memoria de proyecto de orden, el importe total de los costes del sistema eléctrico asciende a unos 7.445,87 millones de euros, mientras que los ingresos destinados a compensar estos cargos ascienden a unos 3.919,33 millones de euros, fundamentalmente provenientes de las figuras impositivas de la Ley 15/2012, de 27 de diciembre, y de las subastas de derechos de emisión de CO2, lo que dejaría un importe de cargos netos a financiar por los consumidores de 3.526,54 millones de euros euros.
Dentro de la parte fija del recibo de la luz, los cargos, cuya fijación corresponde al Gobierno mientras que los peajes son establecidos por la CNMC, son un tipo de costes del sistema eléctrico que, básicamente, corresponden a la retribución de las renovables históricas, la amortización de la deuda generada entre 2000 y 2013 por déficit de tarifa, y el coste extra en las islas, Ceuta y Melilla. En 2025 ascenderán a unos 7.400 millones de euros.
Se financian con tributos específicos, con parte de la recaudación de las subastas de CO2 y con pagos directos de los consumidores por medio de la parte regulada de la factura mensual, sobre la que se cargan unos 3.500 millones de euros.
Para hacer frente a la crisis energética, el Gobierno redujo los cargos en otoño de 2021 y los ha mantenido un 55% por debajo del nivel precrisis en los últimos ejercicios. La diferencia se ha cubierto con superávit de años anteriores y aportaciones de los Presupuestos Generales del Estado (PGE).
De esta manera, una vez superadas las mayores tensiones de precios, se ha optado por "volver a la normalidad y mantener el equilibrio financiero del sistema eléctrico, pero con menor incidencia sobre los consumidores", indicaron en fuentes del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Un 25% inferior al repercutido en 2019
No obstante, el importe de la parte regulada de la factura (cargos y peajes) repercutidos en la factura de los consumidores en 2025 será un 25% inferior al repercutido en 2019.
De esta manera, sumando todos los importes, la factura prevista para 2025 para un consumidor residencial es un 7% superior a la de 2019, "muy inferior a la inflación acumulada de estos años (del orden del 18%)", añadieron fuentes ministeriales.
Además, consideraron que el trabajo con los cargos es solo una parte de la labor realizada en el ámbito energético, ya que si antes de la crisis los hogares pagaban más por la electricidad que la media europea, ahora pagan menos, según Eurostat. Así, señalaron que la electricidad en el mercado mayorista será en 2025 un 30% más cara en Alemania, de acuerdo con los contratos de futuros.
"Esta ventaja competitiva de España se incrementará en los próximos años, gracias a las renovables. Recientemente el Banco de España calculaba que en 2030 la electricidad será un 50% más barata que en la actualidad", recordaron.
Subida del IVA de la luz al 21%
En lo que respecta al recibo de la luz, fuentes del Ministerio de Hacienda confirmaron a Europa Press que, en el caso de los impuestos de la electricidad, se hará lo que estaba previsto, por lo que a finales de año decae la rebaja que se adoptó en su fiscalidad, como en el caso del IVA, como medida para combatir la crisis energética por la guerra en Ucrania.. De esta manera, el IVA en el recibo de la luz vinculado al precio del mercado mayorista de la electricidad decaerá a partir del 1 de enero y se volverá al 21% permanente en la factura eléctrica.
Después de las rebajas excepcionales del IVA del recibo que se adoptaron durante la crisis, a lo largo de 2024 este impuesto había ido variando del 21% con carácter general o del 10% en el caso de que el precio del mercado eléctrico superara el umbral de los 45 euros por megavatio hora (MWh) en el mes anterior. Ya a finales de 2023 se comenzó a desmontar la rebaja fiscal que se había adoptado durante la crisis para la luz y, además del IVA, en el caso del Impuesto Especial de la Electricidad (IEE) se estableció una regularización pasando al 2,5% durante el primer trimestre de 2024 y al 3,8% durante el segundo. Para el Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica (IVPEE) se estableció ya un tipo del 3,5% hasta marzo, pasando a tener un 5,25% hasta junio.
