Manuela Martín
Sociedad
Sentencia pionera: las trabajadoras del hogar podrán cobrar el subsidio para mayores de 52 años
Hasta ahora se exigían tener un mínimo de seis años cotizados

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha emitido una sentencia que marca un precedente importante para las empleadas del hogar. La Sala de lo Social ha determinado que estas trabajadoras tienen derecho a recibir el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, incluso si no han cotizado durante seis años en un régimen que cubra esta contingencia.
La decisión del TSJN ratifica una resolución previa del Juzgado de lo Social nº 2 de Pamplona, que establece que deben considerarse como cotizados los periodos en los que las empleadas estuvieron inscritas en el Régimen Especial de Empleados de Hogar. Esta sentencia solo puede ser recurrida mediante un recurso de casación para la unificación de doctrina ante el Tribunal Supremo.
Impacto de la sentencia del TJUE
El origen de esta controversia se remonta a una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del 24 de febrero de 2022. El TJUE declaró que la normativa española que excluía a los trabajadores del hogar de las prestaciones por desempleo era contraria al derecho comunitario. Esta decisión llevó a una modificación de la legislación laboral española a través del Real Decreto-ley 16/2022.
A pesar de esta modificación, las empleadas del hogar seguían sin poder acceder al subsidio para mayores de 52 años, ya que la norma exigía una cotización efectiva por desempleo de al menos seis años, algo que no era posible bajo el sistema anterior.

Discriminación y derechos fundamentales
La Sala del TSJN ha señalado que la modificación legal no tuvo en cuenta que ninguna empleada del hogar podría acceder al subsidio hasta el 1 de octubre de 2028. Esto, según el tribunal, perpetúa la discriminación que el TJUE había recriminado. En el caso específico, la demandante, de 58 años, había trabajado en el Régimen Especial de Empleados de Hogar en varios periodos desde 1985 hasta 2012.
La mujer solicitó el subsidio el 15 de marzo de 2023, pero fue rechazado por no cumplir con los seis años de cotización en un régimen que cubriera el desempleo. Sin embargo, desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 16/2022, pudo comenzar a cotizar al desempleo, acumulando 1.762 días de cotización, frente a los 2.160 requeridos.
Conclusiones del tribunal
El TSJN ha confirmado la sentencia de instancia, argumentando que la normativa nacional que excluía a las empleadas del hogar de la cotización del desempleo es nula. Para garantizar la igualdad de trato, es esencial considerar como cotizados los periodos anteriores a la modificación legal, evitando así una situación que vulnera derechos fundamentales y perpetúa la discriminación por razón de sexo.
Esta decisión representa un avance significativo en la lucha por los derechos de las empleadas del hogar, asegurando que sus años de trabajo sean reconocidos y valorados adecuadamente en términos de prestaciones sociales.