Sociedad

Estos son los coches que la DGT dará de baja automáticamente

Marta Vicente

Viernes 28 de mayo de 2021

ACTUALIZADO : Viernes 28 de mayo de 2021 a las 9:17 H

4 minutos

Estas medidas pretenden controlar mejor el parque de vehículos y acabar con los 'coches zombie'

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Marta Vicente

Viernes 28 de mayo de 2021

4 minutos

Si tienes más de diez años que no pasas la ITV de tu coche o que no contratas el seguro, la Dirección General de Tráfico (@DGTes) tramitará la baja automática del vehículo y te expondrás a una multa si vuelves a circular con él.

Tráfico anunció hace unas semanas la aprobación de un Real Decreto 265/2021 publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) sobre los vehículos al final de su vida útil. Entre las principales novedades, destaca la baja definitiva para los automóviles que no hayan estado asegurados o no hayan pasado la ITV en los últimos diez años. 

Los propietarios de coches antiguos, los cuales apenas pueden usarse, son los que más deben atender a esta nueva medida ya que, en el momento en que entre en vigor, puede que se lleven una sorpresa en forma de multa si deciden darse una vuelta. Sin embargo, aunque el organismo podrá comenzar los trámites por iniciativa propia, eso sí, durante el proceso, el conductor podrá informar de que está en condiciones de volver a circular si fuera el caso, es decir, de que ha pasado la ITV y contratado el seguro.

Coche clásico histórico (bigstock)

Así lo explica la DGT en su nota de prensa: "La baja de oficio se anotará previa resolución motivada de la Jefatura Provincial de Tráfico y garantizará, en un momento posterior, la rehabilitación y puesta en circulación del vehículo si el titular del mismo acredita la existencia del mismo y el cumplimiento de los requisitos para obtener el permiso de circulación”.

Al no haber renovado la ITV o el seguro, la DGT considera que el coche no existe o que no circula y, por tanto, dejará de formar parte del parque automovilístico.

Otra medida importante: acabar con los 'coches zombie'

Igualmente, otra de las novedades que incluye el Real Decreto es el nuevo límite de un año para una baja temporal del vehículo. Una vez pasado ese plazo, si el interesado no solicita una prórroga, volverá a estar en "situación activa" y, por tanto, "generando las obligaciones administrativas y fiscales que corresponda, tales como el impuesto de vehículos de tracción mecánica", declara Tráfico. Hasta ahora, no había ningún límite de tiempo para la baja temporal.

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¿Cuál es el objetivo? Los coches que están dados de baja temporal no tienen la necesidad de contar con ITV ni seguro –y deben estar estacionados en una propiedad privada–, por lo que, muchos propietarios tratan de ahorrarse estos costes y deciden no solicitar el alta cuando los vuelven a utilizar. De esta manera, el organismo pretende acabar con los llamados 'coches zombie', una práctica fraudulenta que desempeñan los titulares que piden la suspensión del automóvil y siguen circulando.

Finalmente, Tráfico incluye otra novedad que consiste en que los vehículos que han sido declarados siniestro total, después de esta fecha, deberán pasar obligatoriamente la ITV si el propietario decide continuar circulando con él o transferirlo a otra persona.

Sobre el autor:

Marta Vicente

Marta Vicente Carmona es Graduada en Periodismo por la Universidad Rey Juan Carlos y Máster de Marketing Digital y en Edición y Postproducción Digital. Es redactora especializada en temas de sociedad y salud y tiene experiencia como Community Manager.

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