Sociedad

Estado de alarma inconstitucional: ¿y ahora qué pasa con las multas del confinamiento?

María Bonillo

Foto: Europa Press

Viernes 16 de julio de 2021

3 minutos

Solos los establecimientos no podrán reclamar, ya que el cierre de bares si ha sido declarado legal

Estado de alarma inconstitucional: ¿y ahora qué pasa con las multas del confinamiento? Foto: Europa Press
María Bonillo

Foto: Europa Press

Viernes 16 de julio de 2021

3 minutos

El Pleno del Tribunal Constitucional concluyó este martes que determinados aspectos del decreto por el que se declaró el primer estado de alarma frente a la pandemia de coronavirus son inconstitucionales, según confirmaron fuentes jurídicas.

La resolución ha salido adelante por una ajustada mayoría de seis votos contra cinco. Así, la vicepresidenta del TC, Encarnación Roca, ha decidido declarar ilegal el primer estado de alarma, en marzo de 2020. En cualquier caso, no cabrían futuras reclamaciones por los perjuicios del confinamiento, sino que solo tendrá efectos de cara al futuro.

Ahora, la duda que está asaltando a muchos españoles es qué pasa con aquellas sanciones que se pusieron durante el confinamiento y si se pueden reclamar. La respuesta es sí, se podrán reclamar.

Controles de confinamiento. Foto: Europa Press

Situaciones en las que podremos reclamar

Por una parte tenemos las multas impuestas por incumplir el confinamiento, las cuales, al quedar declarado como inconstitucional, serán anuladas, según informan fuentes del Tribunal Constitucional a La Vanguardia. Por lo tanto, si ya hemos pagado estas multas, podremos reclamarlas. 

En segundo lugar están las sanciones penales, fijadas por saltarse el confinamiento, que también quedarán anuladas, y por ende también podrán ser reclamadas. Sin embargo, en este caso se tendrán en cuenta otros factores que incluyen otro tipo de conductas añadidas, como puede ser desacato a los agentes o agresiones. 

El fin del estado de alarma desemboca en un caos jurídico

 

En tercer lugar están aquellas personas o empresas que sufrieron incautaciones en los primeros meses del Estado de Alarma y que tuvieron que reunir los suministros necesarios, como geles hidroalcóholicos o mascarillas, para poder mantener su actividad. Podrán reclamar ahora el dinero correspondiente a ese material

Por último, se encuentran los ciudadanos que se hayan sentido perjudicados por el encierro, quienes también podrán reclamar. En todo caso, para exigir al Estado una indemnización por los daños causados por el confinamiento, el perjuicio deberá poder ser demostrado. 

Sobre el autor:

María Bonillo

María Bonillo

María Bonillo es licenciada en Comunicación Audiovisual y Periodismo por la Universidad Carlos III de Madrid. Escribe principalmente sobre temas de sociedad. También tiene experiencia en comunicación corporativa de empresas como OmnicomPRGroup y Pentación Espectáculos.

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