La pensión por incapacidad permanente es una prestación económica que la Seguridad Social reconoce a un trabajador si, tras un tratamiento prescrito por enfermedad o accidente, una vez dado de alta médica, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves que le impiden desarrollar de forma óptima su trabajo.
En 2023, la pensión mínima por incapacidad permanente es de 905 euros al mes, y la máxima de 3.059 euros mensuales.
Aunque no existen criterios uniformes para que te concedan esta ayuda, el Tribunal Médico, que es el encargado de valorar la incapacidad del trabajador, deniega el 53,47% de las solicitudes, según datos del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), pudiendo ser incluso más, según los expertos.
Para el porcentaje restante, con la entrada en vigor de la nueva Ley de Empleo, una de las novedades más notables es que todas las personas que cobren una pensión por incapacidad permanente tendrán reconocido una discapacidad de al menos el 33%. De la misma manera, las personas con trastorno del espectro de autismo, ahora también formarán parte del grupo de personas con discapacidad.
Además, la nueva norma recoge que los servicios de empleo tendrán que contar con personal capacitado para atender a las personas con discapacidad, y se incluirán herramientas digitales de formación para aquellas personas que están buscando trabajo.
Factores determinantes para que te concedan la pensión
Como comentábamos al comienzo, es un Tribunal Médico, también conocido como Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI), el que determina si la persona recibe la pensión o no, y aunque cada evaluación es única, existen una serie de factores que pueden inclinar la balanza a favor del trabajador, y son los siguientes:
La incapacidad para volver a trabajar es el motivo más evidente, ya que si el trabajador no puede, o pierde facultades para poder volver a ejercer, el tribunal concederá la pensión.
Las secuelas derivadas del accidente o enfermedad. Si aparecen nuevas enfermedades a raíz del incidente, haciendo el estado de salud se agrava, y que el tiempo de recuperación aumente, también es clave.
El tercero de los factores es que el trabajador tenga que acudir a revisiones médicas periódicas. Cada dos años, el EVI llama a los trabajadores para comprobar su estado de salud. En función de si ha mejorado o empeorado, el tribunal decidirá si el trabajador debe seguir recibiendo la pensión o está listo para regresar al mercado laboral.
Por último, el tribunal tiene en cuenta los aspectos más personales del trabajador, como la situación de su familia, su formación profesional, ingresos. etc.
Grados
Pueden tramitar y beneficiarse de una pensión por incapacidad permanente las personas incluidas en cualquier régimen de la Seguridad Social que reúnan los requisitos exigidos para cada uno de los grados de incapacidad permanente, ya sea parcial, total, absoluta y gran invalidez:
Parcial para la profesión habitual: se concede cuando el problema médico ya no nos permite realizar todas las funciones de nuestra profesión habitual. Ocasiona al trabajador una disminución no inferior al 33% en el rendimiento para dicha profesión.
Total para la profesión habitual: se asume que el trabajador ya no podrá desempeñar su profesión habitual pero sí otras y, por eso, es compatible con un salario siempre que lo autorice la Seguridad Social.
Absoluta para todo trabajo: Inhabilita al trabajador para toda profesión u oficio.
Gran invalidez: exige que el afectado se encuentre en un estado tan crítico que necesite la asistencia de terceros para realizar sus funciones vitales básicas.
Sobre el autor:
Laura Moro
Laura Moro es graduada en Periodismo y Comunicación Audiovisual por la Universidad Carlos III de Madrid, y está especializada en temas de salud y género. Su trayectoria profesional comenzó en Onda Cero Talavera.