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El Impuesto de Sucesiones es la cantidad que tiene que pagar cualquier persona que recibe una herencia. El impuesto varía en función de la comunidad autónoma, y suele presentarse donde el fallecido residiera, o donde lo hubiera hecho a efectos fiscales en los cinco años anteriores.
El porcentaje entre comunidades es muy diferente, y por ejemplo en la Comunidad de Madrid está bonificado en el 99%, es decir, tan solo hay que pagar el 1% de la cuota, si se compara con Asturias o la Comunidad Valenciana.
Además de este impuesto, las comunidades autónomas también se encargan del Impuesto sobre el Patrimonio, que afecta a más de 200.000 contribuyentes en España. En este caso, en la Comunidad de Madrid, País Vasco y Navarra tienen una bonificación del 100%. Las comunidades donde más pagan los contribuyentes este impuesto son Aragón, Extremadura y Cataluña.
El despacho de abogados especializados en derecho de transmisiones y sucesiones, dPG Legal, analiza qué ocurre con los impuestos en el momento de recibir una herencia. En relación a los negocios familiares han explicado en un comunicado, que existe un importe ahorro fiscal a efectos del Impuesto sobre Sucesiones si se cumplen una serie de requisitos para que el negocio en cuestión se quede exento en el Impuesto sobre el Patrimonio. A efectos prácticos, puede suponer que en una transmisión de padres a hijos con un negocio familiar se paguen 600 euros, o 60.000 euros en caso de que no se aplique la exención en el Impuesto sobre el Patrimonio.
¿Qué pasa si la persona fallecida y el heredero no pertenecen a la misma comunidad autónoma?
Si la persona fallecida pertenece a la Comunidad de Madrid y el heredero en otra diferente, el pago del Impuesto de Sucesiones se realizará en la residencia habitual del testador. Si el fallecido hubiera vivido en diferentes lugares en los últimos años, se tendrá que determinar cuál fue su residencia habitual en los últimos cinco años, explican desde dPG Legal.
¿Qué ocurre con el Impuesto de Sucesiones en las herencias a sobrinos?
Los sobrinos no tendrán problemas a la hora de heredar. El único problema es que los impuestos que tendrán que pagar son más elevados. En otras palabras, cuanto más alejado sea el parentesco, mayor carga impositiva (que dependerá de la Comunidad Autónoma donde resida el fallecido) tendrá que pagar.
En el caso de los sobrinos solo pueden acogerse a una reducción del 10%, por ser los terceros de la tabla. En Madrid, los parientes de primer grado (cónyuges o hijos) solo tienen que pagar un 1% de la cuota, recuerda desde dPG Legal.
¿Se pagan más impuestos si no hay testamento hecho?
El pago de impuestos depende del parentesco que del que hereda y de la cuantía de lo que recibe, no de si existe o no testamento. Si una persona con cinco hijos fallece sin hacer testamento, pagarán los mismo impuestos que si el fallecido los hubiera nombrado herederos por partes iguales.
Desde dPG Legal aconsejan hablar con abogados especializados para valorar todas las opciones, ya que cada caso es muy diferente y debe abordarse teniendo en cuenta la situación personal de cada uno.