La Asamblea de Madrid admite las mociones de censura contra Ayuso de PSOE y Más Madrid
El PSOE de Castilla y León presenta también una moción de censura contra PP y Ciudadanos
Isabel Díaz Ayuso convoca elecciones anticipadas en Madrid el 4 de mayo
Este miércoles por la mañana la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, anunciaba que iba disolver la Asamblea de Madrid y convocar nuevas elecciones para el próximo 4 de mayo.
Al parecer, esta decisión se tomaba tras la moción de censura presentada por parte del PSOE en Murcia que, aliándose con Ciudadanos –que rompía su gobierno de coalición con el PP–, pretende hacerse con el Gobierno la región. Además, la noticia se conoció, curiosamente, a través del vicepresidente de la región, Ignacio Aguado, que, muy contrariado, salió por la mañana del Consejo de Gobierno para comunicar que se acababa de enterar de la disolución de la Asamblea. Una medida, que se ha visto acompañada, poco tiempo después, de la destitución de todos los consejeros de Ciudadanos por parte de Ayuso.
Sin embargo, cuando parecía, por la mañana, que todo iba derivar en una convocatoria electoral, el Partido Socialista de Madrid y Más Madrid dieron a conocer que habían presentado, casi en paralelo, dos mociones de censura contra el Ejecutivo madrileño que han sido admitidas a trámite por parte de la Asamblea de Madrid.
Ahora, cabe preguntarse: ¿Habrá elecciones o podrá salir adelante la moción de censura?
La respuesta no parece muy sencilla, porque no está claro si, de llegar el asunto a los tribunales, se optaría por una u otra vía. Al menos, así lo entienden expertos en Ciencias Políticas consultados por 65Ymás.
"De acuerdo a la propia Constitución –que es luego asumida por los Estatutos de Autonomía de las propias CCAA–, la moción de censura constructiva se plantea como posibilidad dentro de la vida parlamentaria habitual como forma de elección del presidente. Debe tener un candidato, ser presentada por un grupo político con determinados diputados y, una vez haya comenzado su tramitación, es imposible la disolución de las cámaras –una prerrogativa que, normalmente, se concede al presidente de la autonomía–", explican.
"Es lo que ha ocurrido, por ejemplo, en Murcia. A partir de ahí, ¿qué ha pasado? Pues como bien sabemos, hay muchos Gobiernos, Madrid, Castilla y León y Andalucía, que reposan en un acuerdo entre el PP y Cs. Luego, hay que recordar que son sabidas las tiranteces entre Ayuso y Aguado. Y Ayuso, temiéndose una moción o, simplemente, aprovechando la oportunidad política, ha anunciado –que no publicado– que iba disolver la asamblea, en principio, sin avisar a Aguado. Cabe matizar que no ha presentado su dimisión, sino disuelto la asamblea, una prerrogativa que da la Ley 5/1990, del 17 de mayo", contextualizan.
Sin embargo, prosiguen, la moción presentada posteriormente por Más Madrid y el PSOE podría paralizar esta disolución de la Asamblea de acuerdo a esta misma Ley. "Una vez entra a trámite la moción, en principio, no se puede disolver", aseguran.
Y argumentan: "Hay una especie de limbo en el que se pueden presentar mociones antes de la publicación, si bien es cierto que la Ley 5/1990 matiza que no se podrá hacer una vez se haya 'acordado' la disolución. Y ese 'acordado' es relativo, porque no queda claro si ya el mero anuncio y la firma es suficiente o hay que esperar a la publicación".
Una moción "contraria al espíritu de la norma"
Con todo, tras este tecnicismo, prosiguen, la Justicia deberá evaluar asimismo otros aspectos que tienen más que ver con la propia concepción de la norma.
"Al margen de este primer nivel técnico, hay varias interpretaciones. Por ejemplo, que en una democracia en la que prima la soberanía popular debería prevalecer la decisión de disolver la Asamblea. Pero esta es sólo una forma de entenderlo, porque, por otro lado, estamos en un sistema representativo puro en el que las cámaras son soberanas y no puede haber mandato imperativo", argumentan.
"No obstante –añaden–, parece que esta última decisión es difícilmente sostenible desde el punto de vista del espíritu de la norma. Es decir, negarse a dar la palabra a los ciudadanos –no al partido político, sino a todos–, es contrario a las propias normas de juego. Pero hay resquicios para esa interpretación".
Además, matizan las fuentes consultadas por esta diario, "si se aceptase esta posibilidad, las disoluciones podrían ser siempre bloqueadas por una moción que, de facto, derogaría esa prerrogativa que tiene el presidente".
"Como siempre se publica al día siguiente, al final, las disoluciones se deberían hacer en secreto para que, en el tiempo intermedio, se no se planteasen mociones. Y eso tendría poco sentido y deja en bastante mal lugar a aquel que las instiga porque, en el fondo, lo que busca no es echar a Ayuso, ya que eso se podría hacer en las urnas, si esa fuese la voluntad de los electores", sostienen.
En manos de los tribunales
Por ello, según estas mismas fuentes, todo quedará en manos de los tribunales. "Se va a recurrir. Es evidente. Irá al Tribunal Superior de Justicia y podría terminar en el Constitucional. Aunque no está claro y depende de los fallos y de la relevancia que vaya a tener. Supongo que será por vía de urgencia", apuntan.
Y pronostican: "No debería pasar mucho tiempo. Aunque todo está muy verde, debería ser cuestión de días, como mucho, la semana que viene. Y, es muy probable, conociendo el funcionamiento de España, que se empiecen a filtrar globos sonda para ver en qué sentido podría dictaminar el Tribunal antes de ese tiempo".