Toni Esteve
Sociedad
Incapacitación de una persona mayor: quién puede promoverla y qué implica
La ley obliga a rendir cuentas al juez de las actuaciones del tutor del incapaz
La incapacitación jurídica de una persona solo puede ser promovida por familiares ascendientes (padres), descendientes (hijos), hermanos y cónyuges. En el supuesto de no existir ningún familiar, también lo puede hacer el Ministerio Fiscal, a quien pueden interpelar en este sentido los profesionales que identifiquen una posible situación de incapacitación, o bien cualquier persona que tenga conocimiento de una persona presuntamente incapaz.
Incapacitar a un familiar puede ser doloroso y provocarnos algunos dilemas morales. Sin embargo, desde las organizaciones que trabajan para velar por los derechos de las personas mayores, como Eima, recuerdan que la incapacidad es "una medida de protección y no una limitación de derechos y libertades". Además, las causas por las que puede iniciarse un proceso de incapacitación están especificadas en el Código Civil, y para llevarlo a cabo es necesaria la intervención de un abogado y procurador de los tribunales, por lo que se resolverá mediante un proceso judicial.
La figura del tutor legal
En la práctica, la incapacitación supone un control judicial, puesto que implica el nombramiento de un tutor para el incapaz y garantiza que se deben rendir cuentas al juez de todas las actuaciones tuteladas. De hecho, una persona mayor podría iniciar por si misma el procedimiento para su futura incapacitación, por ejemplo, en el caso de sufrir una grave enfermedad degenerativa que sabe que le puede provocar en el futuro una pérdida sobrevenida de capacidad. En este caso, la persona afectada puede facultar ante notario a una o varias personas para hacer en su nombre las gestiones necesarias para tener proteger sus intereses.
Este tipo de poderes pueden ser generales o bien solo para atender cosas concretas. Igualmente, quien otorga estos poderes puede especificar en qué circunstancias pueden activarse, así como detallar medidas de control y causas por las cuales los poderes se extinguirían. Además, mientras mantenga sus facultades, siempre podrá revocar el poder.
En cuanto a los motivos para incapacitar a una persona, la Ley determina que son causa de incapacitación “las enfermedades o deficiencias persistentes de carácter físico o psíquico que impidan a la persona gobernarse por sí misma”. En este sentido, las enfermedades neorodegenerativas, como el Alzheimer, pueden hacer que una persona no pueda gobernarse a sí misma. Enfermedades mentales como la psicosis o la esquizofrenia, los trastornos de personalidad o demencia senil también están entre las posibles causas. En este sentido, la pérdida de memoria o las alteraciones en la comprensión y el lenguaje harán imposible para quien las sufre llevar el control de sus propias finanzas, por ejemplo. Asimismo, la desorientación y el deterioro físico pueden incrementar sus posibilidades de sufrir un accidente o una mala alimentación que compliquen aún más su salud.
En cuanto a las implicaciones de incapacitar a alguien, como hemos apuntado, será un juez quien determinará finalmente si procede la incapacitación, el alcance de la misma y quién será el tutor legal que velará por sus intereses. El Ministerio Fiscal tiene la potestad para exigir en cualquier momento al tutor o tutores información sobre la situación personal y patrimonial de la persona tutelada. Así, por ejemplo, un tutor no podría vender una propiedad inmobiliaria de su tutelado sin una autorización judicial expresa.