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Las 'okupaciones' de viviendas crecieron en España un 18% y hasta septiembre de 2021 se han contabilizado 13.389 casos, según el Ministerio del Interior. De todas las Comunidades Autónomas, Cataluña es la que más 'okupaciones' registra con 5.689, el 42% del total, un dato que cuadruplica al de la Comunidad de Madrid (1.282 casos) y casi triplica el de Andalucía (1.994 casos), según informa Europa Press.
La estadística oficial, consultada por Europa Press, confirma la tendencia al alza de este fenómeno en el último año, coincidiendo con las instrucciones de septiembre de 2020 dictadas desde la Fiscalía General del Estado y el Ministerio del Interior para hacer frente tanto al allanamiento de morada como a las usurpaciones.
Evolución desde 2015
La serie histórica comienza en 2015, cuando en España se contabilizaban 10.376 ocupaciones de vivienda ilegales, de ellas 3.950 en Cataluña, es decir, el 38% del total, cuatro puntos menos que en la actualidad. En 2020, último año con cifras cerradas, esta región tenía 6.647 casos, es decir, experimenta un incremento del 68% en cinco años.
Madrid sumaba en 2015 un total de 1.630 'okupaciones', por lo que ha bajado un 18% si se compara con el dato de 2020, mientras que Andalucía contabilizaba 2.060 casos, por lo que ahora tiene un 15,5% más. En el conjunto de España, se pasa en cinco años de 10.376 casos a 14.792 (+42%).
Cataluña experimenta un incremento del 9,1% de este tipo de conductas en el acumulado de enero a septiembre de 2021, si se compara con el de 2020, un año marcado por las restricciones de movimientos por la pandemia de COVID y que cerró con 14.792 hechos conocidos por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en el conjunto de España. De ellos, el año pasado 6.647 casos se concentraron en Cataluña (casi el 45% del total).
Dentro de Cataluña, destaca el dato de la provincia de Barcelona, la más poblada de las cuatro provincias, ya que suma 4.229 'okupaciones' entre enero y septiembre del presente año, esto es, el 74% de todos los hechos de los que se tiene conocimiento en esta comunidad autónoma.
Datos por Comunidades Autónomas
Si se compara el acumulado de enero-septiembre de 2021 con el de 2020, la Comunidad de Madrid sufre un aumento del 24,8% en este tipo de ilícitos, mientras que Andalucía crece un 11,1%. Entre las regiones con mayor número de habitantes destaca también la Comunitat Valenciana, que registra 968 'okupaciones' frente a las 706 entre enero-septiembre de 2020.
Castilla-La Mancha es otra de las regiones con más casos, al contabilizar 606 ocupaciones ilegales (+31,2%), seguido por Murcia con 476 casos (+69,5%), Islas Baleares con 407 (+73,9%) y Canarias con 406 (aunque baja un 14,3%).
En Castilla y León hay 239 casos (+62,6%), en Aragón 202 (+33,8%), al igual que País Vasco (+16,1%); Galicia registra 147 'okupaciones' (+8,1%), Extremadura 116 (+46,8%) y Navarra 100 (+44,9%), y el resto se sitúan por debajo del centenar de casos.
Nuevas instrucciones desde septiembre de 2020
El 17 de septiembre, después de un verano con noticias sobre ocupaciones de inmuebles que derivó en debate político, el Ministerio del Interior publicó una instrucción con el Protocolo de Actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en la ocupación ilegal de inmuebles para unificar criterios de actuación.
La Fiscalía General del Estado hizo lo propio en su instrucción 1/2020 para agilizaran las medidas cautelares y facilitar el desalojo cuando se incurra en un delito de allanamiento de morada.
El Ministerio del Interior reconocía la "confusión y alarma social", y lo relacionó a las diferencias entre allanamiento de morada y la usurpación: en los primeros casos se contempla que las Fuerzas de Seguridad desalojen tanto en primeras como en segundas viviendas "sin necesidad de solicitar medidas judiciales, en caso de delito flagrante, directamente y de forma inmediata", incluyendo la "identificación de los ocupantes y su detención si procede".
En concreto, ordenó que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado elaboraran atestados más precisos que permitan el desalojo inmediato y la detención sin necesidad de solicitar medidas judiciales en caso de delito flagrante. En adelante, había que dejar constancia de puertas y ventanas forzadas, coacciones al propietario y vecinos o sobre el consumo irregular de luz y agua.