Javier Anula
Sociedad
Espiar el móvil de tu pareja podría castigarse con hasta 4 años de prisión
Javier Anula
Foto: Big Stock
Jueves 17 de febrero de 2022
ACTUALIZADO : Jueves 17 de febrero de 2022 a las 9:59 H
6 minutos
Desde Legálitas nos explican qué consecuencias penales conlleva
Espiar el móvil o el ordenador de la pareja para controlar sus actos puede ser un claro síntoma de que el amor se está volviendo tóxico. Se puede incluso convertir en una obsesión para muchos. Pero, lo que a priori parece un hecho ingenuo, puede conllevar serios problemas jurídicos.
Con motivo de la celebración del Día de San Valentín (14 de febrero), desde Legálitas nos explican qué consecuencias penales tiene espiar el móvil a tu pareja, instalarle una app de espionaje o contratar un detective privado.
¿Es legal espiar el móvil a tu pareja?
Una consulta realizada a más de 2.700 seguidores a través del perfil de Twitter de Legálitas (@Legalitas_ES) refleja que el 73% nunca espiaría ni ha espiado el móvil de su pareja. Esta muestra también que el 16% lo ha hecho o tiene ganas de hacerlo y que el 11% restante no lo hecho, pero tiene ganas. Y, de hecho, hay seguidores que afirman que no tienen ningún problema en mirar el móvil de su pareja y viceversa.
Para todos aquellos que confiesan que han espiado o espiarían el móvil de su pareja, desde Legálitas recuerdan que revisar las conversaciones de WhatsApp, leer los emails o entrar en las redes sociales de tu pareja, aunque sea un hecho puntual, no es legal.
El artículo 197 del Código Penal castiga a todo aquel que para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento, se apodere de papeles, cartas, mensajes de correo electrónico, etc. intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción, castigándole con las penas de prisión de uno a cuatro años y una multa de doce a veinticuatro meses, con una cuota diaria que puede llegar hasta los 400€. En este sentido, no hay diferencias entre espiar emails o mensajes telefónicos y apoderarse físicamente de una carta del buzón o instalar una cámara oculta y grabar a otro en la intimidad.
Por lo tanto, salvo que tengamos autorización expresa, no podemos invadir la intimidad de nuestra pareja, ni acceder a sus contenidos, llamadas, mensajes o WhatsApp si no queremos que nos imputen por este tipo de delitos. Asimismo, las penas se agravan de dos a cinco años de prisión si los hechos descubiertos o las imágenes captadas se difunden a terceros.
¿Qué consecuencias jurídicas tiene instalarle una app de espionaje?
El Código Penal también castiga esta acción con penas de prisión de seis meses a dos años o multa de tres a dieciocho meses a quien, sin estar debidamente autorizado, produzca, adquiera para su uso o facilite a terceros un programa informático concebido para cometer estos delitos, incluyendo una contraseña de ordenador, código de acceso o elementos similares que permitan acceder a un sistema informático.
De esta manera, se castiga incluso la mera adquisición de esos programas o contraseñas. Pero si además de adquirir el programa, se instala en el móvil de otro y se descubre su intimidad, las penas pasarían a ser las relativas al delito de descubrimiento y revelación de secretos regulado en el artículo 197: prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses.
¿Es legal contratar a un detective privado para seguir a tu pareja?
Cuando crece el ansía por tener información real, se puede llegar al extremo de que una parte de la pareja contrate a un detective para conocer qué sucede cuando el otro sale de casa, con quién va y con quién se junta. Si eres una persona física puedes contratar a un detective para seguirle, aunque las investigaciones privadas cuentan con restricciones y están castigadas.
Al detective que cometa este delito contra la intimidad con fines lucrativos se le impondrán las penas que establece el Código Penal en su mitad superior, es decir, si este acto está castigado con prisión de uno a cuatro años, el detective será penado con un mínimo de dos años, seis meses y un día.
Por su parte, la persona que contrata este servicio también se verá acusado penalmente en concepto de coautor necesario, sin poder escudarse en que quien llevó materialmente a cabo la acción de espiar fue el detective, ya que realmente fue él quien le contrató para que se cometiera el delito.
Estar en una relación tóxica, ¿permite solicitar una indemnización?
Si se sufren alguno de los casos anteriores y crees que tu pareja ha sobrepasado todos los límites, debes, en primer lugar, recabar todas las pruebas de cargo a tu alcance como conversaciones de WhatsApp, etc. en las que la otra parte reconozca los hechos, posibles testigos de ellos o cualquier prueba obtenida sin vulnerar los derechos y libertades fundamentales. Es decir, si tu pareja reconoce en el perfil de Instagram que ha estado espiándote, se podrán hacer capturas de pantalla y aportarlas como prueba siempre y cuando su perfil sea público.
Igualmente, para lograr esas pruebas no se pueden utilizar mecanismos fraudulentos que vulneren su intimidad, la prueba será declarada nula y podrás verte también en el banquillo.
Con las pruebas obtenidas de forma lícita, se puede acudir a la Policía Nacional, Guardia Civil o al Juzgado de Instrucción de guardia de la localidad y explicar todo lo ocurrido a través de una denuncia, que dará lugar al posterior proceso penal.
El culpable de estos delitos no solo responde penalmente, también puede ser condenado a reparar los daños y perjuicios que con sus actos haya ocasionado. La víctima puede solicitar una indemnización por daños y perjuicios o daño moral que el juez determinará en la sentencia en función de la gravedad de los hechos y de las circunstancias que concurran.