Basuras
A partir del próximo mes de abril, los ayuntamientos aplicarán una tasa obligatoria para la recogida, gestión y reciclaje de residuos urbanos. Esta tasa hasta ahora era opcional, pero se estima que costará entre 165 y 200 euros anuales por hogar.
Grandes fortunas
El IRPF que grava el ahorro subirá del 28% al 30% para aquellas rentas que superen los 300.000 euros de beneficios anuales. Esto afectará a los ingresos que se generen por depósitos, dividendos, seguros y ventas de inmuebles.
Cuotas de autónomos
El despliegue del nuevo sistema de cotización de autónomos en función de sus ingresos reales continuará desarrollándose en 2025, en el que los trabajadores por cuenta propia que coticen por la base mínima pagarán a la Seguridad Social cuotas mensuales que irán desde los 200 a los 590 euros, dependiendo de sus rendimientos netos.
Este sistema de cotización, acordado con las principales organizaciones de autónomos, arrancó a principios de 2023 y cuenta con un periodo de transición de nueve años, hasta 2032.
De cara a 2025, los autónomos de los tramos con menores ingresos pagarán una cuota menor que la que han abonado este año, mientras que el resto tendrá una cuota mensual más elevada.
En concreto, las cuotas mensuales para un autónomo que cotice por la base mínima y cuyos rendimientos netos vayan desde menos de 670 euros al mes hasta los 1.700 euros oscilarán entre los 200 y los 294 euros, dependiendo del tramo de ingresos en el que decida ubicarse y de la base de cotización asociada al mismo.
Estas cantidades (rendimientos netos de hasta 670 euros y desde esa cifra hasta 1.700 euros mensuales) abarcan los seis primeros tramos del nuevo sistema, que son los que, en principio, pagarán menos a la Seguridad Social que en 2025.
Para aquellos con rendimientos netos superiores a partir de los 1.700 euros, las cuotas serán más elevadas que en 2024 e irán desde los 350 a los 590 euros si se cotiza por la base mínima.
Mientras que en los tramos de rendimientos más bajos la cuota decrece hasta 2025, a partir de rendimientos netos superiores a 1.700 euros la cuota se va incrementando. Los dos únicos tramos que tendrán la misma cuota mínima en 2025 que en 2024 y 2023 (294 euros al mes) son los autónomos con rendimientos netos de entre 1.300 y 1.700 euros mensuales.
Por su parte, un autónomo que presente rendimientos netos por encima de los 3.620 euros y hasta 4.050 euros mensuales o igual a ese monto (tramo 13) y que cotice por la base mínima pagará 490 euros mensuales en 2025, frente a los 390 euros de 2023 o los 400 euros de 2024.
En el último tramo, el decimoquinto, se encuentran todos los autónomos con rendimientos netos superiores a los 6.000 euros mensuales. Su cuota para este 2025 si cotizan por la base mínima será de 590 euros mensuales, lo que supone 60 euros más que en 2024 y 90 euros más que en 2023.
Para los autónomos que pongan en marcha un negocio a lo largo de 2025 seguirá vigente la 'tarifa plana' de 80 euros mensuales durante el primer año de actividad.
Cambios en los viajes del Imserso para la temporada 2025-2026
En concreto, aseguran fuentes del organismo público, "habrá una nueva licitación", es decir, se sacarán de nuevo a concurso.
Ahora bien, por ahora, no detallan qué novedades se incluirán. "Aún no podemos saber qué cambios habrá en los pliegos, aunque estos serán revisados", señalan.
Recientemente, la directora general del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso), Mayte Sancho, anunció en el programa 24 horas de RNE un nuevo concurso y "algunos cambios" en los viajes, dando a entender que podría haber una revisión de los precios.
Eso sí, desde el Instituto no confirman a este diario si se van a subir o bajar las tarifas.
