Sociedad

Todos los taxis de Madrid podrán circular por las noches hasta el 1 enero de 2023

Laura Moro

Foto: Europa Press

Miércoles 30 de noviembre de 2022

3 minutos

El objetivo de esta decisión del Ayuntamiento es poder atender el aumento de demanda por la Navidad

Taxis solidarios para que los mayores de Madrid disfruten de las luces de Navidad
Laura Moro

Foto: Europa Press

Miércoles 30 de noviembre de 2022

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El Ayuntamiento de Madrid permitirá que todos los taxis de la capital puedan circular entre las 20:00 y las 7:00 horas del día siguiente, desde el 3 al 25 de diciembre, los días laborales. En cuanto a los fines de semana y festivos, el horario será el mismo "desde el 3 de diciembre al 1 de enero de 2023 (ambos incluidos), hasta un total máximo de 16 horas continuadas de servicio", ha explicado el consistorio en una nota de presa.

El régimen ordinario de descanso del servicio del taxi es de lunes a viernes con un día de descanso, lo que "supone un descenso del 20 % de la flota un día laborable; y los sábados, domingos y festivos, librar un festivo de cada dos (par e impar)", detallan.

El objetivo de esta decisión es poder atender el aumento de demanda que se produce durante estas fechas. Eso sí, esta medida es voluntaria y los titulares de taxis podrán decidir acogerse o no.

La decisión se ha tomado teniendo en cuenta las opiniones de las asociaciones representativas del sector del taxi, y las asociaciones con representación en el Comité Madrileño de Transporte por Carretera, la Federación Profesional del Taxi de Madrid, la Asociación Gremial del Autotaxi, y la Asociación Madrileña del Taxi. 

 

Todos los taxis de Madrid podrán circular por las noches hasta el 1 enero de 2023

La ordenanza reguladora del taxi

El artículo 37 de la Ordenanza Reguladora del Taxi se aprobó el 28 de noviembre de 2021 por pleno municipal, y establece que de manera puntual se puede modificar "el régimen de descansos de los taxistas por una mayor demanda del servicio, debiendo ser esta medida necesaria, legal, racional, proporcional y no discriminatoria".

Teniendo en cuenta esto, la medida es necesaria porque, por un lado, protege el derecho de los usuarios que demandan el servicio, y por otro, el interés económico de los taxistas.

Esta excepcionalidad es legal, ya que se ampara en los  artículos 1 y 4 de la Ley 20/1998, de 27 de noviembre, de Ordenación y Coordinación de los Transportes Urbanos de la Comunidad de Madrid (LTCM), y en el artículo 40 del Reglamento de los Servicios de Transporte Público Urbano en Automóviles de Turismo del citado organismo. 

Además, esta medida tiene un carácter extraordinario y limitado en el tiempo "respecto al régimen general de descansos, mientras que el principio de no discriminación e igualdad se basa en la voluntariedad de la medida para los trabajadores del taxi".

Sobre el autor:

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Laura Moro

Laura Moro es graduada en Periodismo y Comunicación Audiovisual por la Universidad Carlos III de Madrid, y está especializada en temas de salud y género. Su trayectoria profesional comenzó en Onda Cero Talavera.

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