Política

10-N: Plazos para solicitar el voto por correo

65ymás

Lunes 30 de septiembre de 2019

2 minutos

El Certificado de inscripción en el Censo Electoral es imprescindible para votar por correo

Papeleta de voto por correo (Europa Press)
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Lunes 30 de septiembre de 2019

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Los ciudadanos que quieran votar por correspondencia en las elecciones generales del próximo 10 de noviembre ya pueden solicitarlo y hasta el próximo 31 de octubre, inclusive, en cualquier oficina de Correos de España.

La seman pasada, coincidiendo con la disolución de las Cortes Generales y la convocatoria oficial de los comicios, Correos abrió el plazo para poder solicitar el Certificado de inscripción en el Censo Electoral, cuya obtención es imprescindible para poder emitir el voto por correspondencia.

Cómo

Esta solicitud debe ser gestionada personalmente por cada elector, salvo en caso de enfermedad o discapacidad acreditada mediante certificación médica oficial. De ser así, el solicitante podrá autorizar notarial o consularmente a otra persona para que realice el trámite.

En el momento de formular la solicitud, los interesados deben acreditar su personalidad presentando ante el empleado de la oficina postal el DNI, Pasaporte o carnet de conducir originales. Correos entregará las solicitudes recibidas en las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral correspondientes.

¿Cuándo se abre el plazo para el voto por correo?

 

Asimismo Correos va a gestionar el voto por correspondencia para las elecciones locales parciales que se celebrarán el 17 de noviembre en 35 municipios y en 88 entidades locales de ámbito territorial inferior al municipio en los que no se presentó ningún candidato para los comicios del 26 de mayo, así como en otros tres municipios con mesas cuyo escrutinio fue anulado en las últimas elecciones municipales.

En este caso, también sepuede solicitar ya el de voto por correspondencia y el pazo es hasta el 7 de noviembre.

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