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El Defensor del Pueblo ha pedido que el marco legal estatal recoja el objetivo de minimización de las sujeciones físicas en las residencias de mayores y ofrezca certidumbre para los supuestos excepcionales y puntuales en que tales medidas puedan resultar imprescindibles cuando no existan o se hayan agotado todas las medidas alternativas. Precisamente, este sábado se celebró el Día Mundial de Toma de Conciencia del Abuso y Maltrato en la Vejez.
Así lo pone de manifiesto el informe anual presentado este martes por el Defensor del Pueblo en funciones, Francisco Fernández Marugán, en el Congreso de los Diputados. El documento apunta que, según las evidencias científicas, "parece aceptado que las sujeciones pueden tener consecuencias negativas sobre la salud".
El Defensor del Pueblo ha advertido de que utilizar mecanismos de sujeción en las residencias puede entrañar, en caso de agitación, un "riesgo considerable" contra la integridad física de las personas mayores.
Asimismo, recuerda que no son admisibles las sujeciones con material o dispositivos "inadecuados, no homologados y que puedan poner en riesgo la seguridad de la persona a la que se aplican". El uso de sujeciones, según el documento, sigue siendo "mucho más frecuente" en España que en otros países del entorno como Alemania o Francia.
El informe señala que, aunque existen ciertas diferencias conceptuales desde el punto de vista asistencial, desde una perspectiva jurídica la sujeción, restricción y contención suponen "una limitación a la libertad de movimientos que debe ser objeto de un similar tratamiento jurídico".
La utilización de las sujeciones, según el documento, debe hacerse siempre por prescripción facultativa; debe contar con consentimiento informado; y resultar imprescindible para proteger la salud del afectado, su seguridad o la de terceros.
"Sin consentimiento, las sujeciones solo caben en situaciones de grave riesgo y si se prolongan en el tiempo deben ser comunicadas a la autoridad judicial", precisa la institución, que demanda un "compromiso real y efectivo" de las administraciones competentes, los centros, los profesionales, los usuarios y los familiares para lograr una atención residencial libre de sujeciones.
Dispersión normativa
Por otro lado, el Defensor del Pueblo critica que existe una "gran dispersión normativa" sobre centros residenciales y sobre los requisitos que deben reunir estos servicios para su autorización y acreditación, por lo que las comunidades autónomas "han de hacer un esfuerzo por actualizarla y armonizarla".
Con el fin de poder avanzar en las estrategias de atención a las personas mayores, pide que las administraciones competentes "mejoren" los mecanismos de recopilación de datos, de forma que se pueda contar con estadísticas "fiables y actualizadas" respecto de los recursos de atención residencial disponibles, tanto a nivel de comunidades autónomas como estatal.
Respecto a la "insuficiencia" de plazas públicas y concertadas de atención residencial para atender los derechos subjetivos derivados de la Ley 39/2006 de promoción de la autonomía y atención a la dependencia, el Defensor del Pueblo indica que "el esfuerzo presupuestario debe mejorarse".
Igualmente, incide en la necesidad de que las administraciones "se impliquen" en garantizar que el personal de los centros de mayores responde a la "cualificación necesaria" para el desarrollo de sus funciones y que fomenten el impulso de actuaciones de formación profesional y planes de formación específica para el desempeño de los puestos de trabajo encomendados.