Política

Elecciones europeas: el plazo para solicitar el voto por correo finaliza este jueves

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Foto: Europa Press

Martes 28 de mayo de 2024

ACTUALIZADO : Miércoles 29 de mayo de 2024 a las 22:18 H

4 minutos

Los ciudadanos tendrán hasta el 6 de junio para depositarlo en cualquier oficina de Correos

Elecciones europeas: el plazo para solicitar el voto por correo finaliza este jueves  (Europa Press)
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Martes 28 de mayo de 2024

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El plazo para solicitar el voto por correo para las elecciones europeas finaliza este jueves 30 de mayo, aunque los ciudadanos tendrán hasta el próximo 6 de junio para poder depositarlo en cualquier oficina de Correos de España en su horario habitual. Los electores que elijan este sistema de votación pueden solicitarlo hasta el jueves en cualquier oficina de Correos o por Internet a través de su página web, con certificado DNI electrónico o un certificado digital válido.

A partir de ahí, Correos dispone de plazo hasta el 5 de junio para entregar el sobre con toda la documentación necesaria --incluidas las papeletas-- en la dirección que haya indicado el solicitante.

Como en anteriores citas electorales, los repartidores de Correos intentarán entregar personalmente al votante hasta un máximo de dos veces la documentación. Tras ello, dejarán un aviso de llegada para su recogida en la oficina postal correspondiente.

 

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Depósito del voto por correo

Una vez solicitado el voto, el elector tendrá de plazo hasta el jueves 6 de junio para depositar la documentación en cualquier oficina de Correos de España. Allí, los trabajadores de Correos exigirán al votante que se identifique con el DNI o un documento análogo. El depósito del voto deberá efectuarse en los horarios habituales de las oficinas postales.

Las personas que solicitaron el voto por correo, pero no puedan acudir personalmente a la oficina de Correos para depositar el voto, deberán otorgar una autorización para que la entrega sea realizada por otra persona en su nombre. La autorización deberá ser firmada por el elector y acompañarse de la fotocopia de su documento nacional de identidad, pasaporte u otro documento oficial identificativo, así como de la fotocopia del documento identificativo de la persona a la que autoriza.

Para facilitar la redacción de ese documento de autorización con todos los datos necesarios, Correos recomienda utilizar el modelo de autorización que se puede descargar en la web

El personal de Correos no aceptará la entrega de documentación electoral perteneciente a otro elector si no se acompaña de la correspondiente autorización firmada por el elector, que deberá ser conservada, junto a la fotocopia del documento oficial acreditativo del elector y de quien entrega en su nombre la documentación electoral, para su remisión a la Junta Electoral de Zona correspondiente.

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