Todos los españoles tienen derecho a pedir que se les expida el Documento Nacional de Identidad, más conocido como DNI, pero esta forma de identificar a los ciudadanos se vuelve obligatoria para todos los mayores de 14 años que residan en España, y para aquellos de la misma edad que residan en el extranjero y se trasladen al país por un tiempo superior a seis meses. Aquellos que no hayan alcanzado esta edad, podrán solicitar el DNI con carácter voluntario.
A veces puede ocurrir que perdamos o nos roben este documento, y en este sentido es muy importante que sepamos como tenemos que actuar, ya que de lo contrario podemos enfrentarnos a sanciones, tal y como explica la Policía Nacional en un vídeo publicado en su perfil de TikTok.
"Esta es la multa a la que podrías enfrentarte por perder tu DNI. El DNI es nuestro documento de identificación personal y debemos conservarlo y llevarlo encima. Pero, ¿qué pasa si lo perdemos?", comienza diciendo la Policía.
"Debemos acudir cuanto antes a una comisaria y denunciarlo. Pero ojo, perderlo tres o más veces en un año podría conllevar la sanción de 100 a 600 euros", aclara la agente.
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¿Qué se necesita para renovar el DNI?
En el momento en que necesitemos renovar el DNI, tendremos que acudir presencialmente para expedirlo (los menores de 14 años y personas con capacidad judicialmente complementada deberán hacerlo en presencia de la persona que tenga la patria potestad o tutela, o haya sido apoderada), abonar la tasa correspondiente y aportar los siguientes documentos:
Una fotografía reciente en color del rostro del solicitante, con un tamaño de 32x26 milímetros.
El DNI actual (en caso de haberlo perdido, será necesaria denuncia o comunicarlo previamente).
El certificado o volante de empadronamiento, si el alta en el Padrón Municipal se ha realizado en los últimos dos meses.
El Certificado del Registro Civil, expedido con una antelación máxima de 6 meses de la fecha de solicitud del DNI, si se han variado los datos de filiación.
Para los españoles que residan en el extranjero, para renovar el DNI deberán aportar, además de los documentos ya mencionados, el Certificado de acreditación de residencia, en el caso de que hayan cambiado de domicilio en el extranjero, expedido como máximo 3 meses antes de la fecha de renovación del DNI.
Asimismo, recuerdan que "los titulares de documentos expedidos con domicilio en el extranjero, tan pronto trasladen su residencia a España, aun cuando se trate de expediciones con validez permanente, deberán renovar dicho documento a efectos de actualización de domicilio".
Sobre el autor:
Laura Moro
Laura Moro es graduada en Periodismo y Comunicación Audiovisual por la Universidad Carlos III de Madrid, y está especializada en temas de salud y género. Su trayectoria profesional comenzó en Onda Cero Talavera.