María Francés
Sociedad
¿Es legal disfrazarse de policía o bombero? Lo que dice el Código Penal de tu disfraz de Carnaval
María Francés
Foto: BigStock
Jueves 16 de febrero de 2023
ACTUALIZADO : Jueves 16 de febrero de 2023 a las 10:52 H
5 minutos
Desde Legálitas aclaran las dudas sobre los disfraces oficiales en Carnaval
Ahora que nos encontramos en uno de los fines de semana más esperados por muchas personas, el de Carnaval, muchos optan por buscar el mejor disfraz de la fiesta. Algunos se deciden por disfrazarse de algunos de los cuerpos de seguridad del Estado como de policía, bombero o guardia civil.
Ahora bien, ¿sabemos si es legal disfrazarse de estas profesiones? Desde la empresa de abogados 'Legálitas', nos recuerdan en base al Código Penal, una serie de puntos importantes a los que debemos prestar atención, llegado el momento de elegir nuestro disfraz de Carnaval.
Es cierto que elegir un disfraz de una profesión con uniforme oficial es muy recurrente, por ese motivo es conveniente saber si podemos llegar a tener un problema mucho más serio de lo que imaginamos con el que nos podemos enfrentar a una multa o ir a prisión.
¿Es ilegal disfrazarse de policía, bombero o médico?
Pues bien, para quien tenga dudas de si es legal o no disfrazarse de una de estas profesiones, lo cierto es que el simple hecho de disfrazarse no lo es. Sin embargo, sí lo sería el hecho de disfrazarse de policía y dirigir el tráfico, disfrazarse de atracador y fingir un atraco o disfrazarse de médico en un centro de salud, son prácticas delictivas reconocidas por la ley y tipificadas como delito.
De acuerdo con nuestro Código Penal nos exponemos a una pena de prisión de uno a tres años si ejercemos “actos propios de una autoridad o funcionario público” y nos atribuimos carácter oficial.
Lo mismo ocurrirá si vamos a un centro de salud con nuestro disfraz de médico, nos metemos en una consulta y nos ponemos a atender pacientes a los que hacemos creer que somos un facultativo; o si disfrazados de conductor de autobús público nos subimos a uno y nos sentamos al volante; o si evacuamos un edificio disfrazados de bomberos…
¿Y llevar armas?: cuchillos, pistola, hachas...
En caso de que llevemos algún arma, ya sea un cuchillo, un hacha o una pistola, la multa y las sanciones que decidan aplicar, se incrementarán.
De acuerdo con el Reglamento de Armas, está prohibido llevar en sitios públicos imitaciones de armas de fuego que por sus características externas puedan inducir a confusión sobre su auténtica naturaleza, aunque no puedan ser transformadas en armas de fuego. Por lo tanto, si nuestro disfraz incluye un arma de fuego simulada, nos la pueden requisar además de ponernos una multa.
Ahora bien, por mucho que se trata de la fiesta de Carnaval, en caso de que alguien simule un delito en la vía pública, se enfrentará a la comisión de un delito recogido en el artículo 561 del Código Penal y puede suponer una pena de hasta un año de prisión, y una multa.