Los orígenes de este sorteo se remontan al que tuvo lugar el 18 de diciembre de 1812, "más por el entusiasmo, sentir popular y proximidad a esas fechas que por la denominación en sí mismo", que apareció por primera vez 80 años después, en 1892.
El de este 2024 constará de 193 series, cada una con 100.000 billetes. El precio de cada número completo asciende a 38.600 euros, mientras que el importe de cada billete es de 200 euros, dividido en décimos de 20 euros. De este modo, el total de la emisión en 2024 asciende a 3.860 millones de euros, de los que se destina a premios un 70 por ciento de la emisión, es decir, un total de 2.702 millones de euros. Cada serie distribuye en premios 14 millones de euros y en total se reparten 29.536.720 premios. En el bombo grande entran los 100.000 números de los billetes del sorteo y en el bombo pequeño las 1.807 bolas de premios.
Aunque este año se pondrán en juego más millones en premios que en 2023, se mantiene la cuantía de los mismos: el Gordo de Navidad o primer premio, son 4.000.000 de euros a la serie (400.000 euros al décimo); el segundo premio, de 1.250.000 euros a la serie (125.000 euros al décimo); o el tercero, de 500.000 euros a la serie (50.000 euros al décimo).
Junto a estos grandes premios, el sorteo reparte otros dos cuartos premios de 200.000 euros a la serie (20.000 euros al décimo); ocho quintos de 60.000 euros a la serie (6.000 euros al décimo); o 1.794 premios de 1.000 euros a la serie (100 euros al décimo), entre otros.
Todavía queda tiempo para hacerse con un décimo, si todavía no contamos con uno, aunque no todo el mundo puede hacerlo. Y es que hay personas que tienen prohibido comprar Lotería de Navidad, tal y como regula la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego.
¿Quién no puede participar en la Lotería de Navidad?
De esta forma, se prohíbe la participación, en primer lugar, a los menores de edad. También a los "incapacitados legalmente o por resolución judicial" o a aquellas personas que, de forma voluntaria, hayan solicitado que se les sea prohibido el acceso al juego.
Tampoco podrán participar "los accionistas, propietarios, partícipes o titulares significativos del operador de juego, su personal directivo y empleados directamente involucrados en el desarrollo de los juegos, así como sus cónyuges o personas con las que convivan, ascendientes y descendientes en primer grado, en los juegos que gestionen o exploten aquellos, con independencia de que la participación en los juegos, por parte de cualquiera de los anteriores, se produzca de manera directa o indirecta, a través de terceras personas físicas o jurídicas".
En esta prohibición se incluyen "el Presidente, los consejeros y directores de la Comisión Nacional del Juego, así como a sus cónyuges o personas con las que convivan, ascendientes y descendientes en primer grado y a todo el personal de la Comisión Nacional del Juego que tengan atribuidas funciones de inspección y control en materia de juego".
Sobre el autor:
María Bonillo
María Bonillo es licenciada en Comunicación Audiovisual y Periodismo por la Universidad Carlos III de Madrid. Escribe principalmente sobre temas de sociedad. También tiene experiencia en comunicación corporativa de empresas como OmnicomPRGroup y Pentación Espectáculos.