Internacional

Japón recomienda a sus ciudadanos incluir esto en sus testamentos

Laura Moro

Foto: Bigstock

Miércoles 8 de enero de 2025

3 minutos

No se suele tener en cuenta a la hora de pensar en la herencia

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Laura Moro

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Cuando pensamos en herencias seguramente nos venga a la cabeza la palabra testamento, inmuebles o impuestos, pero no caigamos en la cuenta de que todo nuestro legado digital, a pesar de vivir en un mundo cada vez más digitalizado.

Y es por eso que el Centro Nacional de Asuntos del Consumidor en Japón ha comenzado a recomendar a sus ciudadanos incluir en el testamento toda la información relativa a cuentas, usuarios y contraseñas, ya sea de nuestras redes sociales o servicios online que tengamos contratados para que nuestros herederos tengan acceso a ellos.

El objetivo de esta recomendación es que la huella digital del fallecido no quede abandonada. Esta huella es el rastro de datos que dejamos cada vez que usamos Internet. Esto incluye los sitios webs que visitamos, los correos electrónicos que enviamos y la información que compartimos online.

Lo primero que tendrás que hacer si decides incluir en tu testamento estos datos es una recopilación de todas las posesiones digitales y contraseñas de cada canal y plataforma y decidir qué quieres hacer con cada una de ellas (eliminarlo, mantenerlo en activo, conservar alguna cuenta...).

Además, es importante que elijas a la persona encargada de cumplir tu voluntad, lo que se conoce como albacea testamentario. 

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Ya existe el testamento digital

Lo cierto es que ya existe un testamento digital, que como explican en el blog del BBVA, es un derecho digital "en el que deben figurar los contenidos digitales de una persona". Es decir, los datos personales, contraseñas, perfiles en las diferentes redes sociales, plataformas audiovisuales, páginas web, banca online, saldos de criptomonedas... 

Esta herencia digital está regulada por la Ley 10/2017 de voluntades digitales y de modificación del código civil de cataluña (art.6), en la que se establece que el testador tiene derecho a expresas sus voluntades digitales antes de morir, y puede designar a una persona como encargada de gestionarlo. 

Al igual que el testamento tradicional, el digital debe formalizarse ante notario, donde debe especificarse qué quiere que se haga con todo el contenido digital que tenemos. En este sentido, existen dos tipos de testamento digital:

  • El testamento digital de emergencia que permite acceder a la información importante rápidamente.
  • el digital detallado. En este documento se incluye información más amplia donde se especifican contraseñas, perfiles en redes sociales, información recopilada en buscadores de Internet, cuentas en bancos online, cuentas con criptomonedas, suscripciones de todo tipo, reputación en la web, blogs...

Sobre el autor:

LauraMoro

Laura Moro

Laura Moro es graduada en Periodismo y Comunicación Audiovisual por la Universidad Carlos III de Madrid, y está especializada en temas de salud y género. Su trayectoria profesional comenzó en Onda Cero Talavera.

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