Sociedad

Edadismo laboral: obligan a Huawei a readmitir a un trabajador de 58 años despedido por su edad

Marta Jurado

Foto: Europa Press

Viernes 29 de septiembre de 2023

3 minutos

Fue despedido en plena pandemia, para presuntamente contratar a personal más joven

Edadismo laboral: una sentenccia obliga a readmitir a un trabajador de 58 años despedido por su edad
Marta Jurado

Foto: Europa Press

Viernes 29 de septiembre de 2023

3 minutos

La discriminación por edad en el ámbito laboral tienen mucho sabor amargo, pero también algunas victorias. El Tribunal Supremo ha decidido no admitir el recurso presentado por la empresa Huawei por el despido de un trabajador mayor durante la pandemia. El órgano ha ratificado así la sentencia que declaraba nulo el despido de un trabajador que rozaba los 60 años por considerarlo "discriminatorio por razón de edad" y que obliga a readmitirlo.

Todo ocurrió en 2020, cuando Pedro Fernández fue despedido con 58 años de la multinacional tecnológica, en la que trabajaba desde hacía una década.

Paro sénior

Estaba teletrabajando en el periodo postpandemia cuando recibió una llamada de Recursos Humanos comunicándole que "la empresa prescindía de sus servicios", explicaba este miércoles en la Cadena Ser. Según cuenta, "no había razones objetivas para sus despido" y la empresa estaba "procediendo a eliminar personal, sobre todo mayor", sustituido por gente recién salida de la universidad, con peores condiciones.

Tras denunciar el despido y varios recursos interpuestos, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid condenó en 2022 a la multinacional a indemnizarle con 20.000 euros, por vulneración del derecho fundamental de no discriminación en el empleo por razón de la edad y a readmitirle en su puesto.

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El presidente y CEO Huawei España, Eric Li. Fuente: Europa Press

Aunque la empresa alegó causas objetivas, la Sala entiende que fue un despido previsto dentro de una estrategia empresarial de "deshacerse de personal con mucha antigüedad". Ahora, el Tribunal Supremo ha denegado el recurso interpuesto por la empresa, lo que otorga otra victoria al trabajador sénior despedido.

Hay que recordar que, según el Tribunal Constitucional, la discriminación por razón de edad está prohibida, aunque matiza esta declaración general para supuestos de despidos colectivos cuando en ellos el acuerdo alcanzado en el periodo de consultas lleve aparejada la adopción de "medidas efectivas llamadas a minimizar el perjuicio ocasionado al trabajador próximo a la edad de jubilación".

Aún así, el desprecio al talento sénior está a la orden del día, como lo reflejan las elevadas cifras de prejubilaciones y paro entre mayores de 45 años

Sobre el autor:

Marta Jurado

Marta Jurado

Marta Jurado es periodista especializada en Sociedad, Economía, Cultura, Política y redactora en el diario digital 65Ymás desde sus inicios. Licenciada en Periodismo por la Universidad Carlos III y en Filología Inglesa por la UNED, ha trabajado en medios de tirada nacional como El Mundo Público y las revistas Cambio16 y Energía16. Tiene además experiencia en comunicación corporativa de empresas e instituciones como BBVA o INJUVE.

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