Las ciberestafas están a la orden del día. Cada día muchos ciudadanos reciben correos, SMS o avisos falsos que solo quieren robar información relevante.
A pesar de que cada vez estamos más concienciados de que no hay que abrir ningún mensaje, ni 'clicar' e ningún enlace que nos resulte sospechoso, podemos cometer el error de hacerlo, y ser víctimas de una estafa, y más cuando los delincuentes se hacen pasar por alguna institución u organismo oficial.
La Dirección General de Tráfico ha sido víctima de esto último, y la Guardia Civil ha tennido que advertir a todos los ciudadanos que hayan recibido una notificación de multa por correo electrónico que probablemente hayan sido víctimas de una estafa: "Comunica que tienes una multa sin pagar y es necesario completar un documento. Si se ejecuta la descarga del archivo, un malware infectará el dispositivo", explican en su perfil de Twitter.
Además, hace unos meses ya ocurrió algo parecido y la propia DGT comunicó entonces que ellos solo envían estas notificaciones por correo postal o "por la Dirección Electrónica Vial, si te has dado de alta en ese sistema de notificaciones electrónicas".
El objetivo de este tipo de estafas es conseguir datos personales e incluso dinero, y por eso es importante también saber como actuar. Las personas que han sido víctimas de este tipo de situaciones lo primero que se preguntan es si pueden recuperar su dinero. La realidad es que el banco no siempre está obligado a devolverlo, a no ser que se haya cometido una negligencia grave. Por ejemplo, sí que tendrían que devolvernos el dinero si no hemos autorizado la operación. Pero independientemente de cual sea el caso, es necesario denunciar ante las autoridades y poner una reclamación al banco.
Cómo hay que actuar
En los casos de 'phishing', por ejemplo, el banco no tiene por qué devolver el dinero, ya que es el propio usuario quién introduce sus datos. Aún así, es muy importante que cuando se presente la reclamación, aportemos el mayor número de datos posibles. Es decir, indicar que han obtenido nuestro PIN y número de tarjeta, o que se han autorizado pagos sin la autenticación que ahora realizan muchas entidades antes de confirmar el pago. En caso de que este paso no se cumpla, la responsabilidad no será solo de la persona que ha sufrido la estafa.
Aún así, la Ley de Servicios de Pago estipula que las entidades bancarias tienen que estudiar todos los casos y determinar la responsabilidad y si el importe es susceptible de devolución. Pero además, y tal y como explica la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), esta ley protege al usuario y limita su responsabilidad en los siguientes supuestos:
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Copia o duplicado de la tarjeta (o cualquier otra situación en la que un tercero haya podido acceder a los datos de la misma sin que el titular hay perdido su posesión), el banco te deberá devolver de inmediato el importe total de la operación no autorizada.
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Robo o pérdida de tarjeta, en este caso el usuario es responsable por el uso fraudulento antes de la comunicación del robo o la pérdida, pero por una cuantía limitada a un máximo de 150 euros salvo culpa o negligencia grave. Este límite se reducirá a 50 euros cuando se transponga la nueva directiva europea sobre servicios de pago, cuya fecha tope de trasposición es el 13 de enero de 2018.
Comunicarlo inmediatamente
Desde el Banco de España recomiendan que, si crees haber sido víctima de este tipo de estafa, lo comuniques a la entidad “para que bloquee la operación y la revierta, en la medida de lo posible, el problema”. El artículo 36 del Real Decreto-ley 19/2018, de servicios de pago y otras medidas urgentes, establece que "las operaciones de pago se considerarán autorizadas cuando el ordenante haya dado el consentimiento para su ejecución", circunstancia que no se produce cuando quien ha hecho los pagos es un delincuente que nos ha robado nuestros datos.
Además, el mismo Decreto-ley dice que “el usuario de servicios de pago obtendrá la rectificación por parte del proveedor de servicios de pago de una operación de pago no autorizada o ejecutada incorrectamente únicamente si el usuario de servicios de pago se lo comunica sin demora injustificada, en cuanto tenga conocimiento de cualquiera de dichas operaciones que sea objeto de reclamación". Atendiendo a todas estas circunstancias, que según Facua le fueron expuestas a la entidad financiera en el caso explicado en este artículo, Banco Santander informó que procedería a entregar al usuario afectado la cantidad reclamada de 2.929 euros.