Compaginar el cobro del paro con un sueldo de hasta 2.250 euros será posible desde abril de 2025
La reforma del subsidio asistencial por desempleo entrará en vigor, con carácter general, el próximo 1 de noviembre, si bien el nuevo régimen de compatibilidades de los subsidios y las prestaciones por desempleo con un puesto de trabajo, a tiempo parcial o completo, no lo hará hasta el 1 de abril de 2025, según se especifica en el texto de la norma, publicada este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
La compatibilidad de la prestación o del subsidio con un empleo se instrumentará a través de lo que el Real Decreto-ley que regula esta reforma denomina 'complemento de apoyo al empleo', cuya cuantía dependerá de si el puesto de trabajo es a tiempo completo o parcial y de la jornada realizar. Dicho complemento, calculado como un porcentaje del Iprem (600 euros mensuales en la actualidad) será decreciente en el tiempo y durará, como máximo, 180 días.
La norma precisa que la compatibilidad de la prestación contributiva por desempleo con un puesto de trabajo será posible siempre que se hayan devengado nueve meses de aquella y que el derecho reconocido fuera igual o superior a un año, lo que será aplicable a las prestaciones reconocidas a partir de 1 de abril de 2025.
La prestación contributiva por desempleo se podrá compaginar con un empleo por cuenta ajena cuyo salario bruto mensual no supere el 375% del Indicador Público de Rentas con Efectos Múltiples (Iprem), esto es, 2.250 euros al mes con el Iprem actual.
No se podrá compatibilizar la prestación o el subsidio con un empleo por cuenta ajena si la empresa contratante tiene autorizado un expediente de regulación de empleo (ERE) o en la que el beneficiario haya trabajado en los doce meses anteriores.
Tampoco se aplicará la compatibilidad respecto de las relaciones laborales suspendidas en virtud de un expediente de regulación de empleo (ERE) o del Mecanismo RED, ni cuando se trate de contrataciones que afecten al cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad, o en su caso por adopción, hasta el segundo grado inclusive, del empresario.
No obstante, las prestaciones contributivas por desempleo nacidas antes del 1 de abril de 2025 cuyo periodo de derecho fuera superior a un año, a partir de dicha fecha y una vez devengados los primeros 9 meses, serán compatibles con un empleo por cuenta ajena a tiempo completo previa solicitud del beneficiario.
La cuantía del complemento de apoyo al empleo en la compatibilidad de la prestación irá desde el 15% al 80% del Iprem dependiendo del mes en el que se cobre la prestación, de si es un empleo a tiempo parcial o completo y de la jornada. La duración máxima del complemento abarcará desde los 30 a los 180 días.
Así, el importe del complemento al empleo para el beneficiario que compatibilice su prestación con un empleo a partir del décimo mes de cobro del paro y hasta el decimoquinto irá del 60% al 80% del Iprem. Si la compatibilidad se da entre el mes 22 y el 24 de percibo de la prestación, el complemento de apoyo al empleo será de entre el 15% y el 30% del Iprem.
Hacienda obligará a todos los que cobren el paro a presentar la declaración de la renta
Los parados beneficiarios de la prestación por desempleo tendrán que presentar la declaración de la renta a partir del año que viene, con independencia de que cumplan o no el importe mínimo para hacerla, como era preceptivo hasta ahora.
Al igual que en el caso de la prestación contributiva, los subsidios podrán compatibilizarse con un trabajo por cuenta ajena, a tiempo completo o a tiempo parcial, durante un máximo de 180 días, en una o varias relaciones laborales.
La cuantía del complemento de apoyo al empleo se determinará, cada trimestre, en función de la jornada pactada al inicio de la compatibilización y del trimestre en que se encuentre en cada momento el perceptor respecto al inicio del subsidio.
En concreto, durante el primer trimestre de percepción del subsidio, la cuantía del complemento de apoyo al empleo irá desde el 60% al 80% del Iprem dependiendo de si el puesto de trabajo es a tiempo completo o parcial y de las horas trabajadas. En el segundo trimestre será de entre el 40% y el 60% del Iprem; en el tercer trimestre irá del 25% al 40% del Iprem; en el cuarto será del 15% al 30% del Iprem y en el quinto trimestre y siguientes, del 5% al 20% del Iprem.
