
'Síndrome del cuidador quemado', el atenuante que podría rebajar una condena de homicidio
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Jueves 6 de marzo de 2025
ACTUALIZADO : Jueves 6 de marzo de 2025 a las 11:20 H
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Ha sido declarado culpable un hombre que dejó morir a su mujer dependiente

Un hombre, R. O. S., ha sido declarado culpable de homicidio por omisión por un jurado popular de la Audiencia Provincial de Madrid, acusado de dejar morir en diciembre de 2022 a su esposa, que sufría varias enfermedades, entre ellas esclerosis múltiple.
Según han informado fuentes jurídicas, en una lectura pública el presidente del tribunal de jurado ha comunicado a la sala el veredicto de culpabilidad por unanimidad en relación a un delito de homicidio por omisión con una eximente incompleta por anomalía psíquica.
"La eximente completa se aplica cuando el que al tiempo de cometer la infracción penal, a causa de cualquier anomalía o alteración psíquica, no pueda comprender la ilicitud del hecho o actuar conforme a esa comprensión", explica A 65YMÁS Eduardo Ortega, titular de EO ABOGADOS (@EO_Abogados), despacho de abogados especializado en la protección jurídica de las personas mayores y en el asesoramiento de centros residenciales, haciendo referencia al artículo 20.1 del Código Penal.
En este caso, y según la información proporcionada hasta ahora, "podríamos decir que el jurado ha considerado que el autor tiene capacidad afectada en parte (o una capacidad mermada) que le impide comprender de forma total los hechos o su actuar", explica.
La defensa solicitaba dos años de cárcel, ya que calificaba lo sucedido de un delito de homicidio por imprudencia grave, frente a la petición del fiscal de doce años y medio de prisión por un homicidio con la atenuante analógica de anomalía o alternación psíquica. Y es que el acusado estaba diagnosticado de trastorno adaptativo a la situación vivida relativa al cuidado de su esposa (síndrome del cuidador quemado), lo cual mermaba su facultad volitiva sin abolirla por completo y sin que afectara a su capacidad intelectiva.

Según el experto consultado por este diario, "se desconoce aún la pena que se impondrá, pero en su duración influirá (en favor del condenado) el hecho de que el jurado haya apreciado la eximente incompleta al considerar afectada la capacidad volitiva del condenado".
Cabe destacar que, aunque este tipo de supuestos "son aislados, al menos hasta la fecha", Ortega señala que "sí es cierto que comienzan a aparecer casos en los medios de comunicación con más frecuencia que pudieran tener un fondo similar".
No solicitó ayuda durante tres días
Todo sucedió en diciembre de 2022. El acusado estaba casado M. J. Q. B., una mujer de 67 años con la que convivía en Madrid y que padecía esclerosis múltiple, obesidad, reiteradas infecciones cutáneas, EPOC, insuficiencia respiratoria, síndrome vertiginoso y tabaquismo.
Debido a su edad y las enfermedades que padecía, sufrió un deterioro progresivo, "perdiendo la posibilidad de caminar sin ayudarse de un andador o de terceras personas, así como la autonomía para realizar las actividades básicas de la vida diaria tales como asearse o cocinar, asumiendo el acusado la obligación del cuidado personal y diario de su esposa".
El 1 de diciembre de 2022, la mujer se cayó al suelo, "quedando tendida sin capacidad para levantarse por sí misma", según señala el escrito de acusación. El acusado, "conociendo la alta probabilidad de que se pudiera producir la muerte de su esposa", no solicitó ayuda para levantarla del suelo ni lo intentó por sí mismo.
Tampoco le proporcionó la oxigenoterapia que necesitaba, ni avisó a los servicios de emergencias. Sí que le proveyó de medicación analgésica, le colocó una almohada debajo de la cabeza y la tapó con una manta, "permaneciendo ella en esa situación durante tres días hasta que se produjo su fallecimiento", momento en el que el acusado llamó a los servicios de emergencia.
La causa principal del fallecimiento de la mujer fue neumonía lobar abscesificada en el lóbulo superior del pulmón izquierdo, mientras que la causa inmediata fue insuficiencia respiratoria aguda.
Como consecuencia de estos hechos, el acusado fue detenido el 4 de diciembre de 2022 y se encuentra en prisión provisional comunicada y sin fianza por estos hechos desde el día 5 de diciembre de 2022, acordada por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 6 de Madrid y ratificada el día 20 de diciembre de 2022 por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 8 de Madrid.
Mayor protección jurídica y fortalecimiento de la ayuda a domicilio
Con todo, el titular de EO ABOGADOS destaca la necesidad, por un lado, de "una mayor protección jurídica para las personas dependientes, evitando cualquier tipo de maltrato (también en el ámbito familiar)".
Asimismo, hace referencia a la importancia de "fortalecer la ayuda a domicilio para que sea un recurso que alcance a más personas y se preste durante más horas al día", de modo que se permita "aliviar la fatiga del cuidador de larga duración".