La proposición de ley para amnistiar al independentismo catalán abarca 11 años del 'procés', desde el 1 enero de 2012 –pasando por la consulta del 9 de noviembre de 2014, el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 y los disturbios tras la sentencia del 'procés' en 2019– hasta este lunes 13 de noviembre. En total, a esta medida de gracia se podrán acoger cerca de 400 personas, entre ellas 73 policías encausados en el 'procés'.
Así consta en el texto presentado en el Congreso de los Diputados, en el que se propone amnistiar delitos de usurpación de funciones públicas, malversación, desobediencia, desórdenes públicos y prevaricación, según indicaron a Europa Press en fuentes parlamentarias.
En este sentido, plantea exonerar "los actos cometidos con la intención de reivindicar, promover o procurar la secesión o independencia de Cataluña, así como los que hubieran contribuido a la consecución de tales propósitos".
Así, quedaría amnistiados los actos determinantes de "responsabilidad penal, administrativa o contable", ejecutados en el marco de las consultas celebradas en Cataluña –tanto el 9-N como el 1-O– "de su preparación o de sus consecuencias, siempre que hubieren sido realizados entre los días 1 de enero de 2012 y 13 de noviembre de 2023".
En el texto se apunta también que los jueces tendrán que aplicar la amnistía con carácter preferente y urgente y que las decisiones se deberán adoptar en un plazo máximo de dos meses; ello sin perjuicio de los recursos que se presenten que, según señala, no tendrán efectos suspensivos.
Según consta en la proposición, la aplicación de la amnistía en cada caso "corresponderá a los órganos judiciales, administrativos o contables determinados en la presente ley, quienes adoptarán, con carácter preferente y urgente, las decisiones pertinentes en cumplimiento de esta ley, cualquiera que fuera el estado de tramitación del procedimiento administrativo o del proceso judicial o contable de que se trate".
Dichas decisión, se precisa, "se adoptarán en el plazo máximo de dos meses, sin perjuicio de los ulteriores recursos, que no tendrán efectos suspensivos".
Decaen las órdenes de captura
Asimismo, se fija que "quedarán sin efecto las órdenes de busca y captura e ingreso en prisión de las personas a las que resulte de aplicación esta amnistía, así como las órdenes nacionales, europeas e internacionales de detención".
De igual forma, el texto propone que se reintegren en "plenitud" los derechos activos y pasivos de los empleados públicos sancionados o condenados, así como a la reincorporación de los mismos a sus respectivos cuerpos, si hubieran sido separados.
Sobre este extremo, precisa que los empleados públicos "no tendrán derecho a recibir ningún haber por el tiempo en que no hubieran prestado un servicio efectivo, pero será reconocida su antigüedad" como si no hubiera habido interrupción en la prestación de los servicios.
La proposición apunta a su vez que la amnistía "no dará derecho a percibir indemnización de ninguna clase ni generará derechos económicos de ningún tipo en favor de persona alguna". Tampoco dará derecho a la restitución de las cantidades abonadas en concepto de multa.
Al margen, se explica que la concesión de un indulto total o parcial con anterioridad a la entrada en vigor de la presente ley "no impedirá la revisión de la sentencia firme", aunque señala que "no se revisarán las resoluciones judiciales firmes que hubieran apreciado la extinción de la responsabilidad criminal a causa de la prescripción del delito".
Respecto a los procedimientos contables, el texto fija que la amnistía se aplicará por el Tribunal de Cuentas "en cualquier fase del proceso".
Por último, en la proposición se avisa de que "las acciones para el reconocimiento de los derechos establecidos en esta ley estarán sujetas a un plazo de prescripción de cinco años".
Beneficiados
La proposición de ley para amnistiar al independentismo catalán abarcaría a los dirigentes del 'procés', a los 12 miembros de los Comités de Defensa de la República (CDR) procesados por un delito de pertenencia a organización terrorista o a los 10 encausados por los disturbios presuntamente promovidos por Tsunami Democrátic tras las condenas por el 'procés' en el otoño de 2019.