Se podrá pagar a declaración de la renta con Bizum o tarja de crédito
Hacienda ha introducido una novedad destacada en los métodos de pago para la Declaración de la Renta 2025, pues ahora los contribuyentes podrán realizar los pagos de sus impuestos a través de Bizumo de tarjeta de crédito. De esa manera lo ha anunciado la directora general de la AEAT, Soledad Fernández Doctor, durante el XXXIV Congreso de Inspectores de Hacienda del Estado.
Esta decisión responde al uso creciente de este tipo de aplicaciones en nuestro país. El Banco de España indica que el 36% de la población utiliza Bizum para realizar transferencias y el 32% opta por las tarjetas de crédito. Con esto, la Agencia Tributaria busca simplificar y agilizar los pagos, eliminando la dependencia de las transferencias que se usaban en el sistema tradicional.
Soledad Fernández destaca también que esta iniciativa es parte de un proyecto integral de modernización de la AEAT, que busca hacer más accesible y eficiente la relación entre los ciudadanos y Hacienda. Entre enero y octubre de 2024, la Agencia Tributaria atendió a 14,5 millones de contribuyentes a través de distintos canales, de los cuales 5 millones usaron autoservicios, 6,6 millones fueron atendidos de manera presencial y cerca de 2,9 millones recibieron apoyo por medios digitales como chats, correos o llamadas telefónicas.
Por otro lado, el plan de modernización también incluye una política más indulgente con los errores leves que cometan los contribuyentes, reduciendo las sanciones por faltas menores. Gracias a esto, las sanciones que impuso la AEAT disminuyeron en un 36% en 2023.
Bono social eléctrico
El Gobierno ha acordado prolongar medidas del escudo social vigente para los consumidores vulnerables en materia de energía, como la prórroga de la prohibición de interrumpir los suministros básicos de agua luz y gas para consumidores vulnerables hasta el 31 de diciembre de 2025, mientras que a finales de año expirará la aplicación de la posibilidad de un IVA reducido en el recibo de la luz, volviendo a ser así de un 21% permanente. Igualmente, se prolonga la situación de excepcionalidad del bono social de electricidad destinado a los consumidores vulnerables y vulnerables severos, que se reforzó para dar respuesta a la crisis energética provocada por la invasión de Ucrania.
Además, a partir de hoy, los consumidores vulnerables tendrán un descuento del 50%. A partir del 1 de julio, será del 42,5% y el 1 de enero de 2026 se estabilizará en el reforzado 35%. Los consumidores vulnerables severos tendrán un descuento del 65% a partir del 1 de enero, del 57,5% desde el 1 de julio y se estabilizará en el reforzado 50% en enero de 2026.
Estos descuentos, originalmente fijados en el 25% y el 40%, se incrementaron hasta el 65% y el 80%, respectivamente, como parte de la respuesta integral del Gobierno, que incluyó, entre otras medidas, la denominada 'excepción Ibérica', que supuso un ahorro de 5.000 millones de euros en la factura de los consumidores, además de una herramienta clave en la contención de la inflación, según informa el gabinete dirigido por Sara Aagesen.
Nuevas normas de la DGT
La DGT ha ido anunciando a lo largo de 2024 un cambio de varios artículos del Reglamento General de Circulación (RGC) "relativos al uso del carril y del arcén en vías interurbanas que afectará a todos los vehículos, especialmente a motos, prioritarios y grúas", explican en la publicación. Lo que se busca con esta nueva regulación es dar mayor seguridad y fluidez a la circulación, a través de un Real Decreto que entraría en vigor en 2025. Son los siguientes:
Uso del carril izquierdo: prohibido adelantar con mal tiempo.
Obligación de crear un paso para emergencias en las retenciones.
Arcenes: motos sí, máximo a 30 km/h.
Grúas y ambulancias, podrán circular por el arcén.
