El Juzgado de lo Social número 2 de Santander ha fallado a favor de una abuela que solicitó modificar su horario laboral para poder cuidar a su nieta.
La empresa, perteneciente al sector de la teleinformática, se opuso a esta solicitud, argumentando que la adaptación horaria podría complicar la adecuada cobertura del horario comercial y que las peticiones de conciliación debían priorizarse para los familiares de primer grado.
Frente a esta negativa, el sindicato USO decidió presentar una demanda, asegurando que el Estatuto de los Trabajadores permitía la modificación del horario en este caso específico, dado que la menor vivía en una familia monoparental y su madre se encontraba en un proceso de formación que complicaba su cuidado.
USO ha hecho pública esta sentencia, considerándola "novedosa y relevante", ya que anteriormente las solicitudes de adaptación horaria estaban reservadas únicamente para el cuidado de familaires en primer grado.
La resolución, emitida por la magistrada Nuria Perchín Benito y que no admite recurso, establece que "no es causa para la negativa de adaptación de jornada de la trabajadora la solicitud para el cuidado de su nieta con la que convive, dado que este supuesto está previsto en la norma (necesidades de cuidado respecto de familiares por consanguinidad hasta el segundo grado de la persona trabajadora, sin existir preferencias o prioridades para el cuidado de un hijo menor de 12 años".
Sobre el autor:
Raúl Arias
Raúl Arias es periodista especializado en Política, Economía y Sociedad. Licenciado en la Universidad Complutense de Madrid, ha trabajado en diferentes medios de tirada nacional, siempre pegado a la actualidad.