Sociedad

Aprobada la ley de la eutanasia: cómo solicitarla, requisitos y plazos

Marta Jurado

Jueves 18 de marzo de 2021

ACTUALIZADO : Jueves 18 de marzo de 2021 a las 13:11 H

6 minutos

Es el último paso de un largo camino legislativo que despenaliza la ayuda a morir

Este viernes entra en vigor en España la ley de la eutanasia
Marta Jurado

Jueves 18 de marzo de 2021

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La ley de eutanasia queda aprobada definitivamente en el Congreso de los Diputados

El Congreso de los Diputados ha aprobado este jueves la Ley Orgánica de la Eutanasia con 202 votos a favor, 141 en contra y dos abstenciones, lo que supone que entrará en vigor tres meses desde su publicación en el Boletión Oficial del Estado. La eutanasia será a partir de entonces legal en los supuestos de "padecimiento grave, crónico e imposibilitante" o "enfermedad grave e incurable causantes de un sufrimiento físico o psíquico intolerables".  Tras recibir la luz verde el pasado 10 de marzo en el Senado, con la oposición de PP y Vox, esta ley camina hacia un nuevo horizonte que permitirá, si nada cambia, que a finales de junio se pueda comenzar a solicitar el derecho a morir dignamente en los supuestos establecidos de manera legal. 

El texto votado hoy en el Congreso ha contado con varias enmiendas desde su primera aprobación el pasado 17 de diciembre en la Cámara Baja que tienen que ver los términos recogidos en el dictamen de la Comisión de Justicia y la presentación de enmiendas particulares por parte de los grupos políticos como PP y Vox. Sin embargo, la mayoría han sido rechazadas, tras su ratificación este jueves en el Congreso, el texto pasará a publicarse en el Boletín Oficial del Estado (BOE) para su aplicación oficial.

Al pleno para su aprobación definitiva acudirán reconocidos defensores de la despenalización de la eutanasia desde hace años como Ángel Hernández, que ayudó a morir a su su mujer con esclerosis múltiple; Marcos Ariel Hourmann, el primer médico condenado por asistir a la muerte de un paciente o la familia de Maribel Tellaetxe, protagonistas del documental SOS Amatxu (@sosamatxu​), sobre los últimos días de su madre con Alzheimer, que falleció antes de que se aprobase la norma. Más del 80% de la población apoya esta ley que ha tardado sin embargo décadas en convertirse una propuesta legislativa formal pese a las demandas de figuras significativas como Ramón Sampedro hace ya 25 años.

¿Qué es la eutanasia?

Como indica el preámbulo de la ley, eutanasia “significa etimológicamente buena muerte y se puede definir como el acto deliberado de dar fin a la vida de una persona”, por voluntad expresa del interesado y “con el objetivo de evitar su sufrimiento”. La “prestación de ayuda a morir consiste en proporcionar los medios necesarios a una persona que cumple los requisitos previstos y que ha manifestado su deseo de morir", asegura el texto.

Esos medios consisten en una sustancia que provoca la muerte y que podrá ser administrada por un profesional sanitario o auto administrada con supervisión médica en un centro sanitario, público o privado, o en el domicilio del paciente. Por tanto tras su aprobación, esta prestación se incluirá además en el Sistema Nacional de Salud.

¿Quién podrá pedirla?

Toda persona mayor de edad con nacionalidad española o residencia legal en el país desde hace más de un año y en plena capacidad de obrar y decidir puede solicitar y recibir dicha ayuda, siempre que lo haga de forma autónoma, consciente e informada, y que se encuentre en los siguientes supuestos: "padecimiento grave, crónico e imposibilitante" o "enfermedad grave e incurable causantes de un sufrimiento físico o psíquico intolerables"

El paciente deberá confirmar su voluntad de morir al menos en cuatro ocasiones a lo largo del proceso, que se puede alargar algo más de un mes desde que lo solicita por primera vez, y en cualquier momento podrá echarse atrás o aplazar la eutanasia. En el caso de que el paciente no se encuentre en el pleno uso de sus facultades ni pueda prestar su conformidad libre, voluntaria y consciente debe haber suscrito con anterioridad un documento de instrucciones, testamento vital, voluntades anticipadas o documentos equivalentes legalmente reconocidos.

Pasos para solicitar la eutanasia

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Fuente: Asociación Derecho a Morir Dignamente (@derechoamorir)

Control médico y objeción de conciencia 

Después de la primera solicitud, el médico responsable informará al paciente sobre su diagnóstico, posibilidades terapéuticas y resultados esperables, así como sobre posibles cuidados paliativos, asegurándose de que comprende la información que se le facilita". Tras ello, el paciente deberá confirmar su intención. Aún así, después de la segunda solicitud debe haber una nueva reunión entre ambos.

Será este médico quien autorizará el proceso, antes, tiene que pedir la opinión de un facultativo formado en el "ámbito de las patologías que padece el paciente" pero que no sea de su "mismo equipo del médico". Además, la comisión de evaluación autonómica (cuya formación está especificada también en la norma) deberá elegir a dos expertos (uno de ellos jurista) que evalúen el caso.

Ambos expertos deben de estar de acuerdo en su decisión, si no, será el pleno de la comisión quien la tome. Del mismo modo, los profesionales sanitarios directamente implicados en esta prestación "podrán ejercer su derecho a la objeción de conciencia", un reparo que "deberá manifestarse anticipadamente y por escrito" y que pasará a forar parte de un registro.

¿Cuándo se podrá empezar a solicitarla?

Salvo cambios inesperados, tras su aprobación la ley se publicará en el Boletín Oficial del Estado (BOE) en el siguiente día hábil pasará a formar parte de la legislación española. La ley de eutanasia establece un plazo de tres meses desde su publicación en el BOE, por lo que entraría en vigor a mediados de junio.

Para que esto sea así, además de su aprobación definitiva en el Congreso de los Diputados, deben resolverse varias cuestiones administrativas. Las comunidades autónomas deberán crear sus Comisiones de Evaluación y Garantías, formar a sus sanitarios y establecer protocolos. También tendrán que autorizarse fármacos para ayudar a morir.

Sobre el autor:

Marta Jurado

Marta Jurado

Marta Jurado es periodista especializada en Sociedad, Economía, Cultura, Política y redactora en el diario digital 65Ymás desde sus inicios. Licenciada en Periodismo por la Universidad Carlos III y en Filología Inglesa por la UNED, ha trabajado en medios de tirada nacional como El Mundo Público y las revistas Cambio16 y Energía16. Tiene además experiencia en comunicación corporativa de empresas e instituciones como BBVA o INJUVE.

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