Los coches sin etiqueta de residentes y los de autónomos sénior podrán circular por Madrid
El delegado de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento, Borja Carabante, ha informado que los vehículos que no cuentan con etiqueta ambiental y que están empadronados en la capital podrán circular por la ciudad en 2025, aunque se mantiene la prohibición ya vigente para aquellos que no están empadronados en Madrid.
En la rueda de prensa posterior a la Junta de Gobierno, ha explicado que se ha analizado la entrada en vigor para el año que viene de la nueva restricción para aquellos vehículos que no tienen etiqueta y que están empadronados. "Hemos decidido dar un plazo de aviso, ampliarlo hasta los 12 meses, es decir, aquellos vehículos empadronados en la ciudad de Madrid que no tengan etiqueta ambiental podrán circular a lo largo de todo el año", ha informado.
De este modo, todos los titulares de vehículos mencionados anteriormente que infrinjan la normativa vigente (Ordenanza de Movilidad Sostenible) para Madrid ZBE –desde las 00 horas del sábado 1 de enero de 2025 hasta las 23.59 del miércoles 31 de diciembre de 2025– y sean interceptados por las cámaras recibirán una comunicación por carta a su domicilio de carácter informativo.
La implantación completa de Madrid Zona de Bajas Emisiones comenzará el sábado 1 de enero de 2025. A partir de esa fecha entran en vigor las restricciones a la circulación en todo el término municipal que aún no se aplicaban a los vehículos con clasicación ambiental A.
Estos son los propietarios de vehículos A empadronados en la capital o dados de alta en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) de Madrid, motocicletas y los vehículos de mercancías A de cualquier parte de España, incluyendo los del municipio de Madrid.
Excepciones para autónomos o tratamientos médicos
Se establecen tres tipos de autorización de acceso, que se suman a las exenciones para vehículos que trasladen Personas con Movilidad Reducida (PMR) y vehículos históricos ya vigentes.
Este es el caso de los autónomos (o sociedades unipersonales) de 59 años cumplidos en 2025 en adelante con vehículos A de más de 3,5 toneladas; así como a titulares de vehículos A o familiares que lo necesiten para su traslado a centros médicos y hospitalarios para someterse a tratamientos hospitalarios –no consultas–. Se establecerá un procedimiento para solicitar el acceso por registro, ya que no se realizará de ocio.
También se permitirá el acceso temporal a los vehículos A de aquellas personas que hayan comprado uno nuevo de bajas emisiones, pero que por cuestiones de fabricación no lo haya recibido todavía.
El acceso no permitido a las zonas de bajas emisiones de cualquier parte del territorio nacional desde el 21 de marzo de 2022 se sanciona como infracción grave de tráco, llevando aparejada una multa de 200 euros, conforme a lo previsto en los artículos 18, 76.z3 y 80.1, (100 euros si es por pronto pago).
Cambios en las transferencias bancarias
"Hacer un Bizum” se ha convertido en algo muy habitual. Debido a la popularidad de esta herramienta, la Unión Europea aprobó en febrero un reglamento que busca simplificar y universalizar las transacciones bancarias realizadas tanto por empresas como por particulares. Esta nueva norma, que será aplicada a partir del 2025, garantizará que todas las transferencias puedan realizarse de manera automática, en menos de 10 segundos, y sin pagar ningún tipo de comisión.
En la actualidad, las transferencias bancarias suelen tardar un día en completarse, o hasta dos si se hacen en un fin de semana o festivo. Si bien algunos bancos dan la opción de realizar la transferencia instantánea, suele conllevar pagos o comisiones extras.
El objetivo de la Unión Europea es terminar con estas barreras y equiparar las transferencias inmediatas a las tradicionales en términos de coste. Desde el 2025, estas empezarán a funcionar de manera instantánea, en cualquier momento del día y sin comisión.
Nuevo impuesto a cigarrillos electrónicos
El Consejo de Ministros ha aprobado retrasar hasta el 1 de abril de 2025 la entrada en vigor del nuevo impuesto sobre los líquidos para cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados con el tabaco.
