Sociedad

Falsificar documentos para alquilar un piso: las sanciones pueden conllevar penas de prisión

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Foto: Bigstock

Viernes 10 de mayo de 2024

ACTUALIZADO : Viernes 10 de mayo de 2024 a las 12:09 H

5 minutos

Desde Legálitas explican las situaciones que se consideran un delito

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Utilizar documentos falsificados, como nómicas o contratos laborales indefinidos, para cumplir con los requisitos de los propietarios para acceder a una vivienda en alquiler, una tendencia creciente debido al "aumento de los requisitos que los propietarios solicitan a los posibles inquilinos", puede ser sancionado hasta con penas de prisión

Así lo advierten en una nota desde Legálitas (@Legalitas_ES), que han repasado las sanciones que puede conllevar esta práctica ilegal, "tanto para el que realiza la falsificación, como para quien usa ese documento falso", señalan. 

 

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"La persona que, para perjudicar a otro, cometa una falsedad en un documento privado que consista en alterar un documento en alguno de sus elementos o requisitos esenciales, lo simule ya sea íntegramente o en parte para inducir a un error sobre su autenticidad, afirme la intervención de personas que no la han tenido o atribuya a las que sí lo han hecho declaraciones diferentes a las que realizaron, puede ser castigado con penas de prisión de seis meses a dos años", explican. 

Es más, solicitar a una persona que elabore un documento falso para, posteriormente, utilizarlo, "podrá ser castigado como delito de inducción a la comisión de un delito de falsedad en documento público, oficial o mercantil con penas de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses", añaden. 

Si quien comete el delito es una autoridad o funcionario público en el ejercicio de sus funciones, las penas se agravarían para el autor de la falsedad, pudiendo elevarse la pena de prisión de 3 a 6 años y la multa de 6 a 24 meses. Asimismo, se castigaría con la inhabilitación especial para el ejercicio de sus funciones. 

Por su parte, la persona que utilice un documento de identidad falso, siendo consciente de ello e independientemente de si se es de otro estado o se ha falsificado o adquirido fuera de España, se castigaría con penas de prisión de 6 meses a un año y una multa de 3 a 6 meses.

El que lo utiliza o el que lo falsifica: ¿quién comete el delito?

¿Quién comete el delito, quien utiliza un documento falsificado o quien lo falsifica? Desde Legálitas explican que "ambos pueden cometer el delito", pudiendo enfrentarse a una pena de prisión de 3 a 6 meses menos un día

No solo elaborarlos o utilizarlos, publicitarlos en las redes sociales o plataformas también es ilegal, y puede suponer un delito de inductor y la imposición de la misma pena que al autor principal, "si con su conducta incita a otro a cometer un delito de falsedad de uso de documento falso", explican. A este respecto, apuntan que "actualmente, falsificar, por ejemplo, un DNI está al alcance de todos a través de webs clandestinas que generan fotos realistas que se adaptan a los documentos oficiales y que generan cerca de veinte mil documentos falsos al día". 

¿Cómo detectar un documento falso y qué derechos existen para los propietarios de una casa?

Existen mecanismos para detectar un documento falso, ya que los documentos auténticos "suelen contener elementos de seguridad como códigos de barras, marcas al agua, hologramas, kinegramas, imágenes de luz ultravioleta o letras en relieve", recuerdan desde Legálitas, que ponen de relieve también los posibles errores en la información del documento, como faltas de ortografía, variación del formato, consistencia de la letra o la calidad de la impresión.

Los algoritmos de Inteligencia Artificial pueden resultar, asimismo, útiles para detectar documentos falsos, ya que "pueden analizar los datos para determinar si una imagen ha sido alterada, cuándo y con qué software", también "si una imagen ha sido editada con algún programa informático tipo Photoshop". 

En cualquier caso, si como propietarios de una vivienda aceptamos la validez de unos documentos que son falsos sin saberlo, puesto que "el cumplimiento de los contratos se basa en la buena fe de las partes contratantes", el arrendador "podrá anular el contrato por error en el consentimiento al haber sufrido un vicio en su voluntad contractual".

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