Sociedad

Cómo rechazar una herencia y plazo para hacerlo

Carlos Blanco Cocho

Lunes 21 de noviembre de 2022

3 minutos

Los impuestos de sucesión pueden suponer un gasto demasiado alto

Cómo rechazar una herencia y plazo para hacerlo
Carlos Blanco Cocho

Lunes 21 de noviembre de 2022

3 minutos

Hay ocasiones en las que la herencia de una persona no reporta ningún beneficio. Es más, puede llegar a cargar con un gasto y, algunas veces, puede ser inasumible. Mucha gente opta por renunciar a ella, de manera que estos impuestos no le afecten y pueda librarse de un pago nada agradable, tal y como informa el portal de idealista

¿Cómo hacerlo?

Sin embargo, si alguien quiere tomar esta decisión, es importante que tenga en cuenta una serie de requisitos y formalidades. De cumplirlos depende que su solicitud de desprenderse de las obligaciones llegue a buen puerto. Acorde con el artículo 1.008 del Código Civil, es necesario, en la mayoría de los casos, tramitarla ante notario y en escritura pública, de manera que la voluntad de renunciar se manifieste. Hay que tener en cuenta, también, que esta renuncia no implica la pérdida total de los derechos del heredero, ya que existen casos en los que se puede renunciar solo a algunos elementos del legado. 

En el caso de que el renunciante deba dinero, los acreedores pueden interponer un recurso que le obligue a percibirla. Eso sí, nunca tendrá que hacerlo de manera completa, sino que puede limitarse a recibir la cantidad estrictamente necesaria para cumplir con sus deudas. "El resto, según el Código Civil, se legará a los demás herederos y, sino los hubiera, al Estado" declara César García, director de Acounsel Abogados en declaraciones a idealista. 

El plazo recomendado

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En cuanto al período máximo para llevar a cabo esta gestión, no hay que preocuparse. La realidad es que la legislación vigente no contempla ningún tipo de plazo ni fecha máxima para presentar la renuncia a una herencia. Sin embargo, a efectos fiscales, lo más conveniente resulta hacerlo antes de que prescriba el plazo máximo para abonar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, es decir, antes de que pasen seis meses. 

En caso contrario, la administración entenderá que la renuncia constituye únicamente un gesto de buena voluntad hacia el resto de herederos, para que reciban una mayor proporción. Segun la ley, no sería más que una donación y, por lo tanto, el interesado no se libraría de pagar la tasa mencionada. 

Por último, si alguno de los coherederos tiene la intención de que uno de los otros manifieste su intención puede registrar su petición ante notario. Tras ello, el heredero cuestionado tendrá 30 días para responder al requerimiento. Si no responde, se entenderá que no se ha producido la renuncia y, por lo tanto, la herencia se repartirá sin ninguna modificación. 

 

 

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