Líderes del 'procés'
Tal y como estaba previsto en el marco de las negociaciones de las últimas semanas para una investidura y una eventual formación de Gobierno, la proposición beneficiaría a los líderes del 'procés', tanto a los que ya están condenados como a los que permanecen procesados en rebeldía y huidos de la Justicia.
El texto no hace mención expresa a sus nombres, pero la medida incluiría al exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras y a los exconsellers Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa, quienes fueron indultados pero permanecen inhabilitados por delitos de desobediencia y malversación después de que el Tribunal Supremo revisara sus condenas a raíz de la reforma que eliminó la sedición y modificó la malversación.
También afectaría a los dirigentes Jordi Sànchez y Jordi Cuixart –condenados por desórdenes públicos tras la reforma–, a la expresidenta del Parlament Carmen Forcadell y a los exconsellers Josep Rull y Joaquim Forn –condenados por desobediencia una vez aplicado el nuevo Código Penal–, aunque en sus casos ya se extinguieron sus penas de inhabilitación y fueron indultadas sus penas de prisión.
Respecto a los independentistas huidos, la amnistía beneficiaría al expresidente catalán y líder de Junts Carles Puigdemont y a los exconsellers Toni Comín y Lluís Puig, sobre los que pesa una orden nacional de detención por delitos de desobediencia y malversación.
El texto a su vez tendría impacto en el caso de la secretaria general de ERC, Marta Rovira, que permanece en Suiza procesada por un delito de desobediencia tras la reforma que derogó la sedición, y contra la que también pesa orden de detención nacional. Igualmente beneficiada resultaría la ex consejera y eurodiputada de Junts Clara Ponsatí, procesada por desobediencia.
Encausados del Tribunal de Cuentas
La propuesta también contempla el procedimiento que se sigue contra 35 ex altos cargos catalanes encausados en el Tribunal de Cuentas (TCu) por la responsabilidad contable derivada del supuesto desvío de fondos para los gastos del 1-O y de la acción exterior del 'procés'.
En esta causa la Fiscalía reclama 3,1 millones de euros de forma conjunta y solidaria a los 35 encausados tras rebajar las estimaciones iniciales del propio tribunal, que había previsto una responsabilidad contable de unos 9,5 millones de euros. Sociedad Civil Catalana, por su parte, reclama 5 millones de euros a 11 ex altos cargos del Govern.
La lista total de los 35 incluye al propio Puigdemont, Junqueras o al expresidente catalán Artur Mas. También recoge los nombres de exconsejeros condenados por el Supremo, como Romeva y Turull; exconsejeros huidos, como Comín y Puig; exdelegados de la Generalitat en el extranjero, como los de Estados Unidos, Francia, Italia y Portugal; y delegados en el exterior que aún permanecen en el cargo, como Marie Katinka (Alemania) y Eric Hauck (países del sudeste de Europa).
Al procedimiento sobre el 1-O y la acción exterior del Govern se suma la consulta del 9-N, lo que elevaría la responsabilidad contable hasta los casi 10 millones de euros. En 2018, el TCu condenó a Mas y a nueve miembros de su Gobierno a devolver a la Generalitat algo más de 4,9 millones de euros --más intereses-- por la organización de la consulta independentista del 9-N.
CDR y Tsunami Democràtic
La norma dejaría sin juicio oral a los 12 miembros de los Comités de Defensa de la República (CDR) procesados por un delito de pertenencia a organización terrorista que, según la Audiencia Nacional, planearon ocupar el Parlament de Cataluña y que participaron en los cortes de carreteras o levantamientos de barreras de peaje.
También en el seno de la Audiencia Nacional, la amnistía abarcaría a los 10 investigados por los disturbios presuntamente organizados por Tsunami Democràtic tras las condenas por el 'procés' en 2019, y que fueron desde el intento de asalto del aeropuerto de El Prat, al corte de la frontera de la Jonquera o las reiteradas protestas con barricadas frente a la Jefatura de la Policía en Vía Layetana.
La ley explica que quedan excluidos de la amnistía únicamente "los actos tipificados como delitos de terrorismo castigados en el capítulo VII del Título XXII del Código Penal siempre y cuando haya recaído sentencia firme". Cabe recordar que la causa de los CDR está pendiente de juicio y la relativa a Tsunami sigue en instrucción, por lo que no ha habido fallo en ninguno de los dos casos.
