Sucesos

Condenado a dos años de cárcel por la fuga de gas que mató a dos mayores en una residencia

65ymás

Martes 12 de marzo de 2024

ACTUALIZADO : Martes 12 de marzo de 2024 a las 15:33 H

4 minutos

Los hechos ocurrieron en Puente Arce (Cantabria)

Condenado a dos años de cárcel por la fuga de gas que mató a dos mayores en una residencia
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Martes 12 de marzo de 2024

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El director de la residencia de mayores 'Virgen de Valencia', en Puente Arce (Piélagos), ha aceptado una pena de dos años de cárcel por la fuga de gas que se produjo en este centro sociosanitario en febrero de 2020 y que provocó la muerte de dos ancianas y lesiones a otras cuatro.

Se trata de Rubén Otero, presidente de la Federación Empresarial de la Dependencia en Cantabria, que ha reconocido los hechos en el juicio contra él, celebrado este martes en la Audiencia Provincial de Cantabria con acuerdo de las partes, y en el que se ha impuesto la misma condena al instalador de la caldera, que estará además inhabilitado durante dos años para desempeñar ese trabajo.

Y el tercer acusado, técnico de mantenimiento, ha sido condenado a 18 meses y a una inhabilitación especial durante idéntico periodo para desempeñar ese oficio y funciones, según lo acordado en la vista, desarrollada en la Sección Primera, y en la que se ha fijado que los tres procesados indemnicen con más de 98.000 euros a los familiares de las víctimas y a las lesionadas.

Han sido condenados por dos delitos de homicidio por imprudencia grave y cuatro delitos de lesiones por imprudencia grave, y se han tenido en cuenta las atenuantes de reparación del daño y de dilaciones indebidas.

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Por esos ilícitos, el fiscal solicitaba inicialmente cuatro años de prisión y de inhabilitación al director de la residencia y al instalador de la caldera, y tres para el responsable de su mantenimiento, así como 81.500 euros en concepto de responsabilidad civil. La acusación particular elevaba la petición de pena a cada uno de ellos a cinco años de prisión y seis de inhabilitación para sus profesiones.

De su lado, la defensa del administrador de la residencia consideraba que no había intervenido en los hechos y no los había cometido, en tanto que la de los técnicos entendía que no existió negligencia grave, sino una "cadena de irregularidades y errores", todos "menores" y atribuibles a personas distintas, y que fue la "producción conjunta de todos ellos" lo que provocó el fatal desenlace.

Pero según la acusación pública, la fuga se produjo por negligencia e inacción de los tres enjuiciados. Fue de monóxido de carbono, un gas letal que procedía de una de las calderas y duró dos días. Se filtró al hueco de la chimenea y de ahí a los canales de ventilación, llegando hasta las habitaciones de algunas residentes.

Dos de ellas fallecieron –una ese mismo día y otra al siguiente en el hospital– y otras cuatro sufrieron diferentes lesiones por intoxicación que precisaron tratamiento médico posterior al de urgencias y al ingreso.

El fiscal explicaba en su escrito que uno de los acusados había sido el encargado de reemplazar una caldera estropeada por otra y la instaló "incorrectamente y sin seguir las instrucciones del fabricante", ya que la nueva estaba preparada para gas natural y debía ser adaptada para gas propano pero no lo realizó, "provocando con ello una mala combustión".

Además, señalaba que el mantenimiento en el cuarto de calderas fue "defectuoso", dado que los técnicos que mensualmente llevaban a cabo esas labores "nunca repararon la defectuosa conexión que existía entre la conducción de salida de humos de las calderas y la propia chimenea". Y ello, pese "estar a la vista en el propio cuarto de calderas el 'apaño' que había realizado la propiedad desde hacía ya varios años".

Y es que la propiedad había realizado una "defectuosa reparación" de la conexión entre la conducción de salidas de humos de las calderas y la propia chimenea, "colocando cinta americana y una red metálica, sin encomendar su adecuada reparación a técnicos especializados".

Finalmente, también existió una "defectuosa contratación por parte de la propiedad del mantenimiento de las chimeneas", al no constar que se hubiera contratado a una empresa especializada.

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