María Francés
Sociedad
Cuatro cosas que no sabías y que son ilegales en WhatsApp
María Francés
Foto: Europa Press
Jueves 10 de marzo de 2022
ACTUALIZADO : Jueves 10 de marzo de 2022 a las 17:46 H
7 minutos
Hay comportamientos que hacemos a diario y son ilegales
Prácticamente nos comunicamos por WhatsApp a diario, para quedar con amigos, para hablar con familiares, para organizar reuniones, para trabajar o simplemente para entablar conversaciones con cualquier persona. A partir de su existencia, hemos simplificado muchas relaciones sociales, hasta el punto de difundir imágenes y vídeos personales que no sabemos a qué persona puede acabar llegándole.
Es por ello que tenemos que tener mucho cuidado con lo que mandamos, con quién hablamos y también de cómo nos comportamos nosotros difundiendo mensajes o archivos de otras personas sin su consentimiento, ya que podríamos meternos en un buen lío.
Desde la Universitat Oberta de Catalunya (UOC) nos advierten de algunos de los comportamientos que llevamos a cabo prácticamente a diario y que seguramente no sabíamos que haciéndolo estábamos infringiendo la Ley de Protección de Datos.
Eduard Blasi, profesor colaborador de los Estudios de Derecho y Ciencia Política de la UOC y experto en protección de datos, señala cuatro de estos comportamientos y detalla exactamente en qué consisten y cuándo se está incurriendo en un delito o una infracción:
1. Enviar capturas de pantalla de otra persona sin su consentimiento
Esto es algo que hacemos mucho y la mayoría de veces sin malas intenciones, simplemente por comodidad para mostrar conversaciones con otras personas. No obstante, hay que tener en cuenta que en las capturas de pantalla se visualizan conversaciones que pueden identificar directa o indirectamente a una persona, lo que podría conllevar una infracción en materia de protección de datos.
En la UOC dicen que la normativa en este ámbito no solo se aplica a los datos que pueden identificar a las personas —como el nombre y los apellidos, el DNI o el número de teléfono—, sino también a los datos identificables, es decir, a aquellos que permiten saber quién está detrás de la conversación sin llevar a cabo un esfuerzo desproporcionado.
La realidad es que, en la mayoría de los casos, la difusión de capturas de conversaciones de WhatsApp, ya sea a través de grupos u otras redes sociales, hace relativamente sencillo identificar a los participantes gracias a la información del contexto, a sus nombres en el chat o, incluso, a los datos expuestos en la propia conversación.
Lo que debemos saber es que no solo estamos cometiendo una infracción, sino que en función del tipo de conversación, las personas afectadas podrían reclamar una indemnización por daños y perjuicios, por una posible lesión a su derecho al honor o a la intimidad.
2. Difundir imágenes, audios o vídeos de una tercera persona sin su consentimiento
Esto también es algo que hacemos a diario y si no lo sabemos, podemos estar siendo partícipes de un delito. Tenemos que tener mucho cuidado con qué imágenes o vídeos difundimos y a quién sin consentimiento previo.
La Agencia Española de Protección de Datos ha impuesto sanciones económicas a particulares en distintas circunstancias por difundir contenido audiovisual de terceras personas sin su permiso. Por ejemplo, por grabar una actuación policial y difundirla sin ocultar ningún dato o, en casos más graves, por compartir fotografías íntimas de una tercera persona a través de WhatsApp.
En los casos más graves, igual que sucede con las capturas de pantalla, si se difunden fotografías, vídeos o audios privados de terceras personas, se podría incurrir en un delito de descubrimiento y revelación de secretos.
3. Crear un grupo de WhatsApp profesional sin pedir autorización
Por otra parte, es muy normal que creemos grupos de WhatsApp y añadamos a personas de nuestra agenda o contactos que nos han compartido para que formen parte del mismo. Sin embargo, la mayoría de personas crean grupos y añaden números de teléfono sin preguntar antes si están o no de acuerdo.
Según la UOC, la creación de estos grupos tampoco está al margen de la normativa de protección de datos. De hecho, para añadir a una persona en un grupo de WhatsApp profesional es necesario pedir el consentimiento previo.
Por este mismo motivo, recientemente la Agencia Española de Protección de datos impuso una sanción a un club deportivo que había creado un grupo de WhatsApp y había agregado a una exsocia.
4. Crear un grupo de WhatsApp corporativo con miembros que no se conocen entre sí
Este comportamiento puede parecerse al envío de un correo electrónico sin copia oculta. La Autoridad Catalana de Protección de Datos (APDCAT) ha sancionado recientemente a un ayuntamiento por crear un grupo de WhatsApp con los ciudadanos, a pesar de haberles pedido previamente el consentimiento.
El principal motivo es que al añadir estos contactos, hay datos que inevitablemente quedan expuestos —como la foto, el nombre, los apellidos o el número de teléfono móvil—, y ello vulnera la confidencialidad.
En este caso, cuando se trate de un grupo corporativo con miembros que no se conocen entre sí, se debería optar por una lista de distribución, en lugar de un grupo, ya que la lista permite el envío de mensajes individuales sin exponer datos de terceras personas.