La amnistía abarca "los actos de desconsideración o crítica vertidos contra las autoridades y funcionarios públicos, los entes e instituciones públicas, así como sus símbolos o emblemas, en el curso de manifestaciones, asambleas, obras o actividades artísticas u otras de similar naturaleza que tuvieran por objeto reivindicar la independencia de Cataluña o la celebración de las consultas".
Incluye además "los actos de desobediencia, cualquiera que sea su naturaleza, desórdenes públicos, atentado contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, resistencia u otros actos contra el orden y la paz pública que hubieran sido ejecutados con el propósito de mostrar apoyo a los objetivos" del independentismo o "a los encausados o condenados por la ejecución de cualesquiera de los delitos" amnistiados.
Acabar con "la tensión, política, social e institucional"
Por otra parte, la proposición de ley del PSOE y sus socios para amnistiar al independentismo catalán contiene una exposición de motivos donde justifica que es una medida necesaria para acabar con "la tensión, política, social e institucional" y garantizar la convivencia a "futuro", al tiempo que defiende que se trata de un "mecanismo constitucional", además de un paso "valiente y reconciliador", según fuentes parlamentarias consultadas por Europa Press.
Así, señala que abarcará "todos los actos que acreditan una tensión política, social e institucional, que esta norma aspira a resolver de acuerdo con las facultades que la Constitución confiere a las Cortes Generales".
La proposición de ley vuelve a situar el origen del "conflicto político" en la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) sobre el Estatuto de Autonomía de Cataluña y lo extiende a todo lo ocurrido desde entonces, desde el 1 de enero de 2012 hasta hoy mismo, incluyendo la consulta del 9-N y el referéndum, de 1-O.
"Estos hechos comportaron una tensión institucional que dio lugar a la intervención de la Justicia y una tensión social y política que provocó la desafección de una parte sustancial de la sociedad catalana hacia las instituciones estatales, que todavía no ha desaparecido y que es reavivada de forma recurrente cuando se manifiestan las múltiples consecuencias legales que siguen teniendo, especialmente en el ámbito penal", dice.
Además, justifica que sea Congreso y Senado quienes tomen la iniciativa porque "en este tiempo las Cortes Generales han tenido un papel preponderante a la hora de configurar la respuesta de la soberanía popular a ese proceso independentista". "Un papel que esta ley orgánica reafirma al reconocer su competencia y legitimidad para hacer una evaluación de la situación política y promover una serie de soluciones que deben ofrecerse en cada contexto, de acuerdo con el interés general", añade.
Reivindica asimismo que "con esta ley orgánica de amnistía las Cortes Generales acuden de nuevo a un mecanismo constitucional que refuerza el Estado de Derecho para dar una respuesta adecuada más de diez años después del comienzo del proceso independentista, cuando ya se han superado los momentos más acusados de la crisis y toca establecer las bases para garantizar la convivencia de cara al futuro".
Recalca también que "al asumir las Cortes Generales esta decisión de política legislativa, no solo no invaden otros espacios, sino que, muy al contrario y en uso de sus competencias, asumen la mejor vía de las posibles para abordar, desde la política, un conflicto político".
Los firmantes afirman también que "esta ley orgánica es un paso más en un camino difícil, pero a la vez valiente y reconciliador; una demostración de respeto a la ciudadanía y de que la aplicación de la legalidad es necesaria, pero, en ocasiones, no es suficiente para resolver un conflicto político sostenido en el tiempo".
"Por tanto, esta amnistía constituye una decisión política adoptada bajo el principio de justicia en el entendimiento de que los instrumentos con los que cuenta un Estado de Derecho no son, ni deben ser, inamovibles; toda vez que es el Derecho el que está al servicio de la sociedad y no al contrario, y que por tanto este debe tener la capacidad de actualizarse adaptándose al contexto de cada momento", zanjan.
Sobre el autor:
Raúl Arias
Raúl Arias es periodista especializado en Política, Economía y Sociedad. Licenciado en la Universidad Complutense de Madrid, ha trabajado en diferentes medios de tirada nacional, siempre pegado a la actualidad.