Política

Elecciones en la Comunidad de Madrid: cómo votar por correo

65ymás

Martes 16 de marzo de 2021

4 minutos

Ya se puede solicitar

Elecciones en la Comunidad de Madrid: cómo votar por correo
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Martes 16 de marzo de 2021

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El voto por correo para las elecciones autonómicas a la Asamblea de Madrid, que se celebrarán el 4 de mayo, ya se puede solicitar de acuerdo con la convocatoria publicada el pasado 11 de marzo.

Los electores que decidan votar por correo pueden solicitar hasta el día 24 de abril (inclusive) el certificado de su inscripción en el Censo Electoral de la Comunidad de Madrid, ha informado Correos en un comunicado.

La obtención de este certificado es requisito imprescindible para poder emitir el voto por correspondencia y puede solicitarse, por vía telemática a través de la web www.correos.es o presencialmente en cualquier oficina de Correos de España. Los electores pueden solicitar su voto a través de la web de Correos, sin tener que acudir en persona a una oficina postal.

En este modelo de solicitud, que evita desplazamientos y minimiza el contacto social, el interesado debe acreditar su personalidad mediante firma electrónica y aceptándose como sistemas de identificación válidos los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria y el DNI electrónico (DNI-e).

La solicitud de voto por correo puede realizarse en todas las oficinas de Correos de España. Esta petición debe ser realizada personalmente por cada elector, salvo en caso de enfermedad o discapacidad –acreditada mediante certificación médica oficial– que le impida la formulación personal de dicha petición. En este caso puede ser presentada en nombre del elector por otra persona autorizada notarialmente o consularmente.

En el momento de formular la solicitud, los interesados deben acreditar su personalidad presentando ante el empleado de la oficina postal el DNI, Pasaporte o carnet de conducir originales. Con el objetivo de agilizar los trámites y evitar esperas, la compañía ofrece la opción de cita previa para la solicitud del voto en oficinas, a través de la app, la web de Correos o la Oficina Virtual. Para ello el elector tan sólo debe seleccionar la oficina disponible que tenga cita previa y, por último, elegir el día y la hora que más le convengan.

Correos entregará las solicitudes recibidas en la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral en Madrid, quien enviará a los solicitantes, entre el 14 y el 27 de abril, la documentación necesaria para que puedan ejercer el voto por correo.

 

Papeleta de voto por correo (Europa Press)

 

¿Quién puede utilizar la aplicación para la presentación de la solicitud electrónica de voto por correo?

  1. Los electores residentes en España. Una vez presentada la solicitud vía web, si es aceptada por la Oficina del Censo Electoral, no podrá votar en la mesa electoral el día de la votación.
  2. Los electores residentes en el extranjero que se encuentren temporalmente en España, con derecho de voto en las elecciones convocadas.

No puede ser solicitados por los electores residentes en España que se encuentren temporalmente en el extranjero, ni por los electores residentes en el extranjero que lo soliciten desde su país de residencia.

¿Cómo puedes solicitar online el voto por correo?

Es necesario disponer de un certificado DNI Electrónico o un certificado digital válido

  • Debes completar los datos requeridos.
  • Firmar electrónicamente.
  • Descargar la solicitud.

La Oficina del Censo Electoral debe aprobar la solicitud, para que te remita, a la dirección que has indicado en tu solicitud, la documentación para realizar el voto.

Plazo de presentación de la solicitud

Se puede solicitar a partir de la fecha de la convocatoria y hasta el día 24 de abril de 2021.

Posteriormente, podrás ejercer el derecho al voto desde el propio domicilio entregándole al cartero el sobre con el voto el día que vaya a llevarte la documentación.

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