Está previsto que el 9 de mayo se termine el estado de alarma en España aprobado por el Gobierno central el pasado 25 de octubre de 2020 mediante el Real Decreto 926/2020, después de que el Consejo de Ministros aprobara el pasado 3 de noviembre una prórroga de este estado de alarma por un periodo de 6 meses, el cual terminaría así el 9 de mayo de 2021.
Esto supondría el fin del toque de queda, las restricciones de movilidad y los cierres permietrales, todas estas medidas asimiladas por la población durante el último año en un intento de hacer frente a la expansión del coronavirus. Solo podrán prorrogarse las medidas ordinarias como la regulación de horarios en el comercio.
Se prorrogarán las medidas necesarias
Es por ello que el Gobierno ha empezado a preparar esta nueva fase que sucederá a la actual, analizando con los Ministerios qué medidas sociales y económicas dependen de la vigencia de este instrumento, para poder prorrogar vía decreto las que sigan siendo necesarias en la etapa final de la pandemia, según ha informado Telecinco.
La vicepresidenta primera, Carmen Calvo, ha pedido a todos los departamentos ministeriales que estudien qué medidas de las que han aprobado durante los últimos seis meses de estado de alarma tienen su fecha de caducidad ligada a este instrumento, para hacer una selección y prorrogar las necesarias, según informan fuentes gubernamentales a Europa Press.
Así, la idea del Ejecutivo es aprobar próximamente un decreto ley que permita dar continuidad a aquellas cuestiones que los Ministerios consideren que hace falta seguir manteniendo más allá del 9 de mayo. Serían medidas, en todo caso, que no necesitan que este instrumento constitucional siga vigente, ya que no tienen que ver con la restricción de derechos fundamentales.
La Ley de Salud Pública es la clave
De esta forma, los ayuntamientos y las CCAA tendrán que basarse de nuevo en la Ley de Salud Pública de 1986, que habilita a las distintas administraciones públicas a decretar medidas especiales por razones sanitarias de urgencia o necesidad, si quieren adoptar nuevas restricciones a partir del 9 de mayo.
El problema es que los magistrados ven en esta ley el origen de la discrepancia pues la consideran "caduca y obsoleta" ya que esta norma se pensó para enfermos concretos y no para una pandemia.
Pero hay que tener en cuenta que someter las decisiones en materia sanitaria al control de la autoridad judicial no es siempre obligatorio, solo si afectan a derechos fundamentales, aunque eso no impide a ayuntamientos y CCAA que busquen la ratificación del juez de cara a la opinión pública, aun a riesgo de salir mal parados.
No está claro
De esta forma, en el caso de que sea necesario decretar un confinamiento o toque de queda en un territorio concreto, serían los tribunales superiores de justicia de cada comunidad los encargados de dar el visto bueno.
Lo que preocupa es que en el pasado ya se dieron casos en los que la justicia decidió tumbar dichas restricciones. Por lo tanto, pese a que desde el Gobierno de España se ha repetido una y otra vez que habrá herramientas suficientes para frenar la expansión del coronavirus, no está claro qué sucederá a partir del 9 de mayo.
Aun así, Carolina Darias, ministra de Sanidad, ha apuntado que en el 99% de las situaciones propuestas se aprobarían las medidas restrictivas y que, salvo que la situación volviese a descontrolarse demasiado, no se decretaría un nuevo estado de alarma. Además, la situación actual es muy diferente a la del pasado gracias a las vacunas, por lo que desde el Gobienro de España no prevén que sea necesario.