Sociedad

Entra en vigor la 'Ley Zerolo', que reconoce explícitamente la edad como forma de discriminación

Olga Selma

Jueves 14 de julio de 2022

ACTUALIZADO : Sábado 16 de julio de 2022 a las 11:39 H

5 minutos

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Entra en vigor la 'Ley Zerolo', que reconoce explícitamente la edad como forma de discriminación
Olga Selma

Jueves 14 de julio de 2022

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La Ley de Igualdad de Trato y no Discriminación, conocida como 'Ley Zerolo', que reconoce de forma explícita la edad como forma de discriminación y prevé sanciones que van desde los 300 a los 500.000 euros, entra en vigor este jueves, 14 de julio, tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

En su contenido, la norma especifica que "nadie podrá ser discriminado por razón de nacimiento, origen racial o étnico, sexo, religión, convicción u opinión, edad, discapacidad, orientación o identidad sexual, expresión de género, enfermedad, situación socioecónomica o cualquier otra condición o circunstancia personal o social". Y los principales ámbitos que regula son el laboral, el educativo, el sanitario y el de la vivienda, aunque también prevé mecanismos en otros como el de justicia o el administrativo.

Además, el texto destaca la creación de una Autoridad Independiente para la Igualdad de Trato y la No Discriminación, cuyo personal será, con carácter general, funcionario de carrera de las administraciones públicas o, en su caso, personal laboral procedente de organismos nacionales o internacionales con funciones en materia de igualdad de trato y no discriminación.

Del mismo modo, incluye la aporofobia –el odio contra el pobre– como un delito de odio y también se modifica el Código Penal para que por primera vez el antigitanismo esté tipificado como un delito, que conllevará una pena de uno a cuatro años de prisión.

En cuanto a las sanciones, la ley prevé multas de entre 300 y 10.000 euros para las infracciones leves, de 10.001 a 40.000 para las graves y para las muy graves entre 40.001 y 500.000 euros. La recaudación obtenida del cobro de las multas será invertida en la promoción de sensibilización para la igualdad de trato y no discriminación y lucha contra la intolerancia.

 

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Igualdad de trato en la atencion sanitaria y acceso a la vivienda

La ley incluye un punto que dice textualmente: "Los sitios web y las aplicaciones informáticas tenderán a cumplir los requisitos de accesibilidad para garantizar la igualdad y la no discriminación en el acceso de las personas usuarias, en particular de las personas con discapacidad y de las personas mayores". Sin embargo, no aclara en qué se materializa esa obligación ni cómo se vigilará.

También señala cómo el envejecimiento de la sociedad va a afectar en el ámbito de las discriminaciones y que puede llegar a implicar una potencial mayor discriminación por razón de edad. Igualmente, recoge el "derecho a la igualdad de trato y no discriminación en la atención sanitaria". "Las administraciones sanitarias promoverán acciones destinadas a aquellos grupos de población que presenten necesidades sanitarias específicas, tales como las personas mayores, menores de edad, con discapacidad, pertenecientes al colectivo LGTBI, que padezcan enfermedades mentales, crónicas, raras, degenerativas o en fase terminal, síndromes incapacitantes, portadoras de virus, víctimas de maltrato, personas en situación de sinhogarismo, con problemas de drogodependencia, minorías étnicas, entre otros, y, en general, personas pertenecientes a grupos en riesgo de exclusión y situación de sinhogarismo con el fin de asegurar un efectivo acceso y disfrute de los servicios sanitarios de acuerdo con sus necesidades", se recoge en el texto.

Asimismo, se refiere al "derecho a la igualdad de trato y no discriminación en el acceso a la vivienda": "Las administraciones públicas, en el ámbito de sus competencias, garantizarán que las políticas de urbanismo y vivienda respeten el derecho a la igualdad de trato y prevengan la discriminación [...] Asimismo, tendrán en cuenta, en su elaboración, las necesidades de los grupos con mayores dificultades para el acceso y permanencia en la vivienda por razón de las expresadas causas, promoviendo políticas que garanticen la autonomía y la vida independiente de las personas mayores y de las personas con discapacidad, así como el soporte necesario a las personas que sufran o tengan mayor riesgo o predisposición a sufrir patologías y trastornos de la salud graves o inhabilitantes".

El pasado 30 de junio, tras ser aprobada en el Congreso, las organizaciones que forman parte de la Alianza por la ley de Igualdad de Trato (entre las que se encuentran Accem, Asociación Rumiñahui, CERMI, CESIDA, CEAR, Cruz Roja Española, Fundación Cepaim, FELGTB, Fundación Secretariado Gitano, HOGAR SÍ, Movimiento por la Paz, Provivienda, Red Acoge o Save the Children) celebraron su aprobación, aunque alertaron de que el texto tenía carencias en materia de accesibilidad o de protección de la infancia.

A través de un comunicado, declararon que esta norma era un "instrumento imprescindible para luchar contra la discriminación y cumplir el principio de igualdad de forma amplia e integral", poniendo el foco en el régimen sancionador, la creación de un organismo independiente de Igualdad, la introducción del antigitanismo en el código penal como un delito de odio específico, la incorporación de la definición de segregación escolar o el refuerzo de la protección de las personas en situación de sinhogarismo.

Sin embargo, desde la Alianza critican que la norma carece de medidas que aborden cuestiones como la accesibilidad, la protección de la infancia, el diálogo con la sociedad y la formación de agentes clave en la lucha contra la discriminación, entre otras carencias.

Sobre el autor:

Olga Selma

Olga Selma es redactora especializada en temas de salud, alimentación y consumo.

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