En concreto, el Gobierno ha aprobado un Real Decreto-ley que incluye varias medidas de carácter tributario, como la prórroga de las deducciones en el IRPF de materias relacionadas con la eficiencia energética y el vehículo eléctrico o el retraso de la entrada en vigor del nuevo impuesto a los cigarrillos eléctricos.
La reforma fiscal aprobada por las Cortes Generales y publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) incluye un nuevo impuesto sobre los líquidos para cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados con el tabaco, con efectos desde 1 de enero de 2025.
Sin embargo, el Gobierno ha decidido retrasar la entrada en vigor de este nuevo impuesto a los cigarrillos electrónicos hasta el 1 de abril de 2025 "para dar un mayor margen a la adaptación de esta figura tributaria".
Movistar, Vodafone y Orange suben sus tarifas
Orangesubirá sus tarifas un 3% de media a partir del 27 de enero de 2025, lo que supondrá un incremento de entre 2 y 6 euros al mes (entre 24 y 72 euros al año), si bien este aumento dependerá del paquete que el usuario tenga contratado.
La compañía ha empezado a comunicar a los usuarios estos incrementos, que se traducirán, por ejemplo, en un aumento de 2 euros al mes en las tarifas 'Love TV Inicial' y 'Love TV Inicial 2', y de entre 3 y 6 euros en el resto de los paquetes que combinan fibra, móvil y televisión.
En ese sentido, los incrementos más acusados (de 6 euros al mes) se concretarán en la tarifa 'Love Cine y Series Total 4', que pasará de 130 a 136 euros mensuales (+4,61%), y en la 'Love Fútbol Total 4' --la más cara de las que ofrece Orange--, que pasará de 168 a 174 euros al mes (+3,57%).
Orange, que ahora forma parte de MasOrange, ha detallado que en paralelo a las subidas de los precios también se producirán mejoras en algunas tarifas, como la inclusión del servicio de ciberprotección en 'Love TV Inicial', 'Love Cine y Series con Netflix' y 'Love Fútbol'.
A ello se suma que en las tarifas 'Orange Base' y 'Orange Base Max' la velocidad de la fibra aumentará de 300 a 600 megas.
Al igual que Orange, Movistar y Vodafone España también han comunicado a sus clientes que a partir del año subirán sus tarifas.
Por un lado, Movistar las subirá en torno a un 5% a partir del próximo 13 de enero y el encarecimiento más habitual se situará en 3 euros mensuales (36 euros al año), si bien la mayoría de los incrementos estarán por debajo de los 6 euros al mes (72 euros al año).
Por su parte, Vodafone España aplicará una subida media del 3% en sus tarifas a partir del 1 de enero de 2025 y sobre ello la teleco ha especificado que, "como cada año, de forma automática y transparente", actualizará sus planes de precios en función del IPC promedio entre septiembre de 2023 y octubre de 2024, que se situó en el 2,95%.
Los coches de Madrid sin etiqueta podrán aparcar en su barrio durante todo 2025
Los propietarios de los vehículos con clasicación ambiental A empadronados en Madrid van a recibir desde esta semana un SMS y un correo electrónico informándoles de que "van a poder estacionar en zona SER como ya hacen en estos momentos en su barrio, pudiendo ser sancionados si aparcan en otra zona de la capital", una prórroga que se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2025.
Lo ha trasladado la vicealcaldesa y portavoz del Ejecutivo municipal, Inma Sanz, en la rueda de prensa de la última Junta de Gobierno del año, después de recordar que la prohibición de estacionamiento desde el 1 de enero de 2025 para los A, recogida en la ordenanza de Movilidad Sostenible, se deja en suspenso. Esto permitirá el aparcamiento para vehículos sin distintivos de residentes en Madrid doce meses más, en consonancia con lo que se ha hecho con el periodo de preaviso para estos titulares.
Sobre el autor:
Laura Moro
Laura Moro es graduada en Periodismo y Comunicación Audiovisual por la Universidad Carlos III de Madrid, y está especializada en temas de salud y género. Su trayectoria profesional comenzó en Onda Cero Talavera.