Sociedad

¿Eres un baby boomer y temes tener una pensión insuficiente? La vivienda podría complementarla

65ymás

Foto: Bigstock

Sábado 15 de mayo de 2021

ACTUALIZADO : Domingo 16 de mayo de 2021 a las 22:05 H

6 minutos

El 80% de la generación 'babyboom' tiene una vivienda en propiedad para complementar la jubilación

¿Eres un baby boomer y temes tener una pensión insuficiente? La vivienda podría complementarla
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Sábado 15 de mayo de 2021

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La Asociación de Usuarios Financieros (@asufin_) ha organizado un webinar dedicado a la monetización de la vivienda en propiedad, llegada a la edad de jubiliación, donde expertos como Pedro Serrano, de la Universidad Carlos III, y Juan Ángel Lafuente, de la Universidad Jaime I, pusieron de manifiesto que de los 9 millones de personas que se jubilarán en breve (o ya lo han hecho), y que son conocidos como la generación babyboom, el 80% tiene vivienda en propiedad: “Es una generación que pasó por alto cualquier otro tipo de activo y el ahorro de su ciclo vital se ha materializa en la casa en propiedad”, señalaron.

Hay varias fórmulas financieras para monetizar la vivienda en propiedad, y de ahí obtener rentas que complementen la jubilación, además de la forma tradicional como vender la casa. Como por ejemplo, las que implican transferencia de la propiedad como la nuda propiedad, la vivienda inversa o la renta inmobiliaria, y un segundo grupo que permiten mantener la propiedad (y por tanto su transferencia a los herederos) y recibir al mismo tiempo rentas.

El mercado "explotará"

Los expertos auguran que el mercado latente explotará “como sucede con las sociedades longevas, cuanto más vivimos los problemas financieros suelen ser más complejos”, puso de manifiesto Lafuente.

“El impacto de haber tomado una decisión errónea o acertada se manifiesta en el largo plazo y la planificación del ahorro vital es una de las cosas en las que más nos equivocamos”, añadió. A lo que se suma “el alto grado de tensión que soporta la sostenibilidad de nuestro sistema de pensiones”.

La presidenta de ASUFIN, Patricia Suárez es imprescindible la intervención de un asesor independiente en la elección de alguno de estos productos, ya que la correcta valoración de la vivienda. Además, “se tiene que explicar muy bien, porque se trata de productos complicados y que no todos se ajustan a las necesidades de cada uno”.

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Suárez también ha recordado que desde la asociación están apostando por la educación financiera de los consumidores, además de responder a las consultas diarias que muchos de los usuarios están haciendo en relación con estos productos.

Hablan los expertos

Lafuente señala que toda persona que quiera hacer este tipo de operación, se tiene que preguntar si desea vivir en su casa habitual el resto de su vida, cómo quiere recibir los ingresos extra que quiere generar, si en forma de ingresos periódicos o todo el ingreso de golpe o si quiere retener la casa en propiedad.

Por su parte, Serrano expuso las características de estos productos, algunos grandes desconocidos en nuestro país, como la renta inmobiliaria, extendida en Francia con el nombre de Viagers inmobilier, que consiste en un contrato entre dos partes, por el que una de ellas se queda con la vivienda en propiedad a cambio de dar a la otra parte una renta vitalicia hasta su fallecimiento.

Los productos más conocidos son la vivienda inversa que implica el traspaso de la plena propiedad de la vivienda al tiempo que se firma en paralelo un contrato de alquiler vitalicio, y la nuda propiedad, que lo que se transfiere es propiedad, pero no el uso y disfrute de la vivienda. El interesado vende su vivienda pero puede hacer uso pleno de la misma hasta su fallecimiento, hasta el punto de poder alquilarla.

Pero existen otros productos que permiten retener la propiedad y el traspaso posterior a los herederos, como son la vivienda inversa o la permuta de alquiler. El primer caso es un préstamo contra el valor de la vivienda, en el que éste actúa como garantía. El interesado recibe la financiación y no tiene que devolverla hasta su fallecimiento. Es decir, habrán de hacerlo los herederos.

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En el caso de la permuta, los expertos matizaron que se trata de un producto genuinamente de nuestro país, dado que se da en otros países, y sólo lo lleva a cabo un intermediario financiero. Elabora un acuerdo por el que paga al interesado por un determinado servicio, como una residencia a cambio del alquiler que detraiga la propia vivienda. Si esta residencia, por ejemplo, supone el pago de 1.000 euros, y el alquiler genera 800 euros de beneficio, el intermediario costea el resto.

Al fallecimiento, los herederos pueden devolver la deuda y recuperar la propiedad, seguir cediendo la explotación del alquiler o vender la casa y liquidar
la deuda.

Acerca de la querencia de muchos propietarios por retener la propiedad de la casa, los expertos dieron el dato de que en torno al 90% de las viviendas que se dan en herencia se terminan liquidando por los hijos con una venta y reparto posterior. Hasta el 83% de cerca del centenar de participantes en el encuentro admitió que tendrá que complementar su pensión, cuando llegue el momento, hasta un 73% no querría dejar su vivienda actual. Además, el 69% le gustaría mantener la propiedad para que sus hijos la hereden.

En cuanto a la fiscalidad de estos productos, los que tienen categoría de préstamos no tributan y los que tienen categoría de transferencia gozan de una serie de exenciones.

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