Aunque todavía no es oficial, la Comunidad de Madrid, ante el aumento considerable de casos de los últimos meses, la saturación de la Atención Primaria y el rápido incremento de ingresos hospitalarios, limitará los movimientos en distintas áreas de la capital y varios municipios.
Sin embargo, no queda claro si estas perimetraciones necesitarán de una ratificación judicial o no, ni si los jueces darán el visto bueno a estas medidas si no son consideradas proporcionales. Por ello, la aplicación del Estado de Alarma ha vuelto estar sobre la mesa, si bien, por ahora, ni la Comunidad ni el Estado han reconocido que barajen todavía esta opción.
Así, el Gobierno Central asegura que se mantiene a la espera de las medidas que tomen este viernes las autoridades regionales y que actuarán en consecuencia, no sin antes recordar que las competencias en materia de Sanidad dependen de la Comunidad.
"Nosotros fijamos todo el conjunto de actuaciones que había que tener prevista en este escenario en un documento relevante que es el plan de respuesta temprana, acordado por todas las comunidades autónomas; y ahí se fijan distintas medidas s escenarios progresivos para mantener el control, el estado de alarma es el último escenario", decía este jueves el ministro de Sanidad, Salvador Illa en RNE.
Por su parte, el vicepresidente de la región Ignacio Aguado ha pedido ayuda al Gobierno y una mayor implicación, sin especificar si quieren pedir el Estado de Alarma. Cabe recordar que, de tomarse esta decisión, cuentan con la promesa del presidente Pedro Sánchez de aplicarlo y de darle respaldo parlamentario en caso de prórrogarse.
¿Quién puede pedir y declarar el Estado de Alarma?
Ante este clima de incertidumbre y de indecisión, 65Ymás ha querido preguntar a expertos en derecho Constitucional: ¿puede el Gobierno declarar el Estado de Alarma en una sola región aunque la autonomía no se lo pida? ¿Es necesario que la región se lo pida para hacerlo?
Según la Ley Orgánica de 1981 que regula el Estado de Alarma, se puede declarar "en todo o parte del territorio nacional" a través de un real decreto aprobado por el Consejo de Ministros. "El Gobierno de la Nación no necesita autorización del Congreso de los Diputados. Sólo debe informar después de la declaración. Eso sí, si quiere prorrogarlo, antes de que pasen 15 días, sí necesita su autorización previa", explica este diario el catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Extremadura (@infouex), Vicente Álvarez.
"Le soliciten declararlo o no, el Gobierno puede hacer lo que quiera. La Constitución dice que tiene la competencia, que es suya. Los presidentes de las Comunidades Autónomas pueden pedir que lo declare en parte o en todo el territorio, pero el Gobierno puede elegir hacerlo o no", añade.
Por otra parte, según esta misma Ley, una vez el Gobierno declare el estado de alarma, "la Autoridad competente será el Gobierno o, por delegación de éste, el Presidente de la Comunidad Autónoma cuando la declaración afecte exclusivamente a todo o parte del territorio de una Comunidad".
Finalmente, este catedrático de Derecho Constitucional entiende que estos confinamientos selectivos o la limitación de la movilidad que se pretenden llevar a cabo en Madrid se pueden hacer sin necesidad del Estado de Alarma. "Se ha hecho en buena parte del país, ahora y antes del 14 de marzo. El mecanismo jurídico es el artículo 3 de la Ley 3/1986 de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública. Se hizo en Igualada en marzo y con el Segriá después del Estado de Alarma", señala.
"Puede decretarse el confinamiento o la restricción de movilidad en base a esa Ley, cuando la situación de la epidemia esté descontrolada. Ahora bien, se necesita autorización judicial, al afectarse derechos fundamentales. El juez debe entender que es una medida proporcional y que está justificada. De momento, la Comunidad de Madrid podría confinar mañana Parla, por poner un ejemplo, pero debería autorizarlo un juez. Hay que tener en cuenta que depende esto depende de la discreccionalidad en la interpretación de la Justicia", apunta por su parte el profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de Extremadura, Gabriel Moreno.
Por ello, el Gobierno ha puesto encima de la mesa, y se tramitará en el Congreso, que "la competencia sea de los Tribunales Superiores de Justicia, que son órganos colegiados, y no de los de primera instancia", señala Moreno. "Se podrá garantizar que las decisiones estén más estudiadas ya que lo verán tres ojos y no sólo uno", añade.
"Eso sí, si quieren hacer un confinamiento en toda la Comunidad, lo correcto y lo sensato sería utilizar el Estado de Alarma", matiza el profesor.