El Código Civil de Cataluñase modificará para que el maltrato psicológico a los padres sea motivo de desheredación. Así lo acaba de anunciar el Govern, que además de ampliar las causas para desheredar, quiere regular también la custodia de las mascotas en caso de separación.
Si el anteproyecto siguiera adelante, el maltrato psicológico será, junto con la denegación de alimentos, maltrato grave y la falta de trato familiar continuado, motivo de desheredación.
Además,el Ejecutivo catalán quiere reducir el tiempo que tienen los hijos para reclamar la legítima, la parte de la herencia que la ley reserva a los hijos aunque el testador no les haya legado nada en el testamento. A día de hoy es de diez años desde el fallecimiento del progenitor y con la reforma se limitará a los cuatro años posteriores al deceso.
En el caso de las sucesiones, la reforma establece que no se podrán reclamar al heredero las deudas desconocidas del fallecido, en caso de que el primero acepte la herencia.
Los animales y la custodia compartida
En lo relativo a los animales, el anteproyecto quiere que dejen de ser considerados bienes materiales en caso de divorcio.
El texto quiere establecer un régimen de visitas o una custodia compartida, al igual que ocurre con los hijos. Además, los maltratadores con sentencia firme no podrán visitar a los animales.
El Govern quiere aprobar la reforma del artículo del Código Civil Catalán relativo a las relaciones sexuales de la madre, para determinar la paternidad de un hijo si ésta no es reconocida. El objetivo es eliminar "la carga peyorativa" para la mujer.
Sobre el autor:
Laura Moro
Laura Moro es graduada en Periodismo y Comunicación Audiovisual por la Universidad Carlos III de Madrid, y está especializada en temas de salud y género. Su trayectoria profesional comenzó en Onda Cero Talavera.