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El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social un crédito de 95,6 millones de euros para financiar las cuotas a la Seguridad Social derivadas de los convenios suscritos por los cuidadores no profesionales de las personas en situación de dependencia.
Esta medida supone el cumplimiento de la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, que establece la financiación para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales, según destaca el Ejecutivo.
El Real Decreto-ley de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre hombres y mujeres en el empleo y la ocupación recuperaba que la financiación de las cuotas del convenio especial con la Seguridad Social que pueden suscribir dichos cuidadores no profesionales se hará a cargo de la Administración General del Estado y, por tanto, serán abonadas conjunta y directamente por el Imserso a la Tesorería General de la Seguridad Social.
Además, este Real Decreto-ley establece que las cuotas de estos convenios especiales se abonarían desde el 1 de abril de 2019.
Con base en esta normativa, las personas cuidadoras no profesionales pueden suscribir convenios especiales con la Seguridad Social y su coste será asumido por el Imserso. El importe necesario para atender este gasto se ha cifrado en 95.688.588,52 euros, teniendo en cuenta que la medida entró en vigor el 1 de abril de 2019.
El Ejecutivo precisa que la no aprobación del Presupuesto de 2019 y la prórroga de los Presupuestos Generales del Estado para 2018 han determinado que no exista dotación presupuestaria alguna para hacer frente al pago de estas cuotas por lo que ha sido preciso autorizar la concesión de un crédito extraordinario con cargo al Fondo de Contingencia por 95,6 millones de euros.
Asimismo, ha autorizado a este mismo departamento ministerial de un suplemento de crédito 79,4 millones de euros para atender el nivel mínimo de protección garantizado por la Administración del Estado a las comunidades autónomas, según lo establecido en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
Esta ley establece un sistema basado en tres niveles de protección: un nivel de protección mínimo, establecido por la Administración General del Estado y cuya financiación le corresponde; un segundo nivel de protección, que se acuerda entre la Administración General del Estado y cada una de las Comunidades Autónomas; y un último nivel de protección adicional que pueden establecer las Comunidades Autónomas que lo estimen conveniente, y que sea financiado exclusivamente por ellas.
Las comunidades autónomas son las encargadas de gestionar las ayudas, siendo las que finalmente determinan las prestaciones efectivamente reconocidas y el importe que debe hacer efectivo el Estado en concepto de nivel mínimo de protección garantizado. La estimación de tal importe se realiza teniendo en cuenta el número de personas beneficiarias con prestación reconocida y efectiva y los grados de situación de dependencia, teniendo cada grado asociada una cantidad de nivel mínimo.
Dado que la estimación para este ejercicio asciende a 1.387.403.754,99 euros y teniendo en cuenta que en 2019 se han prorrogado los Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, en los que se contempla una dotación inicial para esta finalidad de 1.307.972.800 euros, la necesidad de crédito asciende a 79.430.954,99 euros, concluye el Ejecutivo.